CORREA S.A
DATOS DE LA EMPRESA
RUC
20108713951
Tipo Contribuyente
SOCIEDAD ANONIMA
Estado Contribuyente
ACTIVO
Condición Contribuyente
HABIDO
Fecha Inscripción
20 de abril de 1993
Fecha Inicio Actividades
1 de julio de 1992
Sistema Emisión Comprobantes
COMPUTARIZADO
Sistema Contabilidad
COMPUTARIZADO
Actividad Comercio Exterior
SIN ACTIVIDAD
Comprobantes de Pago Autorizados
Comprobantes Electrónicos
Sistemas de Emisión Electrónica
Domicilio Fiscal
CAL.DE LAS LETRAS NRO. 199 INT. 804 URB. SAN BORJA
SAN BORJA - LIMA - LIMA
REACTIVA PERÚ
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Decreto Legislativo N° 1455
Fecha de información: 31 de diciembre de 2025
PROGRAMA DE GARANTÍAS COVID-19
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Ley N° 31050
Fecha de información: 31 de diciembre de 2025
Actividades Económicas
ALGUNOS DE LOS PRINCIPALES EJECUTIVOS, REPRESENTANTES O DIRECTORES
| Nombre | Cargo | Desde |
|---|---|---|
| NUNEZ CORREA JORGE | GERENTE | 2 DE JULIO DE 1992 |
| RIOS CORREA MILTON 2 empresas | GERENTE | 2 DE JULIO DE 1992 |
CANTIDAD DE TRABAJADORES Y/O PRESTADORES DE SERVICIO
| Periodo | Nro. Trabajadores | Nro. Pensionistas | Nro. Prestadores de Servicio |
|---|---|---|---|
| 2025-11 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-10 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-09 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-08 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-07 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-06 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-05 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-04 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-03 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-02 | 2 | 0 | 0 |
| 2025-01 | 2 | 0 | 0 |
No hay información financiera disponible
HISTORIAL BAJAS
| Condición | Fecha de Baja |
|---|---|
| No hay Información |
HISTORIAL CONDICION CONTRIBUYENTE
| Condición | Fecha Desde | Fecha Hasta |
|---|---|---|
| HABIDO | 26 DE NOVIEMBRE DE 2015 |
HISTORIAL DOMICILIOS
| Dirección | Fecha de Baja |
|---|---|
| CAL.PORTINARI NRO. 171 INT. 301 URB. SAN BORJA LIMA-LIMA-SAN BORJA | 26 DE NOVIEMBRE DE 2015 |
| AV. TARAPACA NRO. 287 URB. VILLACAMPA LIMA-LIMA-RIMAC | 3 DE OCTUBRE DE 1995 |
NORMAS LEGALES
8 resultadosS.A. a fin de interponer recurso de anulación sobre parte de laudo arbitral DECRETO DE URGENCIA Nº 002-2001 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de diciembre de 2000, se expidió
S.A., para los efectos a que se contrae la parte considerativa del presente Decreto de Urgencia.
S.A; asimismo con Carta N° CCSP/CE/115/2010 del 04 de mayo de 2010, los Apoderados de la Empresa CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A agradecen la confi anza depositada en la Empresa y aceptan
S.A y supervisora CONSORCIO DE SUPERVISIÓN ALTO PIURA, respectivamente, para que se declare día feriado regional o al menos en la provincia de Morropón; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión
S.A. por concepto de Reintegro por Precio de Cemento Portland ascendente a S/. 140,743.20 incluido el Impuesto General a las Ventas dado que la empresa proveedora de cemento no consideró el descuento
S.A., la Asociación Salzgitter-DIWI-LA- GESA o Asociación CES-DIWI-LAGESA, y los que resulten responsables por los hechos que refieren la parte conside- rativa de la presente Resolución.
S.A. y otras vinculadas con los hechos del caso conocido como “Lava Jato”; asimismo, amplía la competencia del Equipo Especial de Fiscales para que conozcan a dedicación exclusiva además de los delitos
Sin embargo, ello no puede desatender el desarrollo adecuado de los casos correspondientes a la empresa Odebrecht S.A., OAS, Camargo y Correa S.A. y otros vinculados con los hechos conocidos como “Lava
PNUD, tal como se detalla en el documento de fecha 3 de noviembre del 2006, emitido por el Coordinador Residente de las Naciones Unidas; Que, asimismo, las empresas Construcciones y Comercio Camargo Correa
S.A., Odebretch Perú Ingeniería y Construcción S.A.C. y Constructora Andrade Gutierrez S.A., formulan invitación al señor Ministro de Vivienda, &RQVWUXFFLyQ\6DQHDPLHQWRD¿QTXHYLVLWHGHODO
establecido en el Atestado Policial de Vistos que los choferes encargados del transporte de la mercan- cía importada hacia la Zona de Selva, se habrían coludido con el Director Gerente de la empresa TIENDAS CORREA
S.A. para dar la conformidad del traslado de las citadas mercancías y su posterior descarga en los Almacenes de la importadora (ubicados en Pucallpa); determinándose fehacientemente que existen palmarias
desarrollo vial en la zona (tramos adyacentes), teniéndose por el frente del kilómetro 64 + 300, sector Chancadora, al Consorcio Puente Chino, integrado por las empresas Construcoes e Comercio Camargo Correa
S.A. y constructora Queiroz Galvao S.A., en adelante Consorcio Puente Chino, y por el frente del kilómetro 70+920, sector Boquerón, a la empresa Constructora Andrade Gutiérrez S.A. - En base a dichas
Comité Especial encargado de llevar acabo el referido proceso de selec-ción, luego de la evaluación detallada de las propuestastécnicas quedaron precalificados los postores CONS-TRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA
S.A. yCONSORCIO NESHUYA y asimismo se procedió a des- calificar al postor CORPORACIÓN M & S INTERNA- CIONAL CA, S.A. ya que había presentado el mismoequipo para el Tramo I : Aguaytía - San Alejandro,
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