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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2025 (24/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Sábado 24 de mayo de 2025 El Peruano / 2025-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC elaborado por el Lic. Marco Antonio Taquiri González; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la Protección Provisional del Sitio Arqueológico El Huarangal A y B; Que, mediante Informe Nº 000206-2025-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 21 de mayo de 2025, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la Protección Provisional del Sitio Arqueológico El Huarangal A y B; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico El Huarangal A y B, ubicados en el distrito de Rio Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica., por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 013- 2025-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC de fecha 08 de abril de 2025, así como en el Informe N° 000695-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000103-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC y los Planos Perimétricos con código PPROV-075-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84 Y PPROV-076-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexos a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA -Paralización y/o cese de la afectaciónx Paralización de avance del límite agrícola. -Señalización xInstalar nuevos hitos que delimiten los polígonos propuestos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura. (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Rio Grande, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 013- 2025-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC de fecha 08 de abril de 2025, así como en el Informe N° 000695-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000103-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000206-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y los Planos Perimétricos con código con código PPROV-075-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84 Y PPROV-076-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director GeneralDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2402052-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00600-2025-DE Lima, 20 de mayo del 2025 VISTOS:El O fi cio Nº 2878/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio Nº 00750-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00958-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, por medio del O fi cio Nº 612/42, el Jefe del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú informa al Comandante General de la citada Institución Armada, que el Comandante General de Operaciones del Pací fi co de la Marina de Guerra del Perú recepcionó los correos electrónicos del O fi cial Intérprete del Comité de Planeamiento del BELL BUOY 2025 de la Armada de la República de Corea, a través de los cuales remite la invitación de dicha Armada y el “resumen del IPR”, para participar en el ejercicio BELL BUOY, a llevarse a cabo en la ciudad de Busan, República de Corea, del 16 al 27 de junio de 2025; Que, con O fi cio Nº 2628/42, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al O fi cial Intérprete del Comité de Planeamiento del BELL BUOY 2025 de la Armada de la República de Corea, la designación del Capitán de Corbeta Juan Miguel GODOY BRACAMONTE para que participe en el citado ejercicio; Que, a través del Informe Legal Nº 025-2025, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co de la Marina de Guerra del Perú opina que resulta procedente autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado O fi cial Superior para participar en el Ejercicio BELL BUOY 2025, en el lugar y fechas programadas, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá fomentar la cooperación y fortalecer las capacidades operativas, referentes a la Seguridad Marítima y a la libertad de tránsito por medio de las Líneas de Comunicación Marítimas (LOC). Asimismo, el personal