Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2025 (14/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de mayo de 2025 El Peruano / Información y Sistemas, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ Alcalde 2397567-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA Aprueban reajuste de dietas de regidores de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2025-CM-MDH/U Huayllabamba, 29 de abril del 2025 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 28 de abril del 2025, bajo la presidencia del Señor Alcalde Wilbert Baca Olayunca y asistencia de los señores regidores: Sonia Ochoa Mormontoy, Yosmer Ayma Marca, Daniela Gonzales Olivera, Clemente López Valdez y Silverio Ascue Curillo. Carta Nº 001-CM-MDH-2025 de la Regidora Daniela Gonzales Olivera, Informe Nº 035-2025-SG-MDH/U de la O fi cina de Secretaria General, Memorándum Nº 058-2025-GM-MDH de la Gerencia Municipal, Informe Nº 86-2025-OPTO-CONT-MDH/WFC del Área de Presupuesto y Contabilidad, Informe Nº 83-2025-URH/MDH/U de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 27-2025-OAL-MDH de la O fi cina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por las Leyes de la Reforma Constitucional Ley Nº 27680 y Nº 30305 concordante con el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno promotores de desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; Que, el artículo 41º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cada por la Ley Nº 31433, señala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda”; Que, el núm. 3 del art. 20º de la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, señala como atribución del alcalde ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad;Que, según el núm. 28 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, es atribución del Concejo Municipal, aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores; asimismo, el artículo 12º de la precitada norma establece que los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión, debiendo el referido acuerdo ser publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; Que, el 22 de marzo del presente año, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, la Ley Nº 32269, Ley que modi fi ca la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades para establecer precisiones sobre la dieta de los regidores. Al respecto, se modi fi có el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley Nº 27972, en los siguientes términos: “Artículo 12.- RÉGIMEN DE DIETAS (…) El monto de las dietas que perciben los regidores corresponde al 30 % de la remuneración mensual del alcalde, del cual se descuentan las inasistencias. Se pagan por asistencia efectiva a las sesiones. Se reajustan automáticamente conforme varíe la remuneración del alcalde. Los reajustes son publicados obligatoriamente bajo responsabilidad. (…)”. Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley, otorga noventa días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la Ley Nº 32269, para que los concejos municipales puedan emitir el acuerdo correspondiente, a efectos de establecer el monto a percibir por dietas, para el periodo del mandato vigente de los regidores; Que, con Acuerdo Municipal Nº 23-2023-MDH, de fecha 30 de marzo del 2023, el Concejo Municipal acordó fi jar la remuneración del Alcalde y dietas de los regidores de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba; Que, mediante Informe Nº 035-2025-SG-MDH/U de fecha 24 de marzo del 2025, la O fi cina de Secretaria General, informa que se ha publicado la Ley Nº 32269 “Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece precisiones sobre la dieta de los regidores municipales”. Por lo que, solicita informe legal y presupuestal para ser abordado en sesión de concejo municipal, precisando lo siguiente: - Los regidores recibirán como dieta el 30% de la remuneración mensual del alcalde, pagado únicamente por asistencia efectiva a las sesiones. - El monto de la dieta se reajustará automáticamente si varía la remuneración del alcalde y deberá ser publicado obligatoriamente. - Los concejos municipales están autorizados a emitir, dentro de los 90 días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la ley, el acuerdo de concejo correspondiente para establecer el monto a percibir por dietas para el periodo del mandato vigente de los regidores. - Se prohíbe autorizar cualquier pago de devengados por dietas anteriores a la fecha de entrada en vigor de la presente ley. Que, mediante Carta Nº 001-CM-MDH-2025 de fecha 24 de marzo del 2025, la Regidora Daniela Gonzales Olivera y Clemente López Valdez, solicitan considerar en la agenda de sesión extraordinaria la aprobación y aplicación inmediata de la Ley Nº 32269, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que establece precisiones sobre la dieta de los regidores municipales; Que, mediante Memorándum Nº 058-2025-GM-MDH de fecha 24 de marzo del 2025, el Gerente Municipal, solicita informe presupuestal bajo responsabilidad respecto el incremento de dietas de los señores regidores, para derivar al órgano de asesoría legal y dar a conocer al concejo municipal sobre la aplicación y cumplimiento de la norma legal en referencia; Que, mediante Informe Nº 86-2025-OPTO-CONT- MDH/WFC de fecha 22 de abril del 2025, el jefe del Área de Presupuesto y Contabilidad, en relación a la modi fi cación de la Ley Nº 27972, indica lo siguiente: