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5 NORMAS LEGALES Domingo 23 de noviembre de 2025 El Peruano / Aprueban ocho llamamientos ordinarios en la Fuerza Aérea del Perú correspondientes al Año Fiscal 2026 para incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01780-2025-DE Lima, 20 de noviembre del 2025VISTOS: El O fi cio Extra FAP N° 004274-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 03982-2025-MINDEF/ VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe Técnico N° 00206-2025-MINDEF/ VRD-DGRRHH-DIPEM de la Dirección de Personal Militar; y el Informe Legal N° 02335-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 163 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado garantiza la seguridad de la Nación, mediante el Sistema de Defensa Nacional, indicando, además, que toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional conforme a Ley; Que, el artículo 165 de la Carta Magna dispone que las Fuerzas Armadas tienen como fi nalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; Que, el artículo 47 de la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar, concordante con el artículo 52 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003- 2013-DE, señala que el llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos de personal para el Servicio Militar Acuartelado y es dispuesto anualmente, mediante Resolución Ministerial, en las fechas que determine cada Institución de las Fuerzas Armadas, comprendiendo a los inscritos de la última clase y a los de las clases anteriores, de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional; Que, con O fi cio Extra FAP N° 004274-2025-SECRE/ FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita aprobar los llamamientos ordinarios correspondientes al Año Fiscal 2026 en la citada Institución Armada, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo del personal de la clase 2008 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado; adjuntando el Informe Técnico DRRM - N° 001-2025 y el Informe Legal N° 116-DIREM/DIAJ de la Dirección de Reserva y Movilización de la Dirección General de Personal de la FAP, a través de los cuales se sustenta la necesidad de realizar ocho (8) llamamientos ordinarios para el año 2026; Que, a través del O fi cio N° 03982-2025-MINDEF/VRD- DGRRHH, la Dirección General de Recursos Humanos remite el Informe Técnico N° 00206-2025-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEM, por el cual la Dirección de Personal Militar considera viable formalizar la propuesta de llamamientos ordinarios en la Fuerza Aérea del Perú, correspondientes al año 2026; Que, por medio del Informe Legal N° 02335-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable aprobar los llamamientos ordinarios propuestos por la Fuerza Aérea del Perú, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-DE; Con el visado de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar; el Reglamento de la Ley N° 29248, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-DE; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar ocho (8) Llamamientos Ordinarios en la Fuerza Aérea del Perú, correspondientes al Año Fiscal 2026, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo de la clase 2008 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado. Artículo 2.- Autorizar a la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú a determinar la fecha de los llamamientos aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3 .- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a la Fuerza Aérea del Perú, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2461544-1 Aprueban la modificación de seis (06) fichas de homologación de requerimientos comprendidos en el “Plan de Homologación de los Requerimientos del Sector Defensa Año 2023”, aprobado por R.M. N° 00459-2023-DE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01781-2025-DE Lima, 20 de noviembre del 2025 VISTOS: El O fi cio-D N° 000221-2025-PERÚ COMPRAS- JEFATURA de la Central de Compras Públicas; el Ofi cio N° 000341-2025-DJ-ACFFAA de la Jefatura de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; el O fi cio N° 01863-2025-MINDEF/VRD-DGRRMM de la Dirección General de Recursos Materiales; el Informe Técnico N° 00034-2025-MINDEF/VRD-DGRRMM-DIGREM de la Dirección de Gestión de Recursos Materiales; y el Informe Legal N° 02386-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 20.1. del artículo 20 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que es una función de la Central de Compras Públicas (PERÚ COMPRAS) “ Promover, conducir y efectuar, según corresponda, la estandarización de los requerimientos del Estado, así como gestionar el listado de fi chas técnicas, y determinar sus características” ; Que, el numeral 42.1 del artículo 42 de la citada Ley señala que “ la estandarización de requerimientos es el proceso realizado para uniformizar los términos de referencia, especi fi caciones técnicas, requisitos de cali fi cación o condiciones de ejecución contractual de los bienes, servicios, u obras, según corresponda (…)”; el citado artículo precisa, en sus numerales 42.3 y 42.4 que “los instrumentos para la estandarización de requerimientos son la fi cha técnica y la fi cha de homologación, las cuales son de uso obligatorio para las entidades contratantes (,,,)” y que “el proceso de estandarización de requerimientos para generar fi chas de homologación en el ámbito de su competencia es ejecutado por los ministerios a través de su equipo de