Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 1998 (24/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA dc 1998

am P&. 162531
CONSIDERANDO: Que, mediante accion de control contenida en el Informe N" 004-97-OAI-JKOOPOP, "Examen Especial a la Unidad Ejecutora COOPOP - Bagual' del Organo de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, se ha determinado la comision de presuntas faltas administrativas en el ejercicio de sus funciones, por parte de los funcionarios responsables en el irregular manejo de los recursos financieros y economicos de lacitadaunidad Ejecutora, durante los anos de 1993 a junio de 1996; Que, de acuerdo a las observaciones y conclusiones del Informe del Organo de Auditoria Interna mencionado, se evidencia la comision de presuntas faltas administrativas de negligencia en el desempeno de sus funciones por parte del senor Fredy MORDAZA Dupley, ex Director de la Unidad Ejecutora de COOPOP-Bagua, y de don Afranio MORDAZA MORDAZA, Coordinador de San MORDAZA de la Unidad Ejecutora de COOPOP-Bagua, al no haber reportado a la sede central de COOPOP, la captacion de ingresos propios obtenidos por la impresion de facturas, provenientes de la celebracion de contratos irregulares y de convenios no autorizados en el alquiler de maquinaria pesada; y de don MORDAZA MORDAZA Cascos, ingeniero de obras de la Unidad Ejecutora por no haber supervisado debidamente las construcciones del Instituto Superior Pedagogico Baguay de Alcantarillado del Sector Morro Solar Los Incas - MORDAZA y no haber llevado los cuadernos de obras, inobservando lo dispuesto por la Resolucion de Contraloria N" 195-88 C.G.; asi como de don MORDAZA Mera MORDAZA, Administrador de la mencionada Unidad Ejecutora quien conjuntamente con el ex Director giraron y cobraron en provecho propio el Cheque N" 60585503 de la Cuenta Corriente N" 0292-00294'7 de COOPOP, monto que no fue depositado en la cuenta bancaria de la institucion; Que, mediante el documento de vistos la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del PROMUDEH, opina que las conductas descritas evidencian el incumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos al y d! del Articulo 21" de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo N" 276, configurando faltas de caracter disciplinario, previstas en los incisos al, d), D yh 1 delArticulo28" de la MORDAZA acotada; DeconformidadconlodispuestoenelDecretoLegislativoN 866 -Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo N" 893 y el Decreto Legislativo No 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 00590-PCM; SE RESUELVE: Articulo lo.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los senores Fredy MORDAZA Dupley, Afranio MORDAZA Saavedra? MORDAZA MORDAZA Cascos y MORDAZA Mera MORDAZA, de la Unidad Ejecutora de COOPOP-Bagua, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Conceder a los mencionados procesados el derecho a presentar ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del PROMUDEH, los descargos de Ley y las pruebas que estimen convenientes para su mejor defensa, dentro del termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo3".- Remitir todos los actuados ala referida Comision, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 8266

Visto el Oficio N" 061-9&PROMUDEH/CEPAF, de fecha 9 de MORDAZA de 1998, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que, mediante accion de control contenida en la Nota Informativa N" 003-97-OAI-JKOOPOP, del Organo de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular COOPOP, se ha determinado presuntas faltas administrativas en el ejercicio de sus funciones, por parte de los ex funcionariosyex servidores responsables a la fecha de los hechos, por la deficiente ejecucion de las obras construidas por la Unidad Ejecutora de Chota-Cajamarca, durante el periodo del 1 de MORDAZA de 1995 al 31 de MORDAZA de 1996; Que, de acuerdo a las observaciones y conclusiones contenidas en el Informe del Organo de Auditoria Interna MORDAZA mencionado, se evidencia la comision de presuntas faltas administrativas de negligencia en el desempeno de sus funciones por parte de don MORDAZA Rubio MORDAZA, ex Director de la Unidad Ejecutora Chota-Cajamarca y de don MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA, ingeniero de obras, por no haber efectuado un adecuado y suficiente control en la ejecucion de las obras "Posta Sanitaria Tunel Conchano" y "Posta Sanitaria Chabarbamba", asi como haber informado como concluidas las obras "Red de Agua Centro Poblado IMenor MORDAZA Conga" y "Construccion de Dos Aulas y Almacen en el Instituto Superior Pedagogico Nuestra Senora de Chota" evidenciandose que estas se encuentran inconclusas y observandose que el mencionado ex Director de la Unidad Ejecutora suscribio contratos de servicios sin considerar la garantiasuficiente en caso de incumplimiento por parte de los proveedores; Que, estando a lo recomendado en el documento de vistos de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, resulta procedente la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los indicados ex funcionarios, por el incumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos aI, b) y d) del Articulo 21" de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobadaporDecreto LegislativoN"276,contigurandofaltasde car8cterdisciplinarioprevistasenlosincisosa)yd)delArticulo 28" de la MORDAZA acotada; DeconformidadconlodispuestoenelDecretoLegislativoN 866 -Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano modificado por el DecretoLegislativoN"893,yelDecretoI,egislativoN"276-Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 005-90.PCM, SE RESUELVE: Articulo lo.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los senores MORDAZA Rubio MORDAZA y MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA, ex funcionarios de la Unidad Ejecutora de Chota-Cajamarca, de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, por los fundamentosexpuestosenlaparteconsiderativade lapresente resolucion. Articulo 2".- Conceder a los mencionados procesados el derecho a presentar ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del PROMUDEH, los descargos de Ley y las pruebas que estimen convenientes para su mejor defensa, dentro del termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 3".- Remitir todos los actuados a la referida Comision, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MIRIAMSCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 8264 RESOLUCIONMINISTERLAL W 164~9%PROMUDEH MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1998 Visto el Oficio N" 062-98.PROMUDEWCEPAF, de fecha 13 de MORDAZA de 1998, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH;

RESOLUCIONMINISTERIAL No 165-B&bPROMUDEH MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1998 Visto el Oficio N" 060-98-PROMUDEWCEPAF, de fecha 8 de MORDAZA de 1998! de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplmari,os del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano;

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