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66 NORMAS LEGALES Viernes 21 de noviembre de 2025 El Peruano / 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 8º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806 – de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, señala que la entidad pública designará al funcionario responsable de brindar información solicitada, mediante resolución de su máxima autoridad; norma que deberá publicarse en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, con Resolución de Visto, se ha designado al señor Cristians Enrique Herrera Lazo como jefe de la Ofi cina de Administración Documentaria, Transparencia y Archivo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, quien, conforme al artículo 60º, literal i), del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta corporación municipal, tiene como función, entre otras, brindar información solicitada de conformidad con la Ley Nº 27806 – de Transparencia y Acceso a la Información Pública; De conformidad con los artículos 20º, numeral 6), y 43º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; así como Ley Nº 27806 – de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor CRISTIANS ENRIQUE HERRERA LAZO como jefe de la O fi cina de Administración Documentaria, Transparencia y Archivo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, como funcionario responsable de brindar información que se solicite conforme a lo establecido en la Ley Nº 27806 – de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su respectivo Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2019-JUS. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda resolución de alcaldía que se oponga o limite la ejecución de la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la noti fi cación de la presente resolución al interesado, así como su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; y a la O fi cina de Tecnología de la Información su publicación en la página web de la entidad: www. munisjm.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2460614-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados de la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029-2025/MPC Callao, 18 de noviembre de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO, POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: En sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 031-2025-MPC-SR-COADAL, de la Comisión de Administración y Asuntos Legales, con sus antecedentes; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa: Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, de fi ne al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil; Que, de conformidad a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29298, y el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, se establecen criterios de alcance y montos de ejecución que permiten delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF-76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que tiene como objetivo: establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056, su modi fi catoria, Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y la Ley N°28411- Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesita, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para le desarrollo regional o local evitando de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que mediante Informe N°116-2025-MPC/OGPMPI- OPM, rati fi cado mediante Informes N° 121 y 331-2025- MPC la O fi cina de Planeamiento y Modernización presenta el proyecto de Ordenanza, que aprueba el “Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados de la Municipalidad Provincial del Callao”, el cual permitirá que el presupuesto participativo se realice con una simplicidad de reglas y su operación se dé bajo el principio de e fi cacia, de acuerdo al marco normativo correspondiente; Que, con Memorando N° 386-2025-MPC/OGPMPI, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización,