Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (02/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 2 de febrero de 2026 El Peruano / Que, a través del Informe Legal N° 003-2025-GRH/ GRAJ-JRDF, de fecha 21 de noviembre del 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, OPINA, por la aprobación de la adecuación de la creación del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) de la Región Huánuco al Reglamento aprobado por Resolución Ministerial N° 152-2023-MIMP, mediante Ordenanza Regional; Que, a través del Dictamen N° 007-2025-GRH/CR- CODS, de fecha 23 de diciembre de 2025, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional de Huánuco, establece una nueva estructura operativa y funcional para estos espacios de participación, y siendo competencia del Consejo Regional (según el Art. 15° de la Ley 27867 y el Reglamento Interno del Consejo) dictar las normas que regulen la organización regional, resulta procedente y necesario aprobar la modi fi cación de la Ordenanza Regional de Adecuación, dejando sin efecto las disposiciones que se opongan a la Ordenanza N° 038-2015-CR-GRH. La Comisión dictaminadora considera que la adecuación normativa es imperativa para fortalecer la participación ciudadana infantil y adolescente en la región, asegurando que el CCONNA Huánuco opere bajo los estándares legales vigentes del ente rector (MIMP); Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 29 de diciembre de 2025, el Dictamen N° 07-2025-GRH/CR-CODS, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por MAYORÍA la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFICAR, los artículos 2°, 3°, 5° y 7° de la Ordenanza Regional N° 038-2015-CR-GRH de fecha 31 de diciembre del 2015, a fi n de formarse el Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Huánuco - CCONNA, lo cual quedará redactada de la siguiente manera: Artículo Segundo.- el Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Huánuco y de sus provincias, estará constituida por las edades de sus integrantes oscilando entre los 08 - 17 años. La edad máxima para su designación es de (17) años. Artículo Tercero.- NATURALEZA Y FINALIDAD Establecer que el CCONNA es un órgano de participación ciudadana encargado de elevar propuestas, opinar sobre políticas públicas de infancia y vigilar el cumplimiento de sus derechos a nivel regional. Artículo Quinto.- El CCONNA está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador: • Asamblea General, está constituida por las niñas, niños y adolescentes que forman parte del equipo coordinador del CCONNA. • El Equipo Coordinador es elegido como resultado de una votación realizada por las mismas niñas, niños y adolescentes que integran el CCONA conformado. Para la elección del equipo coordinador, se debe considerar a una (01) niña, un (01) niño, una (01) adolescente mujer y un (01) adolescente varón, el cual estará integrado por: 1. Un(a) Coordinador(a) General. 2. Un(a) Sub Coordinador(a).3. Un(a) Coordinador(a) de Comunicación. 4. Un(a) Coordinador(a) de Organización.Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Inclusión Social e Identidad Cultural, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, como los órganos responsables de brindar el soporte técnico, logístico y presupuestal para el funcionamiento de las sesiones del consejo. Artículo Segundo.- ENCARGAR, la elaboración del Reglamento Interno a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Huánuco, en coordinación con la Sub Gerencia de Inclusión Social e Identidad Cultural, que en un plazo de sesenta (60) días calendario de entrada en vigencia de la presente norma regional, el mismo que será aprobado con Decreto Regional. Artículo Tercero.- DERÓGUESE, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Gobierno Regional Huánuco, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 31 días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. RICARDO WELLINGTHON PRADO GARCÍA Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 26 días del mes de enero del año 2026. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2482386-1 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Ordenanza que modifica los artículos Primero y Segundo de la Ordenanza Regional N° 524-2025-G.R. P/CR CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 540-2025 -G.R. P/CR MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 524-2025 -G.R. P/CR, QUE RECONOCE AL CONSEJO REGIONAL DEL SISTEMA DE GARANTÍA PARTICIPATIVO PASCO, COMO ALTERNATIVA VIABLE, TÉCNICA, ECONÓMICA, SOCIAL Y AMBIENTAL PARA GARANTIZAR LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA DE LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modi fi catorias, en la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria, desarrollado el dos de diciembre del año dos mil veinticinco, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: