Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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41 NORMAS LEGALES Viernes 9 de octubre de 2026 El Peruano / Conceden licencia con goce de haber a favor de docentes de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Costa Rica UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU -590-2026- UNSAAC Cusco, 24 de setiembre de 2026 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nº 26077416, presentado por el Dr. MANRIQUE BORDA PILINCO, Decano de la Facultad de Administración y Turismo de la Institución, solicitando autorizar licencia con goce de haber que se indica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el documento del Visto, el Decano de la Facultad de Administración y Turismo de la Institución, hace de conocimiento que los docentes: DR. FRANCISCO ASTETE SAAVEDRA, profesor principal a dedicación exclusiva; DRA. GLORIA PAULINA CARDOSO DE FLOREZ, profesora principal a dedicación exclusiva y DRA. ROXANA JULIA ABARCA ARRAMBIDE, profesora principal a dedicación exclusiva, adscritos al Departamento Académico de Turismo de la Facultad de Administración y Turismo de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, participarán en el “III CONGRESO NACIONAL E INTERNACIONAL DE TURISMO RURAL Y RURAL COMUNITARIO, a desarrollarse en la ciudad de San José – Costa Rica, del 28 al 30 de setiembre de 2026; a cuyo efecto solicita la concesión de licencia con goce de haber a favor de los docentes citados precedentemente, del 28 al 30 de setiembre de 2026, comprendiendo dicho periodo el desplazamiento y participación en el evento; Que, mediante O fi cio Nº 097-2026-DATU-FAT, la Directora del Departamento Académico de Turismo comunica la aprobación del pedido de licencia de los docentes: Dr. Francisco Astete Saavedra y Dra. Roxana Julia Abarca Arrambide por la Junta de Docentes del referido Departamento Académico, conforme se desprende del acta de sesión ordinaria de fecha 17 de agosto de 2026, en la que, asimismo, se aprobó el pedido de licencia de la Dra. Gloria Paulina Cardoso de Flórez, documentos que obra en autos; Que, se encuentran incorporadas en el expediente las cartas de compromiso del Dr. Julio Ascencio Castillo; Lic. Daniela Guillen Challco y Dr. José Luis Zarate Bujanda, quienes asumirán la carga académica de los referidos docentes durante su ausencia por la licencia solicitada, con lo que se garantiza la solución de la carga académica; Que, de igual forma, consta en el expediente el correo electrónico de los organizadores del referido evento, cursando invitación a los docentes: Dr. Francisco Astete Saavedra; Dra. Roxana Julia Abarca Arrambide y Dra. Gloria Paulina Cardoso de Flórez para posibilitar su participación en el citado congreso; Que, a través del Informe Escalafonario Nº 2316-SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL), el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones, da a conocer la carrera docente de los bene fi ciarios de la licencia; Que, con O fi cio N.º 677-2026-VRAC-UNSAAC el Vicerrector Académico de la Institución, emite opinión favorable para otorgar la licencia con goce de haber a favor de los citados docentes y eleva el expediente para la emisión de la resolución respectiva; Que, conforme a lo señalado, el jefe (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, expide el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1404-2026, indicando que existe crédito presupuestal; documento que en anexo forma parte de la presente resolución;Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 32513 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3° de la referida Ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, la solicitud formulada por el Sr. Decano de la Facultad de Administración y Turismo, sobre concesión de licencia con goce de haber a favor de los docentes Dr. Francisco Astete Saavedra; Dra. Roxana Julia Abarca Arrambide y Dra. Gloria Paulina Cardoso de Flórez ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario en sesión ordinaria realizada el día 23 de septiembre de 2026, siendo aprobada por unanimidad; Estando al acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Universitario, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario; RESUELVE:Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor de los docentes: DR. FRANCISCO ASTETE SAAVEDRA, profesor principal a dedicación exclusiva; DRA. GLORIA PAULINA CARDOSO DE FLOREZ, profesora principal a dedicación exclusiva y DRA. ROXANA JULIA ABARCA ARRAMBIDE, profesora principal a dedicación exclusiva, adscritos al Departamento Académico de Turismo de la Facultad de Administración y Turismo de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a partir del 28 de septiembre de 2026 y por el término de tres (03) días a efecto de que puedan participar en el “III CONGRESO NACIONAL E INTERNACIONAL DE TURISMO RURAL Y RURAL COMUNITARIO, a desarrollarse en la ciudad de San José – Costa Rica, del 28 de septiembre al 30 de setiembre de 2026; Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a favor de cada uno de los docentes: DR. FRANCISCO ASTETE SAAVEDRA; DRA. GLORIA PAULINA CARDOSO DE FLOREZ y DRA. ROXANA JULIA ABARCA ARRAMBIDE lo siguiente: - Apoyo Económico traducido en dos (02) días de viáticos: S/ 6,350.40 ($ 1.890.00 = T.C. S/ 3.36 al 18/09-SUNAT). - Pasajes y gastos de transporte- Inscripción al evento para tres (3) docentes: S/ 1,814.40 ($540. 00=T.C S/3.36 al 18/09-SUNAT) - Publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Tercero.- DISPONER que el egreso se atienda con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1404-2026 que en anexo constituye parte de la presente resolución. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los bene fi ciarios de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nº 1 Declaración de Compromiso, asimismo están en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyan la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no hagan uso de la movilidad institucional, las comisionadas deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco “UNSAAC” por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO