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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2025 (14/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de mayo de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN, de fecha 22 de enero de 2025, se formalizó la delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado en el marco de la Ley N° 30225 y su Reglamento. Mediante publicación en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 24 de junio de 2024, se promulgó la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que deroga la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modi fi catorias. A través de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 22 de enero de 2025, se emitió el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y deroga el Decreto Supremo nº344-2018-EF, Reglamento de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. Por medio de la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32069, se establece que la referida Ley entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su Reglamento. En tal sentido, considerando que el Reglamento de la citada Ley fue publicado el 22 de enero de 2025, esta entró en vigencia a partir del 22 de abril de 2025. El numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 32069 -Ley General de Contrataciones Públicas, señala que “El titular de la entidad y la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento”. En ese contexto, con el propósito de continuar optimizando la fl uidez de la marcha administrativa de la Entidad y a fi n de garantizar la adecuada gestión en la administración de los recursos asignados en materia presupuestal, de contrataciones del Estado y en el ámbito administrativo, que permitan al Ministerio Público cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación y en sus respectivos instrumentos de gestión institucional, el Despacho de la Fiscal de la Nación ha delegado diversas facultades y atribuciones en el Gerente General, el Gerente Central de la O fi cina General de Logística, la Gerencia Central de Inversiones, entre otros. Con Informe N° 000011-2025-MP-FN-GG-OGLOG y Memorando N° 000331-2025-MP-FN-GG-OGLOG, de fechas 28 de abril de 2025 y 06 de mayo de 2025, respectivamente, la O fi cina General de Logística considera que la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN, que formalizó la delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado, se dio en el marco de la Ley N° 30225 y su Reglamento, por lo que debe continuar su vigencia y aplicarse a los procedimientos de selección que han sido convocados bajo dicho marco legal hasta su culminación, conforme a la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069. Asimismo, recomienda que se modi fi que dicha resolución para adecuarla al contexto de la nueva Ley N° 32069, -Ley General de Contrataciones Públicas- y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, incorporando las delegaciones correspondientes. A través del Informe N° 000068-2025-MP-FN-GG- OGINVER, de fecha 07 de mayo de 2025, la O fi cina General de Inversiones considera que, conforme a las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN y N° 983-2025-MP-FN, y en el marco de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas, Ley N° 32069, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, corresponde continuar con el trámite de actualización de las facultades otorgadas por el Titular de la Entidad a la Ofi cina General de Inversiones, en concordancia con la referida Ley y su Reglamento. Mediante Informe N° 000439-2025-MP-FN-OGASEJ de fecha 09 de mayo de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, conforme se desprende del numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 32069 -Ley General de Contrataciones Públicas, “El titular de la entidad y la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento ; por lo que resulta viable la modi fi cación de la delegación de facultades propuestas por la O fi cina General de Logística y de la O fi cina General de Inversiones. Contando con el visto bueno de la Gerencia General y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052. SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR el literal c) en materia de contrataciones del Estado del ARTÍCULO PRIMERO de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025-MP-FN de fecha 22 de enero de 2025, que delega en el/la Gerente General del Ministerio Público, las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular del Entidad, el cual quedará redactado de la siguiente manera: (…)EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS c) Las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas-Ley N° 32069 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF: c.1 Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b) y c) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley. c.2 Autorizar las prestaciones adicionales de obra, cuando le corresponda, bajo el sistema de entrega de solo construcción, conforme al numeral 64.3 del artículo 64 de la Ley. c.3 Autorizar las prestaciones adicionales de obra, cuando le corresponde, bajo el sistema de entrega diseño y construcción, conforme al artículo 195 del Reglamento. c.4 Resolver el recurso de apelación presentados en los encargos, cuando corresponda, conforme al numeral 239.4 del artículo 239 del Reglamento. (…)Artículo Segundo.- INCORPORAR el ARTÍCULO SEGUNDO A en materia de contrataciones del Estado de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 160-2025- MP-FN de fecha 22 de enero de 2025, el cual quedará redactado de la siguiente manera: (…) ARTÍCULO SEGUNDO A. - Delegar en el/la Gerente Central de la O fi cina General de Logística del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en al ámbito de la nueva Ley General de Contrataciones Públicas-Ley N° 32069 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN). b) Aprobar la contratación mediante procedimiento de selección no competitivo en los supuestos previstos en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley. c) Suscribir la solicitud de compra centralizada como entidad encargante, conforme al numeral 231.1 del artículo 231 del Reglamento. y, aceptar el encargo como entidad contratante, conforme al numeral 232.4 del artículo 232 del Reglamento.