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8 NORMAS LEGALES Lunes 19 de mayo de 2025 El Peruano / jj) Evaluar, a través de un informe, la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, considerando criterios de costo-bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos de un eventual proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje, la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación, así como los riesgos que representa la controversia en el normal desarrollo de la ejecución contractual, en el marco de lo dispuesto por el artículo 82 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y el artículo 330 del Reglamento de la mencionada ley. La referida delegación se ejerce de manera individual e indistinta. kk) En base al sustento técnico y legal remitido por la Procuraduría Pública de la entidad, evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje cada una de las controversias que cumplan con el supuesto de arbitrabilidad y con el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley, considerando criterios de costo-bene fi cio con un análisis detallado de cada controversia y ponderando los costos en tiempo y recursos de recurrir a la vía arbitral, así como la expectativa de éxito en dicha vía y los riesgos de no cumplir la decisión de la JPRD. Artículo 2.- De la delegación al Titular de la Sub-Unidad de Abastecimiento de la Unidad de Administración y Finanzas Se delega en el(la) Subjefe(a) de la Sub-Unidad de Abastecimiento de la Unidad de Administración y Finanzas del Programa Nacional “A Comer Pescado”, las siguientes facultades en materia de contrataciones públicas bajo el alcance de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF: a) Suscribir y modi fi car las órdenes de compra y las órdenes de servicios que perfeccionen la contratación conforme a lo previsto en el artículo 87 del Reglamento de la Ley Nº 32969, así como las que perfeccionan contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. b) Suscribir y noti fi car la orden de compra o de servicio al proveedor seleccionado conforme a lo previsto en el artículo 228 del Reglamento de la Ley Nº 32069, así como acordar modi fi caciones mediante la suscripción del acta respectiva y resolver la referida orden de compra o de servicio conforme a lo previsto en el artículo 229 del Reglamento de la Ley Nº 32069. c) Expedir a los contratistas de bienes, servicios, obras y consultoría de obras las constancias de prestación que soliciten, en tanto se implementan las funcionalidades de la Pladicop para generar las constancias de prestación. d) Suscribir contratos bajo la modalidad de locación de servicios con personas naturales, cuando se supere el ejercicio presupuestal, al amparo de la prórroga dispuesta por el acápite iv) de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2025, o norma que la sustituya, la prorrogue o la amplíe. e) Suscribir los contratos menores, así como acordar modi fi caciones mediante la suscripción del acta respectiva. f) Resolver los contratos menores. g) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de las ordenes de servicio y compra, así como de los contratos menores. Artículo 3.- Del alcance de la delegación La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 4.- De las actuaciones realizadas Los(as) funcionarios(as) a quienes se les delega las facultades indicadas en la presente resolución están obligados a dar cuenta e informar a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional “A Comer Pescado” respecto de las actuaciones realizadas en el marco de las delegaciones otorgadas, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del semestre. Artículo 5.- Noti fi cación Se noti fi ca la presente resolución a la Unidad de Administración y Finanzas, a la Sub-Unidad de Abastecimiento, y a los(as) titulares de las demás Unidades y Sub-Unidades del Programa Nacional “A Comer Pescado”, para su conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 6.- De la vigencia Las delegaciones otorgadas mediante la presente resolución tendrán e fi cacia anticipada a partir del 22 de abril de 2025 y durante la vigencia del Programa Nacional “A Comer Pescado”, la cual fue ampliada por Decreto Supremo N° 018-2022-PRODUCE hasta el 31 de diciembre de 2027. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional “A Comer Pescado”: http://www.acomerpescado. gob.pe. el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIX FABIAN PUENTE DE LA VEGA CHUMBE Coordinador Ejecutivo Programa Nacional “A Comer Pescado” 2400258-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO Designan miembros del Cuerpo Colegiado Ad-Hoc del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – Ositrán, encargado de resolver la controversia surgida entre Menzies Aviation Perú S.A.C. contra Lima Airport Partners S.R.L. RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 0061-2025-PD- OSITRAN Lima, 15 de mayo de 2025VISTOS:El Informe N° 00003-2025-STCC-OSITRAN de la Secretaría Técnica de los Cuerpos Colegiados; el Memorando N° 0075-2025-PD-OSITRAN de la Presidencia Ejecutiva; el Memorando N° 0222-2025-GAJ- OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte