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57 NORMAS LEGALES Viernes 21 de noviembre de 2025 El Peruano / VISTOS: El o fi cio Nº 002385-2025-MP-FN-OCE-FEDTID, de fecha 15 de septiembre de 2025, y los informes n.os 000033-2025-MP-FN-OCE-FEDTID y 0179-2025-MP-FN-OREF-ENYO, de fechas 15 de septiembre y 17 de noviembre de 2025, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, la Jefa de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas eleva el informe Nº 000033-2025-MP-FN-OCE-FEDTID, por el cual solicita la reorganización de personal fi scal de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Cusco y la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas de Cusco - Sede Quillabamba. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3659-2023-MP-FN de fecha 29 de diciembre de 2023, se resolvió, entre otros, nombrar a los abogados Eleazar Lino Ambia Renaylos y María Milagros Sayhua Monge como fi scales provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Cusco, designándolos en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Cusco y la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas de Cusco - Sede Quillabamba, respectivamente. A través del numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde al Fiscal de la Nación la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En ese sentido, en virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i) para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal incrementando la capacidad resolutiva de los casos fi scales en trámite y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos” y estando a la solicitud de la Jefa de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas —cuyos fundamentos se exponen en los informes de vistos—, se ha considerado pertinente reorganizar la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Cusco y la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas de Cusco - Sede Quillabamba. En consecuencia, resulta necesario emitir el acto resolutivo a fi n de designar a los abogados María Milagros Sayhua Monge y Eleazar Lino Ambia Renaylos, en las fi scalías antes señaladas, respectivamente, para lo cual previamente se deberá concluir sus actuales designaciones; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0179-2025-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 17 de noviembre de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Eleazar Lino Ambia Renaylos, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Cusco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3659-2023-MP-FN, de fecha 29 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada María Milagros Sayhua Monge, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Cusco - Sede Quillabamba, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3659-2023-MP-FN, de fecha 29 de diciembre de 2023. Artículo Tercero.- Designar al abogado Eleazar Lino Ambia Renaylos, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, designándolo en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas de Cusco - Sede Quillabamba. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada María Milagros Sayhua Monge, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, designándola en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Cusco. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a los abogados Eleazar Lino Ambia Renaylos y María Milagros Sayhua Monge que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Jefa de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2460987-1 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3554-2025-MP-FN Lima, 20 de noviembre de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 004714-2025-MP-FN-PJFSUCAYALI, de fecha 30 de octubre de 2025, y el informe Nº 0163-2025-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 4 de noviembre de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, conforme a los lineamientos establecidos en el ofi cio circular Nº 003-2024-MP-FN, se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó