TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Domingo 26 de octubre de 2025 El Peruano / MILAGROS ESPERANZA GUERRERO BARRERA en el cargo de Jefa de la O fi cina de Administración de SANIPES; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia del servidor DANIEL FERNANDO SALAZAR MORALES al cargo de Jefe de la O fi cina de Administración de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura – SANIPES, dándole las gracias por los servicios prestados; en consecuencia, DAR POR CONCLUIDA su designación en dicho cargo; siendo su último día de labores el 26 de octubre de 2025. Artículo 2.- DESIGNAR a la profesional MILAGROS ESPERANZA GUERRERO BARRERA en el cargo de confi anza de Jefa de la O fi cina de Administración de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura – SANIPES, a partir del 27 de octubre de 2025. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de Recursos Humanos noti fi que la presente Resolución a los involucrados. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, en la sede digital de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura - SANIPES (www.sanipes.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese.MONICA PATRICIA SAAVEDRA CHUMBE Presidenta Ejecutiva SANIPES 2452036-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Declaran barrera burocrática ilegal la limitación de plazo de vigencia para la autorización de instalación de un anuncio publicitario contenido en procedimiento administrativo del TUPA de la Municipalidad Provincial de Paita RESOLUCIÓN FINAL N° 0011-2025/CEB- INDECOPI-PIU AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la O fi cina Regional del Indecopi de Piura FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN : 18 de agosto de 2025 BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: La limitación del plazo de vigencia de un (1) año para la autorización de instalación de un anuncio publicitario.ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Municipalidad Provincial de Paita NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA: Procedimiento PA1778C6B5 del Texto Único de Procedimiento Administrativos de la Municipalidad, aprobado por Ordenanza Municipal N° 015-2022-CPP FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: Por regla general las autorizaciones o títulos habilitantes tienen vigencia indeterminada, conforme lo establecen los artículos 2° y 42° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Excepcionalmente, solo mediante ley o decreto supremo es posible establecer un plazo de vigencia. La Municipalidad no acreditó contar con un mandato legal que le permita imponer un plazo de vigencia a las autorizaciones de anuncios publicitarios en su Texto Único de Procedimiento Administrativos. Por ende, la Municipalidad contravino lo señalado en los artículos 2° y 42° del TUO de la Ley N° 27444. ANA MARÍA SALAVERRY ARMAS PresidenteComisión de la O fi cina Regional del Indecopi – Piura 2451705-1 SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Designan Jefa de la Oficina de Recursos Humanos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000091-2025- SERNANP/PE San Isidro, 25 de octubre del 2025VISTOS: El Memorando Nº 000202-2025-SERNANP/GG de fecha 22 de octubre de 2025, emitido por la Gerencia General, el Memorando Nº 000521-2025-SERNANP/GG-ORH del 22 de octubre de 2025, emitido por la O fi cina de Recursos Humanos y el Informe Nº 000582-2025-SERNANP/OAJ del 23 de octubre de 2025, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2025-MINAM, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del SERNANP y con Resolución Presidencial Nº 000100-2025-SERNANP/J-SGD se aprueba la Sección Segunda del mismo, siendo el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, que contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones entre sus dependencias; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 00239-2025-MINAM publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 03 de octubre de 2025, se aprobó el