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16 NORMAS LEGALES Sábado 24 de mayo de 2025 El Peruano / VISTOS: El O fi cio N° 3674/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00964-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00975-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 19 de marzo de 2025, el Comandante General de la Armada del Ecuador hace extensiva la invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para participar, entre otros, en el Ejercicio de Derrame de Hidrocarburos, a llevarse a cabo en Puerto Bolívar, Machala, República del Ecuador, del 28 al 30 de mayo de 2025; Que, con O fi cio Nº 0212/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante General de la Armada del Ecuador, que se ha dispuesto la participación de la Patrullera Marítima B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209) en el citado ejercicio; Que, a través del Informe Legal N° 067-2025, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo de la Patrullera Marítima B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209), para participar en el Ejercicio Binacional de Derrame de Hidrocarburos, en el lugar y fechas programadas; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente, se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto le permitirá al personal designado adquirir experiencias y conocimientos técnicos para salvaguardar la vida humana, así como establecer mecanismos de organización, recursos y estrategias para hacer frente de una manera segura y efi ciente a una emergencia, de contaminación del medio acuático, provocada por una fuga accidental, derrame de hidrocarburos o de otras sustancias contaminantes, empleando coordinadamente los recursos humanos y materiales disponibles, así como de las capitanías marítimas, organizaciones del sector público, empresas públicas y privadas, comercio organizado y población civil en general, con el fi n de contrarrestar los posibles daños físicos, químicos, biológicos, sociales y económicos que puedan ocasionar este tipo de incidentes, permitiendo elevar el nivel de coordinación entre las autoridades marítimas de los países participantes y tener control de las actividades que se realizan en la zona de frontera marítima; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 092-2025, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la O fi cina de Gestión de Remuneraciones, Pasajes y Viáticos de dicha Institución Armada, el gasto por concepto de asignación especial por estadía en puerto extranjero se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 103-2025, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección General de Personal de la Marina de Guerra del Perú, detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000001, emitida por el Departamento de Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la citada Institución Armada, se garantiza su fi nanciamiento; Que, con O fi cio N° 3674/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval (anexo A) a bordo de la Patrullera Marítima B.A.P. “RÍO LOCUMBA” (PM-209) para participar en el Ejercicio Binacional de Derrame de Hidrocarburos, a realizarse en Puerto Bolívar, Machala, República del Ecuador, del 28 al 30 de mayo de 2025; y de acuerdo con el itinerario previsto (anexo B) deberán zarpar del Puerto de Paita, República del Perú, el 27 de mayo de 2025, arribando a Puerto Bolívar, República del Ecuador, el 28 de mayo de 2025, así como el zarpe de retorno de Puerto Bolívar, República del Ecuador, el 30 de mayo de 2025, arribando al Puerto de Paita el 31 de mayo de 2025, con permanencia en puerto extranjero por un período de tres (3) días; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF establece que, en el caso que la comisión de servicios se realice a bordo de Unidades Navales de Super fi cie o Submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme a su artículo precedente y que se señalan en el Anexo 4 del citado decreto supremo; Que, a través del O fi cio N° 00964-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 078-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 00975-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo de la Patrullera