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4 NORMAS LEGALES Martes 18 de noviembre de 2025 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Autoridad Nacional Autónoma para el desarrollo estratégico e integral del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 321-2025-PCM Lima, 17 de noviembre de 2025 VISTOS: El Oficio N° 001110-2025-SERVIR-PE y el Informe Técnico N° 000229-2025-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Memorando N° D000682-2025-PCM-SA de la Secretaría Administrativa; la Nota de Elevación N° D000424-2025-PCM-OGRH y el Informe N° D000062-2025-PCM-OGRH-KDR de la Oficina General de Recursos Humanos; así como el Memorando N° D000646-2025-PCM-OGPP y el Informe N° D000131- 2025-PCM-OM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1689, Decreto Legislativo que declara de necesidad pública e interés nacional la intervención estratégica e integral en las zonas de influencia del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay y aprueba disposiciones especiales por su construcción y funcionamiento, se crea la Autoridad Nacional Autónoma para el desarrollo estratégico e integral del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay como una entidad ad hoc de naturaleza temporal dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de impulsar el desarrollo económico y social, a través de la intervención estratégica e integral, en las zonas de influencia del referido terminal portuario, la cual está dirigida por un Consejo Directivo integrado por los Ministros de los Sectores con competencia en la materia o sus representantes; Que, con Decreto Supremo N° 037-2025-PCM, se aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional Autónoma para el desarrollo estratégico e integral del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo con el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que tiene por finalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasificador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) y administrar los cargos y las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos; Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva define al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma rectificatoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identificar todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES