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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2025 (19/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 19 de mayo de 2025 El Peruano / ha seguido el procedimiento para la modi fi cación del Marco Conceptual dado que la propuesta efectuada por la DEDFO ha recibido opinión favorable de la DSE y la OPPM, motivo por el cual esta O fi cina, en línea con la opinión emitida en el Informe N° 582-2024-ITP/OAJ, considera viable se apruebe la propuesta de modi fi cación del Marco Conceptual, derogando el vigente; y asimismo, respecto de las precisiones a su implementación, estas resultan necesarias para que la entrada en vigencia de la propuesta del Marco Conceptual no interrumpa las actividades operativas de la entidad y los servicios que se brindan, siendo que las mismas serán incluidas en la Resolución con la cual se apruebe la propuesta de modi fi cación del Marco Conceptual; Que, de igual manera la O fi cina de Asesoría Jurídica en su referido informe señala que el artículo 41 del Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, establece que los CITE son órganos desconcentrados del ITP, estando estos bajo la dependencia jerárquica de la Dirección Ejecutiva; en tal sentido, considera que el Marco Conceptual debe ser aprobado mediante resolución del Director Ejecutivo; Con los vistos de la Secretaría General, la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, la Dirección de Seguimiento y Evaluación; la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Decreto Legislativo N° 1228 y su modi fi catoria la Ley N° 31524 y su reglamento Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP; la Resolución Ejecutiva N° 042-2024-ITP/DE, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 03 de junio de 2021, que aprobó, los documentos de gestión denominados: i) Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP; y, ii) Metodología para la determinación de tarifas basadas en costos del Instituto Tecnológico de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP y actividades de articulación con socios estratégicos” (en adelante “Marco Conceptual”), el cual incluye el Anexo N° 1 “Clasi fi cación Funcional de los servicios tecnológicos brindados por el ITP”, el Anexo N° 2 “Características de las intervenciones por Nivel de Complejidad Tecnológica”, el Anexo N° 3 “Líneas Temáticas” y el Anexo N° 4 “Otras actividades del CITE / UT”, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- En todo documento de gestión interna del ITP en el que se haga referencia al “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP”, aprobado mediante el artículo 1 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, debe entenderse referido al Marco Conceptual aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer, la adecuación de las normas de gestión interna del ITP, según corresponda, a fi n de que sean concordantes con las disposiciones contenidas en el Marco Conceptual, en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- La O fi cina de Tecnologías de la Información (OTI), en coordinación con la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (DEDFO) y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (OPPM), debe actualizar las herramientas informáticas necesarias que permitan la prestación de los servicios tecnológicos, conforme lo dispuesto en la presente Resolución, en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Los supuestos no previstos en el Marco Conceptual, así como cuestiones o vacíos que pudieran surgir en el marco de su implementación, son resueltos y/o interpretados por la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Evaluación y con la OPPM, en lo que corresponde a sus respectivas competencias. Artículo 6.- La OTI publica el Marco Conceptual y sus Anexos 1, 2, 3 y 4, así como las Listas N° 01 “Nuevos tipos de tareas” y N° 02 “Listado de Equivalencias”, en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) https://www.gob.pe/itp, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El Marco Conceptual rige a partir del día siguiente de su publicación, con excepción de los siguientes supuestos: 1. Servicios vinculados a los tipos de tareas contemplados en la Lista N° 01 “Nuevos tipos de tareas”, que forma parte integrante de la presente Resolución, en cuyo caso tales servicios podrán gestionarse cuando los documentos de gestión interna respectivos se encuentren debidamente actualizados, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución. 2. Servicios vinculados con el tipo de tarea denominado “Soporte en Mantenimiento”, en cuyo caso el Marco Conceptual les resultará aplicable a partir del 1 de enero de 2026. Segunda.- Derogar el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP”, aprobado mediante el artículo 1 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 03 de junio de 2021. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- El Marco conceptual aprobado mediante la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE continúa rigiendo conforme al siguiente detalle: a) Para los servicios cuya prestación se inició antes de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, hasta que fi nalice su ejecución y validación por parte de la Dirección de Seguimiento y Evaluación del ITP. b) Para los servicios a que se re fi ere el numeral 2. de la Primera Disposición Complementaria Final, hasta el 31 de diciembre de 2025. Segunda.- Para la prestación de los servicios derivados del Marco Conceptual en los que únicamente se modifica la denominación del servicio, del tipo de tarea y/o del tipo de servicio, se aplica las equivalencias contenidas en la Lista N° 02 “Listado de Equivalencias” que forma parte integrante de la presente Resolución, en tanto se realiza la adecuación de los respectivos documentos de gestión interna de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO Directora Ejecutiva 2400463-1