Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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104 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de julio de 2026 El Peruano / directrices de la Ley N.º 32392 y en Alianza Estratégica con SERNANP, el Ente Gestor Playas del Norte, AIDER, JUVECO y los comités locales de turismo comunitario y otras entidades interesadas en la zona. Artículo 9º.- Directrices de Ecoe fi ciencia Ambiental y Calidad Turística Disponer de manera obligatoria las siguientes directrices ambientales y de sostenibilidad turística alineadas con el ODS 12 (Producción y Consumo Responsables): Erradicación de Plásticos: Queda estrictamente prohibido el expendio de alimentos en envases de poliestireno expandido (tecnopor) o bolsas plásticas tradicionales dentro de la feria. Los comerciantes emplearán vajilla 100% biodegradable de bagazo de caña de azúcar u hojas de palmera. Control de Tallas: Queda terminantemente prohibida la exhibición o venta de platos basados en ejemplares de Chicama que incumplan con la talla mínima biológica comercial regulada por PRODUCE. Manejo de Residuos: La Comisión Organizadora ejecutará de forma obligatoria un Plan de Contingencia y Gestión diferenciada de residuos para evitar la contaminación de la Quebrada Fernández, los senderos de avistamiento de aves de Jaguay Grande y la Ruta Ecoturística de los Pilares de Fernández. Artículo 10º.- Principio de Costo Cero para el Pliego Presupuestal Encárguese el cumplimiento de la presente ordenanza bajo el principio de “Costo Cero” para el presupuesto institucional ordinario de la municipalidad. El fi nanciamiento operativo de la feria y los sistemas piloto acuícolas se canalizará mediante fondos concurrentes de la cooperación técnica nacional e internacional y las contrapartidas de mano de obra y capital de la población comunal organizada. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facultar al Alcalde del distrito de Canoas de Punta Sal para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y fi scalización de la presente Ordenanza, incluyendo los reglamentos para los operadores turísticos locales de la ruta. Segunda.- Encargar a la Secretaría General la notifi cación formal de la presente norma, y a la Subgerencia de Informática (o la que haga sus veces) la publicación de la referida Ordenanza en el Portal Institucional y de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación o fi cial y en los medios de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCISCO JAVIER PAZO ECHE Alcalde 2533351-1 Normas Legales ActualizadasNLA NORMAS LEGALES INGRESA A NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadas tUtilice estas normas con la certeza de que están vigentes.MANTENTEINFORMADO CONLO ÚLTIMO EN