TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Martes 20 de mayo de 2025 El Peruano / el Informe N° 171-2025-MIDIS/PNADP-URH-CGP del Coordinador de Gestión de Personas y el Informe N° 254-2025-MIDIS/PNADP-UAJ del 19 de mayo de 2025 de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2005- PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 062- 2005-PCM, el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 002-2021-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, el cual tiene por fi nalidad ejecutar transferencias directas en bene fi cio de los hogares en condición de pobreza o pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), priorizando progresivamente su intervención a nivel nacional. El Programa promueve en los hogares, con su participación y compromiso voluntario, el acceso a los servicios de salud y educación, orientados a mejorar la salud y nutrición preventiva materno-infantil y la escolaridad sin deserción; Que, de acuerdo al Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, aprobado con la Resolución Ministerial N° 278-2017-MIDIS, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, teniendo entre sus funciones la emisión de Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 077-2021-MIDIS/PNADP-DE del 25 de mayo de 2021, se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, que dejó sin efecto el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado con la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 015-2018-MIDIS/PNADP-DE; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 123-2021-SERVIR-PE del 18 de agosto de 2021, la Autoridad Nacional del Servicio Civil formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”; Que, mediante Resolución de la Unidad de Recursos Humanos N° 44-2024-MIDIS/PNADP-URH del 22 de julio de 2024, se aprueba la actualización del Manual Per fi les de Puestos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, encontrándose entre ellos el cargo de con fi anza de Ejecutivo(a) de Comunicación e Imagen de la Unidad de Comunicación e Imagen, el cual se encuentra vacante, por lo que la Dirección Ejecutiva ha propuesto la designación de la profesional para ocupar dicho puesto; Que, la Unidad de Recursos Humanos ha emitido el Memorando Nº 794-2025-MIDIS/PNADP-URH del 19 de mayo de 2025, señalando que la profesional Claudia Janet Chávez Merino cumple los requisitos establecidos en el per fi l del puesto de Ejecutiva de Comunicación e Imagen – Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, alineado al Manual de Operaciones del Programa, estimando viable su designación en dicho cargo de confi anza a partir del 20 de mayo de 2025; Que, a través del Informe Nº 254-2025-MIDIS/PNADP- UAJ del 19 de mayo de 2025, la Unidad de Asesoría Jurídica estima viable la emisión del acto que dispone la designación en el cargo indicado; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 032- 2005-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 062- 2005-PCM, el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 002-2021-MIDIS; la Resolución Ministerial N° D000135-2025-MIDIS y estando a lo dispuesto por el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, aprobado por Resolución Ministerial N° 278-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la profesional Claudia Janet Chávez Merino en el cargo de con fi anza de Ejecutiva de Comunicación e Imagen – Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, a partir del 20 de mayo de 2025. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Unidad de Recursos Humanos para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Comunicación e Imagen, publique la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” (www.gob.pe/juntos), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ORFELINA ARPASI QUISPE Directora Ejecutiva Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS 2400937-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Resolución Ministerial que autoriza a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. a concertar una operación de endeudamiento interno sin la garantía del Gobierno Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 233-2025-EF/52 Lima, 19 de mayo del 2025CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 61.2 del artículo 61 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, las Empresas Públicas No Financieras pueden concertar operaciones de endeudamiento sin la garantía del Gobierno Nacional, previa autorización mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. (ELECTRONORTE S.A.), mediante la Carta N° GG-348-2024, solicita autorización para concertar una operación de endeudamiento interno sin la garantía del Gobierno Nacional, hasta por la suma de S/ 72 621 182,00 (SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL CIENTO OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), requerida para el fi nanciamiento de cinco (05) proyectos de inversión en infraestructura eléctrica; Que, la indicada operación de endeudamiento interno sin la garantía del Gobierno Nacional cumple con los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Directiva N° 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 61.2 del artículo 61 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento