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7 NORMAS LEGALES Domingo 23 de noviembre de 2025 El Peruano / N° Código CUBSO Denominación del requerimiento Versión 2 5311150100391709 Botas de combate desierto, media caña con cuello acolchado y suela caucho02 3 5311150100391807Botas de combate negro, media caña con cuello de cinta refuerzo y suela de caucho02 4 5311160100391705Zapato de cuero blanco, suela de caucho02 5 5311160100391706Zapato de alto brillo negro, suela de caucho02 6 5311160100391707 Zapato de cuero negro, suela de caucho 02 Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 01408-2023-DE, del 6 de diciembre de 2023. Artículo 3. - Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General remita a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS la presente Resolución Ministerial y las seis (06) fi chas de homologación aprobadas mediante el artículo 1, a efectos de gestionar su publicación en la Pladicop y en la sede digital de dicha Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2461526-1 Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a la República de Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01793-2025-DE Lima, 21 de noviembre del 2025 VISTOS:El O fi cio Extra FAP N° 004488-2025-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 02920-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 02415-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Radicado N° FAC-S-2025-031664-CE el Comandante de la Fuerza Aeroespacial Colombiana hace extensiva la invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que un (1) representante de la Fuerza Aérea del Perú participe en la reunión “Estrategia Hemisférica para la Seguridad Cooperativa - Operación Zeus 2026”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 al 29 de noviembre de 2025; Que, con O fi cio Extra FAP N° 004488-2025-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP PIERRE WILLIAM VICUÑA ASTUHUAMAN, identi fi cado con DNI N° 41751118 y NSA N° 97273, como titular; y del Mayor FAP CAMILO RODRIGUEZ VARGAS, identi fi cado con DNI N° 41598863 y NSA N° 97360, como suplente, para participar en la reunión “Estrategia Hemisférica para la Seguridad Cooperativa – Operación Zeus 2026”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 al 29 de noviembre de 2025; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar la salida del país el 24 de noviembre y su retorno el 30 de noviembre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 049; la Hoja de Gastos N° 191 DGVC-ME/SIAF-RP; así como la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000004, que garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del referido personal militar, por cuanto le permitirá adquirir conocimientos relacionados a doctrina, entrenamientos, instrucción en este tipo de competencias internacionales, a fi n de difundir y aplicar los conocimientos obtenidos en la Institución Armada; Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, los gastos por concepto de alojamiento, alimentación y transporte interno serán asumidos por la Fuerza Aeroespacial Colombiana, de acuerdo al Radicado N° FAC-S-2025-031664-CE del Comandante de la Fuerza Aeroespacial Colombiana; Que, a través del O fi cio N° 02920-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 580-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 02415-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP PIERRE WILLIAM VICUÑA ASTUHUAMAN como titular, y del Mayor FAP CAMILO RODRIGUEZ VARGAS como suplente, para participar en la reunión “Estrategia Hemisférica para la Seguridad Cooperativa - Operación Zeus 2026”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 al 29 de noviembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 24 de noviembre y su retorno el 30 de noviembre de 2025. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto: Pasajes aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima clase económica US$ 2,018.22 x 1 persona US$ 2,018.22 Total a pagar en dólares americanos: US$ 2,018.22 Artículo 3.- El personal militar comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2461566-1