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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2025 (20/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 20 de mayo de 2025 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 32339 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA AMPLIACIÓN DE LA FRONTERA AGRÍCOLA DE LOS VALLES DE ILO, MOQUEGUA Y TORATA, Y DEL PROYECTO ESPECIAL REGIONAL PASTO GRANDE; ASÍ COMO LA RECUPERACIÓN DEL RÍO CORALAQUE MEDIANTE SU DESCONTAMINACIÓN, EN EL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA Artículo único. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional, con el fi n de fomentar la seguridad alimentaria, con énfasis en la agricultura familiar y en el desarrollo sostenible; el uso e fi ciente de los recursos hidrobiológicos y la calidad de sus aguas; así como la salud y las actividades de subsistencia de las poblaciones asentadas en su entorno, las ampliaciones y las acciones siguientes: a) Ampliación de la frontera agrícola de las siguientes zonas de irrigación de los valles de Ilo, Moquegua y Torata: 1. Pampa Pan de Azúcar y laderas 2. Lomada Cuesta de Bronce y laderas 3. Frente Carretera Panamericana Sur4. Pampa de Puite 5. Pampa Altos Jaguay, Jaguay Grande y Quebrada Seca. b) Ampliación de la frontera agrícola del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG). c) Elaboración y ejecución del Plan de Manejo Ambiental, para recuperar la calidad de las aguas del río Coralaque, así como de sus recursos hidrobiológicos. d) Monitoreo y evaluación de la implementación del “Plan Especial Multisectorial para la intervención integral a favor de la población expuesta a metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas tóxicas”, en las localidades afectadas por los impactos de las actividades económicas desarrolladas en la cuenca del río Coralaque. e) Elaboración y ejecución de los planes para la remediación ambiental de los sitios impactados por las actividades mineras en la cuenca del río Coralaque. En los supuestos mencionados en los literales a) y b), se excluyen los ecosistemas de lomas costeras y cualquier otra zona de protección especial declarada como tal. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil veinticinco. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Presidente del Congreso de la República CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 2400953-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Asesor de Alta Dirección del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2025-PCM Lima, 19 de mayo de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de Alta Dirección del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al servidor que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MANUEL AUGUSTO PANDO SANCHEZ, en el cargo de Asesor de Alta Dirección del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidencia del Consejo de Ministros 2400954-1 Designan Asesora de Alta Dirección de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2025-PCM Lima, 19 de mayo de 2025CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesora de Alta Dirección de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a la servidora que desempeñará el citado cargo;