Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (09/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 9 de octubre de 2026 El Peruano / HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- Declaratoria de interés regional y conformación de la Ruta Turística Declárese de interés regional la implementación, promoción y desarrollo de la Ruta Turística del Papa León XIV en la Provincia de Santa Cruz, Región Cajamarca, como iniciativa destinada a fortalecer el turismo religioso, promover la conservación y puesta en valor del patrimonio religioso, cultural y natural, diversi fi car la oferta turística regional y contribuir al desarrollo económico sostenible de la provincia de Santa Cruz. La Ruta Turística comprende los siguientes circuitos: a) Ruta Principal (Religiosa):- Iglesia San Agustín de Catache. - Iglesia Parroquial La Inmaculada de Santa Cruz.- Santuario de la Virgen de los Remedios de Litcán.- Iglesia San Antonio de Padua de Chancay Baños. b) Ruta Complementaria N° 1:- Plaza de Armas de Santa Cruz. - Mirador Cotorumi. - Sala de Interpretación Museo ROYMA.- Aguas Termales de Chancay Baños. c) Ruta Complementaria N° 2:- Iglesia San Agustín de Catache. - Zona Arqueológica de Poro Poro.- Refugio de Vida Silvestre Bosques Nublados de Udima. La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo podrá proponer la actualización técnica de los componentes de la Ruta, conforme a la normativa vigente y previo sustento técnico correspondiente. Esta conformación recoge la descripción desarrollada en el Informe Técnico. Artículo Segundo.- Implementación Encargar a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional Cajamarca que, en el marco de sus competencias y en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los gobiernos locales involucrados y las demás entidades competentes, promueva las acciones necesarias para el fortalecimiento, implementación y promoción de la Ruta Turística del Papa León XIV, conforme a la Ley N° 32392, su Reglamento y demás disposiciones aplicables. Artículo Tercero.- Coordinación interinstitucional La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo promoverá mecanismos de coordinación y cooperación técnica con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de Cultura, la Municipalidad Provincial de Santa Cruz, las municipalidades distritales de Catache, Chancay Baños, Pulán y Santa Cruz, la Iglesia Católica, el sector privado y demás instituciones públicas y privadas vinculadas al desarrollo de la actividad turística. Asimismo, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo promoverá la incorporación progresiva de la Ruta Turística del Papa León XIV en los instrumentos de plani fi cación turística regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, el MINCETUR y los gobiernos locales involucrados. Esta medida se alinea con las recomendaciones técnicas del expediente. Artículo Cuarto.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en la presente Ordenanza Regional se efectuará con cargo al presupuesto institucional de las entidades competentes, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.Artículo Quinto.- Publicación y vigencia Encárguese a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico efectuar las acciones necesarias para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional del Gobierno Regional Cajamarca y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, conforme a la normativa vigente. La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Prímera.- La implementación de las acciones derivadas de la presente Ordenanza Regional se realizará conforme a las competencias establecidas en la Ley N° 32392 - Nueva Ley General de Turismo, los lineamientos emitidos por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y los instrumentos de plani fi cación turística vigentes. Segunda.- Identi fi cación y señalización turística La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Municipalidad Provincial de Santa Cruz y las municipalidades distritales involucradas, promoverá la identi fi cación, señalización y difusión de los recursos que integran la Ruta Turística del Papa León XIV, conforme a la disponibilidad presupuestal y a la normativa aplicable. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación. Dado en la Cajamarca, a los 20 días del mes de julio del año dos mil veintiséis. JESUS SALVADOR CASTREJÓN PALOMINO Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional. ROGER GUEVARA RODRIGUEZ Gobernador Regional 2562802-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Declaran el cumplimiento de la notificación de resolución gerencial que declara la caducidad e inicio del nuevo procedimiento administrativo sancionador RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 9354-2026- GTVT/MPC Cusco, 7 de octubre de 2026VISTOS: El Informe Legal Nº 2885-2026-MPC-GTVT- SGAIT-AL, Informe Nº 1185-2026-SGAIT-GTVT-MPC, Proveído Nº 4338, Dictamen Nº 524-2026-MPC/GTVT/ AL; y,