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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (21/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Martes 21 de octubre de 2025 El Peruano / Informe Legal N° 792-2025-MDNCH-OGAJ de fecha 24 julio del 2025, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 1103-2025-MDNCH-OGPP de fecha 22 de julio del 2025, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 005-2025-2-3948-AC, y; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para estas instituciones radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 40º de la referida Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, tal y como se prescribe en el numeral 3) y 8) del artículo 9º de la misma Ley; Que, el numeral 1.1 del artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM y sus modi fi catorias, se aprobó los lineamientos de organización del estado, regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura organización y funcionamiento de las entidades del estado, con la fi nalidad de que las entidades del estado, conforme su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía, cabe destacar que, el numeral 3.1 del artículo 3, preceptúa que la acotada norma es de aplicación, bajo el termino genérico de entidad, a las siguientes (…) “f. Los gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas”; Que, el artículo 43º de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias, precisa que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, que contiene las competencias y funciones generales, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización y sus relaciones de dependencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 103-2022- PCM; se aprobó la política nacional de modernización de gestión pública al 2030, cuyo objetivo es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; Que, el artículo 46º de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias, establece que “Se requiere la aprobación o modi fi cación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos (…) b. Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización (…) Por reasignación o modi fi cación de funciones (…) La modi fi cación de un ROF puede comprender más de uno de los supuestos regulados en el numeral precedente, lo cual se precisa en el Informe Técnico Sustentatorio”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2023- MDNCH, de fecha 02 de octubre de 2023, se aprueba la modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 1103-2025-MDNCH-OGPP de fecha 22 de julio del 2025, sustenta la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la entidad, emitiendo opinión técnica favorable; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal N° 792-2025-MDNCH-OGAJ de fecha 24 de julio del 2025, resuelve viable la aprobación del proyecto de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, por modi fi cación de funciones por encontrarse con arreglo a ley, asimismo recomienda derivar el proyecto de modi fi cación del ROF a conocimiento del Pleno del Concejo Municipal para su evaluación y aprobación de considerarlo pertinente. Que, de los actuados se aprecia la pertinencia y necesidad de modi fi car el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, en observancia a las recomendaciones (Rec.03)establecidas en el Informe de Auditoria de Cumplimiento N° 005-2025-2-3948, emitido por el Órgano de Control Institucional, así como a la necesidad de establecer el fortalecimiento institucional de la mejora continua en la subgerencia de Obras Públicas, con la incorporación de las funciones establecidas en el numeral 38) del Artículo 105 del ROF. Que, mediante Dictamen Nº 003-2025-MDNCH- CAPP de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, recomienda al pleno del Concejo Municipal aprobar la modi fi cación del ROF incorporando las funciones establecidas en el numeral 18) del artículo 102° (…) y del numeral 38) en el artículo 105° (…) del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de los artículos 102° y 105° del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 010-2023-MDNCH, en los términos indicados en el ANEXO N° 01, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, la versión actualizada del Reglamento de Organización y Funciones (ROF)de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, considerando las modi fi caciones efectuadas mediante el Artículo Primero de esta Ordenanza, acorde al Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde, para que, mediante Decreto de Alcaldía, expida las normas complementarias y reglamentarias que sean necesarias para la actual aplicación de la presente Ordenanza, conforme a la normativa vigente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza, en El Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Sistemas, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza y su Anexo 01 y 02 en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote: www.muninuevochimbote.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. WALTER JESÚS SOTO CAMPOS Alcalde 2444815-1