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13 NORMAS LEGALES Lunes 19 de mayo de 2025 El Peruano / en cumplimiento estricto de los extremos del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y demás normativa aplicable al presente caso. Artículo Quinto .- NOTIFICAR, a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Ofi cina de Asesoría Jurídica, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y demás dependencias correspondientes de la entidad, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULINO MACHACA ARI RectorLEILA ROSMERY FLORES BUSTINZASecretaria General 2398424-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 697/MDC, “Ordenanza que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas” DECRETO DE ALCALDÍA N° 05-2025-AL/MDC Comas, 14 de mayo de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Informe N°095-2025-SGOPC-GDU/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro; el Informe N°032-2025-GDU/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N°455-2025-OGAJ/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Proveído N°412-2025-GM/MC de fecha 13 de mayo de 2025 de la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la “Ordenanza Municipal N°697/MDC que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas”, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N°30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 73° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades se encuentran facultadas de emitir normas técnicas generales en materia de organizaciones del espacio físico y uso del suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente, puesto que las municipalidades ejercen funciones promotoras, normativas y reguladoras, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la citada ley;Que, de conformidad con el artículo 195° de nuestra Carta Magna, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; así como también para plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zoni fi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de saneamiento, ello en concordancia con el articulo IV del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Municipal N°697/MDC, publicada en el Diario O fi cinal “El Peruano” el 24 de mayo de 2024, se Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas, dentro de este contexto, conforme a la quinta Disposición Complementaria y Final del mismo cuerpo normativo, en la que faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía se dicten normas reglamentarias y/o complementarias de la presente Ordenanza; Que, con Decreto de Alcaldía N°014-2024-AL/MDC de fecha 20 de noviembre de 2024, se aprobó la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas, por el plazo de ciento ochenta (180) días; Que, mediante Informe N°095-2025-SGOPC-GDU/ MDC de fecha 12 de mayo de 2025, la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, informa a la Gerencia de Desarrollo Urbano la necesidad de contar con un instrumento técnico que regule el procedimiento para evaluar y otorgar la aprobación de los planos visados, y en consecuencia proceder con emitir las constancias de posesión para que las viviendas accedan y cuenten con las respectivas conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado, por lo que recomienda solicitar la ampliación de plazo de ciento veinte días (120) días de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC, debiendo emitirse el respectivo Decreto de Alcaldía, de conformidad con la Quinta disposición complementaria y fi nal de la precipitada norma; Que, mediante Informe N°032-2025-GDU/MDC de fecha 12 de mayo de 2025, la Gerencia de Desarrollo Urbano, informa a la Gerencia Municipal que es de opinión favorable a la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC, por el periodo de 120 días, señalada en el Informe N°095-2025-SGOPC-GDU/MDC por lo que remite la propuesta presentada por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, a fi n de que continúe la prosecución del trámite correspondiente; Que, mediante Informe N°455-2025-OGAJ/MDC de fecha 12 de mayo de 2025 la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que teniendo en consideración los informes emitidos por las áreas correspondientes, estima que es viable prorrogar la vigencia de la la Ordenanza Municipal N°697/MDC, “Ordenanza que Regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Trazado y Lotización para Viabilizar la Dotación de Servicios Básicos a Posesiones Informales ubicadas en el distrito de Comas”, por el lapso de 120 días, toda vez que es necesario contar con un instrumento técnico que regule el procedimiento para evaluar y otorgar la aprobación de planos visados, y emitir las constancias de posesión para que las viviendas puedan acceder y cuenten con la conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado; por lo que estando en el marco legal que la sustentan no contraviene dispositivos legales de carácter general y/o especial, para los fi nes en que se fundamenta; por lo que opina procedente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N°697/MDC conforme a la propuesta presentada, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente;