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31 NORMAS LEGALES Domingo 26 de octubre de 2025 El Peruano / ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal de emisión mecanizada de valores para el contribuyente deben ser rati fi cadas anualmente; sin perjuicio de ello, el acuerdo de concejo rati fi catorio podrá tener una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, siempre que no existan variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la rati fi cación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicho acuerdo mediante o fi cio del Gerente Municipal hasta el último día hábil de diciembre. Transcurrido ese plazo, deberá iniciarse nuevamente el procedimiento de ratifi cación; Que, mediante Ordenanza N° 346/MDSA, rati fi cada por Acuerdo de Concejo N° 554 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de diciembre de 2023, se aprobó el monto del Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada de Autovalúo y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2024 en el distrito de Santa Anita; Que, mediante Ordenanza N.° 359/MDSA, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de octubre de 2024, se prorrogó para el ejercicio fi scal 2025 la vigencia de los montos del referido derecho establecidos en la Ordenanza N° 346/MDSA; Que, mediante Informe N.° 073-2025-GSATDE/ MDSA, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico da cuenta del Informe N.° 274-2025-SGRCRT-GSATDE/MDSA, que contiene el proyecto de ordenanza que prorroga para el ejercicio fi scal 2026 la vigencia de los montos del Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada de Autovalúo y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales aprobados por la Ordenanza N° 346/MDSA, sustentado en que no existen variaciones sustanciales en los costos proyectados para dicho servicio; Que, mediante Informe N.° 366-2025-MDSA/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable sobre la procedencia jurídica de aprobar la ordenanza de prórroga para el ejercicio fi scal 2026, señalando que la propuesta se encuentra dentro de las competencias normativas y tributarias municipales, no excede los límites establecidos en la normativa de tributación municipal y se ajusta al procedimiento de ratifi cación previsto en la Ordenanza N° 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con Memorándum N° 1266-2025-MDSA/GM, la Gerencia Municipal remitió los actuados a la O fi cina General de Secretaría a fi n de que sean elevados al Concejo Municipal para su trámite correspondiente; Que, fi nalmente, mediante Dictamen N° 007-2025- MDSA/CM–CRDE, la Comisión Permanente de Rentas y Desarrollo Económico recomienda la aprobación del proyecto de ordenanza que prórroga para el ejercicio fi scal 2026 la vigencia de los montos fi jados por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada de Autovalúo y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, aprobados por la Ordenanza N° 346/ MDSA; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 8) del Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con la dispensa del trámite de acta, aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE LA DECLARACIÓN JURADA DE AUTOAVALUO Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES FIJADOS MEDIANTE ORDENANZA N° 346/MDSA Artículo 1º.- PRORROGAR para el ejercicio fi scal 2026, la vigencia de los montos del Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada de Autoavaluo y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales fi jados mediante Ordenanza N° 346/MDSA y rati fi cada por Acuerdo de Concejo N° 554, ambas publicadas en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2023; y prorrogada mediante Ordenanza Nº 359/MDSA. Artículo 2º.- FIJAR para el ejercicio fi scal 2026 en S/ 4.20 (cuatro con 20/100 soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes titulares de un solo predio por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada. Los contribuyentes que posean más de un predio deberán abonar por cada predio adicional el monto de S/ 0.80 céntimos (ochenta céntimos de sol), el mismo que comprende S/ 0.40 céntimos por recibo Predio Urbano (PU) y S/ 0.40 céntimos por recibo de Liquidación de Arbitrios Municipales (LAM), tal como lo establece la Ordenanza N° 346/MDSA, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo N° 554. Artículo 3º.- El Derecho de Emisión Mecanizada de Valores será abonado en la primera cuota fraccionada del pago del Impuesto Predial 2026. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2026, previa publicación en el Diario O fi cial El Peruano, de la misma forma será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (www.munisantanita.gob.pe) Tercera.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, O fi cina General de Administración y Finanzas, Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, así como a sus áreas a cargo, el cumplimiento, ejecución y aplicación de la presente Ordenanza según sus competencias, a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación su implementación y aplicación en el Sistema Tributario, a la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión y a la O fi cina General de Secretaría su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2451302-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES