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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2010 (20/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de mayo de 2010 419219 Economía y Finanzas que en coordinación con el Gobierno Regional Piura conforme en la Sede de la Sub Región Morropón Huancabamba la Unidad Ejecutora del Proyecto Hidroenergético del Alto Piura; Que, mediante Ley N° 29193, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de enero del 2008, se declara de necesidad y utilidad pública la construcción de la Presa de Tronera Sur y del Túnel Trasandino de derivación de aguas dentro del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 154-2008/GRP- CR, de fecha 28 de noviembre de 2008, se autorizó a la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Piura a utilizar hasta el treinta por ciento (30%) de los ingresos del Pliego Gobierno Regional Piura, provenientes de la fuente de fi nanciamiento canon y sobrecanon, regalías y participaciones, y hasta por un plazo de quince (15) años para coberturar el monto de coparticipación con el Gobierno Nacional, en el fi nanciamiento de la Primera Etapa del Proyecto “Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura”, que comprende las obras del Túnel de Trasvase y la Presa Derivadora Tronera Sur de la Unidad Ejecutora 005 – Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura u otros Proyectos de Impacto Regional; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 548- 2009/GRP-CR, de fecha 28 de abril de 2009, se Autorizó aprobar la solicitud de un préstamo -Línea de Crédito Múltiple Progresiva- al Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 100´000,000.00 (Cien Millones y 00/100 de nuevos soles), para ser cancelado hasta un plazo de 180 meses con el objeto de destinarlo exclusivamente en la ejecución del Proyecto: “Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura” de la Unidad Ejecutora 005 - Proyecto de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura; Que, mediante Ofi cio UNOPS/PER/86758-C del 28 de abril de 2010, la Dirección del Centro de Operaciones en Perú de la Ofi cina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas –UNOPS– comunica el Informe Final de Evaluación de las ofertas presentadas al proceso de transferencia, la misma que recomienda la adjudicación del presente proceso de licitación correspondiente a los trabajos para la Construcción de la Presa Tronera Sur y Túnel Trasandino del PEIHAP a favor de la Empresa CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A; asimismo con Carta N° CCSP/CE/115/2010 del 04 de mayo de 2010, los Apoderados de la Empresa CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A agradecen la confi anza depositada en la Empresa y aceptan la Buena Pro otorgada, comunicando estar aptos para realizar las coordinaciones necesarias para la suscripción del Contrato en los plazos establecidos; Que, con Informe N° 039-2010/GRP-407000-407100 del 17 de mayo de 2010, la Gerencia General del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, comunica que habiéndose culminado el Proceso de Licitación Pública Internacional a cargo de la UNOPS para seleccionar a la empresa que se encargue de la Construcción de las obras del Componente I, consistente en “Construcción de la Presa Tronera Sur y Túnel Trasandino del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura”, así como de la correspondiente empresa Supervisora, y habiendo el Directorio del PEIHAP, validado y aprobado todos los documentos necesarios para fi niquitar la fi rma del contrato el próximo 21 de los corrientes, mediante Acuerdo N° 033-2010 que señala: “Aprobar el Contrato que va a ser fi rmado por el PEIHAP con la Empresa “CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREO S.A”, quien se encargará de la “Construcción de la Presa Tronera Sur y del Túnel Trasandino del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Alto Piura”, así como la empresa SUPERVISORA “CONSORCIO ALTO PIURA”, asimismo faculta al Gerente General del PEIHAP a suscribir dicho contrato, conforme al Art. 14° inciso n) del Manual de Operaciones del PEIHAP, para lo cual debe realizar las coordinaciones y comunicaciones pertinentes, para que dichos contratos sean fi rmados el día 21 de mayo del presente año.”; por ello solicita, considerando la importancia que tiene el más anhelado proyecto de desarrollo piurano, dando el realce debido a tan magna fecha, en que se suscribe el contrato con las empresas ganadora constructora CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A y supervisora CONSORCIO DE SUPERVISIÓN ALTO PIURA, respectivamente, para que se declare día feriado regional o al menos en la provincia de Morropón; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 08 - 2010, de fecha 17 de mayo del 2010, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE DECLARA FERIADO NO LABORABLE EL DÍA 21 DE MAYO DE 2010 EN EL DEPARTAMENTO DE PIURA POR FIRMA DEL CONTRATO DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO ESPECIAL DE IRRIGACIÓN E HIDROENERGÉTICO DEL ALTO PIURA Artículo Primero.- Declarar feriado no laborable, en el ámbito territorial del departamento de Piura, el día 21 de mayo del año 2010, por la fi rma del Contrato de la ejecución de las obras del Componente I, consistente en “Construcción de la Presa Tronera Sur y Túnel Trasandino del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura”. Artículo Segundo.- Las horas dejadas de laborar el día 21 de mayo, serán compensadas en las semanas posteriores a éste, de acuerdo a lo que establezca el titular de la entidad pública regional correspondiente, en función a sus propias necesidades. Artículo Tercero.- Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del Sector Público Regional adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el día feriado. Artículo Cuarto.- Para efecto del cómputo de los plazos regulados para los procedimientos administrativos, el día 21 de mayo del presente año es considerado como día inhábil, con excepción de los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que se realizan al amparo del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Quinto.- Los centros de trabajo del Sector Privado podrán acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la sede del Gobierno Regional Piura, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. CÉSAR TRELLES LARA Presidente Regional 495110-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Ordenanza que reglamenta la propaganda política electoral en el distrito de Breña ORDENANZA N° 327-2010/MDB-CDB Breña, 30 de abril del 2010