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4 NORMAS LEGALES Domingo 23 de noviembre de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Variar la fecha de término del cargo de Agregado Militar a la Embajada del Perú en el Reino de España, previsto en el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 020-2024-DE, al 31 de diciembre de 2025. Artículo 2.- Variar la fecha de término del cargo de Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel, previsto en el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 014-2025-DE, al 31 de diciembre de 2026. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2461518-1 Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a la República de Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01742-2025-DE Lima, 12 de noviembre del 2025VISTOS: El O fi cio N° 213 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 02808-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 02331-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Plan detallado de Inspección N° 014/ IGE/K-2.a/20.02.01, aprobado por la Comandancia General del Ejército del Perú, se recomienda realizar la inspección a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia, del 1 al 4 de diciembre de 2025; Que, por medio de la Hoja de Recomendación N° 007/IGE/K-2.a/20.02.01., el Ejército del Perú aprobó la designación del General de División Marcos Albert RODRIGUEZ MONGE, identi fi cado con DNI N° 07873156 y CIP N° 114180500, y del Coronel EP Percy Alberto PEREZ LEON, identi fi cado con DNI N° 44340081 y CIP N° 117916000, para realizar una visita de supervisión y control a la citada Agregaduría, ubicada en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 1 al 4 de diciembre de 2025; Que, con O fi cio N° 213 SCGE/N-04, el Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal militar, para realizar una visita de supervisión y control a la citada agregaduría militar, en las fechas programadas; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 30 de noviembre y su retorno el 5 de diciembre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Dictamen Legal N° 2251-2025/OAJE; la Hoja de Gastos del Jefe de la O fi cina Administrativa de la Inspectoría General del Ejército del Perú; así como, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000004372 y N° 0000004373 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto, permitirá veri fi car el cumplimiento de las funciones del personal militar de la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia; así como. los aspectos relacionados a la defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas y otras normas internacionales; Que, mediante el O fi cio N° 02808-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 297-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02331-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catoria; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de División Marcos Albert RODRIGUEZ MONGE y del Coronel EP Percy Alberto PEREZ LEON, para realizar una visita de supervisión y control a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia, ubicada en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 1 al 4 de diciembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 30 de noviembre y su retorno el 5 de diciembre de 2025. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima – Bogotá (República de Colombia) - Lima Clase económica US$ 1,209.38 x 2 personas (Incluye importe TUUA) US$ 2,418.76Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 4 días (1 al 4 dic. 2025) US$ 2,960.00 Total a pagar: US$ 5,378.76 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización de viaje a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2461499-1