Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 1998 (10/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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todos los procedimientos judiciales que versen sobre la aplicacion de derechos pensionarios, incluyendo los que se encuentren en tramite. Para tal efecto, facultese a la ONP a efectuar la contratacion directa de los servicios que resultaren necesarios. Base Legal: Texto original Segunda.- Por Decreto Supremo del Ministerio de Economia y Finanzas podra establecerse programas que permitan la compra de derechos derivados de la CRD. Base Legal: Texto original Tercera Disposicion Complementaria Tercera.-Establezcase, para los regimenes a cargo de la ONP, los niveles de pension minima mensual que se senalan a continuacion: a) Para pensionistas por derecho propio - Con 20 o mas anos de aportacion: - Entre 10 y 19 anos de aportacion: - Entre 5 y 9 anos de aportacion: - Con menos de 5 anos de aportacion: si SI. si. SI. 200 160 120 100

MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 1998

ransferir a quien corresponda los aportes efectuados por 1 Estado y por el personal mas los intereses de Ley. Base Legal: Texto original, Octava Disposicion Comblementaria. Octava.-Deroguese la Ley N" 10772 y normas complenentarias y modificatorias, En consecuencia, declarese errado el regimen pensionario complementario estableido por dicha ley, no siendo posible solicitar, tramitar o mtorizar nuevas mcorporaciones a dicho regimen a parir de la fecha, bajo sancion de nulidad. Base Legal: Texto original: Novena Disposicion Comilementaria. Novena.- Precisase que no existe incompatibilidad en iercibir simultaneamente las pensiones legalmente obteiidas al MORDAZA del Decreto Ley W 20530 y del Decreto Jey N" 19990 siempre y cuando las aportaciones que acrediten el derecho en este ultimo no correspondan a leriodos laborados en las entidades comprendidas en los lolumenes del 1 al 6 de la Ley de Presupuesto del Sector Xblico.

Base Legal: Texto original: Decima Disposicion Comb) Para pensionistas por derecho derivado, se aplicara / 1Jlementaria. lo dispuesto por el regimen legal que corresponda, consideDecima.- La Comision Ejecutiva del Poder Judicial rando como pension del causante los montos minimos :reara en los Distritos Judiciales las instancias especiales senalados en el inciso anterior. Por excepcion, en el caso necesarias para el conocimiento de los procesos que deride las pensiones de derecho derivado vigentes a la fecha Yen de la aplicacion del Decreto Legislativo N" 817 y de la de publicacion de la presente ley se considerara como Ley N" 26835. pension minima del causante un monto de SI. 200. c) Para pensionistas por invalidez: S/. 200. Base Legal: Ley IV' 26835 Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final. Estos montos son aplicables a todas las pensiones comprendidas dentro de la Planilla Publica de Pensiones. Decimo Primera.- Quedan sin efecto las resoluciones que, en aplicacion del Decreto Legislativo N" 817, Base Legal: Texto original, Cuarta Disposicion Comdeclararon en via administrativa la invalidez de actos o plementaria. resoluciones cuyo plazo de impugnacion en dicha via habia vencido, los cuales quedan sujetos a las disposicioCuarta.-Facultese al Ministerio de Economia y Finanoes de la presente ley, debiendose restituir el pago de las zas a efectuar las transferencias y habilitaciones presupensiones que venian recibiendo. puestales que resulten necesarias para el establecimiento del Fondo Consolidado de Reservas. Base Legal: Ley N" 26835 MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final. Base Legal: Texto original: MORDAZA Disposicion Complementaria. Decimo Segunda.- Lo dispuesto en la presente ley, Ley N" 26835: Octava Disposicion Complementaria, no es a licable a los casos de resoluciones judiciales ue Transitoria y Final. habien 5;ose pronunciado expresamente sobre la val1-3ez de los actos, han pasado en autoridad de cosa juzgada, de Quinta.- El tope a que se refiere el Articulo 2", numeral 3" de la Ley N" 26557 aplicable a las pensiones derivaconformidad con lo dispuesto por el inciso 2) del Articulo 139" de la Constitucion. das del Regimen Previsional del Decreto Ley N" 205:SC queda fijado en el MORDAZA de un congresista. Dicho tope es de aplicacion unicamente a las pensiones mensuales Base Legal: Ley N" 26835 Tercera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final. devengadas a partir del 1 de MORDAZA de 1996, independiente mente de su fecha de otorgamiento o de los anos dc ejercicio del titular. Decimo Tercera.-La defensa `udicial de los intereses No corresponde aplicar dicho tope retroactivamante a del Estado a que hace referencia e1' Articulo 8" del presenlas pensiones mensuales devengadas con anterioridad a te Texto Unico Ordenado, se exceptuan de las normas de dicha fecha ni exigir el reembolso de las sumas cobradas defensa del Estado. en exceso. Base Legal: Ley N" 26835 Cuarta Disposicion CompleBase Legal: Texto original, Sexta Disposicion Comple / mentaria, Transitoria y Final. mentaria. Ley N" 26835: Articulo 5" Decimo Cuarta.- De conformidad con lo dispuesto en la resolucion del Tribunal Constitucional de fecha 23 de Sexta- Precisase que los aspectos relativos a 10~ MORDAZA de 1997, recaida en la Causa N" 008-96-WC, las regimenes previsionales en general, no son de naturaleza pensiones renovables del regimen del Decreto Ley No laboral, sino de seguridad social. 20530, obtenidas legalmente en fecha anterior a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo No 817, se nivelan Base Legal: Texto original, Setima Disposicion Com con los haberes de los servidores publicos en actividad del plementaria. mismo cargo 0 cargo equivalente. La ONP procedera a establecer los cargos publicos Setima.- El personal comprendido en los Articulos 1 equivalentes en cada caso, a efectos del pago de las y 2" de la Ley N" 24173 y el Articulo 62" de la Ley N" 25OH pensiones de los trabajadores que, por excepcion establey sus normas modificatorias y reglamentarias, una ve> cida por ley expresa, gozan validamente de pension del definida su situacion por el Ministerio del Interior, deber2 Regimen del Decreto Ley N" 20530, sin haber tenido al o tar entre el Sistema Privado de Pensiones o el Sistenni cese la calidad de servidores publicos. rs. acional de Pensiones en un plazo de sesenta (60) dia: calendario contado a partir del 23 de MORDAZA de 1996. En casr de no ejercer la opcion, se les afiliara al Sistema Privad< Base Legal: Ley N" 26835 MORDAZA Disposicion Complede Pensiones por intermedio de la AFP que se determint mentaria, Transitoria y Final. por sorteo, el mismo que sera realizado mediante act( Decimo Quinta.- Las denominaciones "servidor pupublico en presencia de notario. blico" o "funcionario publico" en las normas en materia El Fondo de Seguro de Retiro de la Policia Nacional de pensionaria, se refieren a quienes estan sujetos al regiPeru y la MORDAZA de Pensiones Militar Policial procederan :

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