Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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36 NORMAS LEGALES Viernes 9 de octubre de 2026 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Designan Fedatarias Institucionales de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 000161-2026- SUNAT /800000 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNA FEDATARIAS INSTITUCIONALES DE LA INTENDENCIA NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Lima, 7 de octubre de 2026VISTO: El Informe N° 000064-2026-SUNAT/8A0000 emitido por la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, mediante el cual se propone dejar sin efecto designaciones y designar a Fedatarios Institucionales que desempeñarán dicha función en la citada Intendencia; CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del artículo 127 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece el régimen de fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que, el inciso 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba; Que, mediante Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N°s . 035-2020-SUNAT/800000 y 081-2016-SUNAT/800000 se designó, entre otros, a las servidoras Roxana Maritza Mandujano Ramírez y Gladis Gabriela Cordero Salas, como Fedatarias Institucionales Titular y Alterna, respectivamente, de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; Que, en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe N° 000064-2026-SUNAT/8A0000 de fecha 22 de septiembre de 2026, emitido por la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se estima conveniente dejar sin efecto las designaciones señaladas en el considerando precedente y designar a las servidoras que ejercerán la función de Fedatario Institucional en la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida por el literal h) del artículo 16 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarias Institucionales de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, de las servidoras que se indican a continuación: Fedataria Institucional Titular:- ROXANA MARITZA MANDUJANO RAMIREZFedataria Institucional Alterna:- GLADIS GABRIELA CORDERO SALASArtículo 2.- Designar como Fedatarias Institucionales de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos a las servidoras que se indican a continuación: - ROSARIO GABY RODRIGUEZ GUERRERO - VIOLETA CIRILA PRADA SOTO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO EDUARDO ZAVALETA MONTOYA Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas Superintendencia Nacional de Aduanasy de Administración Tributaria 2562822-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan viaje de Secretario General y Ejecutivo de Alta Dirección de la Vicecontraloría de Control Gubernamental a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 504-2026-CG Lima, 7 de octubre de 2026VISTOS: El O fi cio N° 000080-DNAIN-2026 suscrito por el Contralor General del Estado de la República del Ecuador; el Proveído N° 000266-2026-CG/DC del Despacho del Contralor; el Proveído N° 002958-2026-CG/SGE, de la Secretaría General; las Hojas Informativas N° 000054-2026-CG/CASI y N° 000057-2026-CG/CASI, de la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorando N° 002143-2026-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; la Hoja Informativa N° 002003-2026- CG/CONT, de la Unidad de Contabilidad; el Memorando N° 006444-2026-CG/ABAS, de la Subgerencia de Abastecimiento; y, la Hoja Informativa N° 000147-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) es un organismo internacional autónomo y apolítico que agrupa a las entidades públicas encargadas del control técnico del gasto estatal —como las Contralorías y Auditorías Superiores— en América Latina y el Caribe, operando como uno de los grupos regionales de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI); siendo su función principal impulsar la investigación cientí fi ca, la capacitación continua y la asistencia técnica mutua entre sus miembros, promoviendo el desarrollo de auditorías coordinadas sobre temas críticos como la lucha contra la corrupción