Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 1998 (24/07/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 1998 cion realizada por la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, del bien que se encuentra incluido en el Decreto Supremo N° 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF, segun la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria 9027.80.90.00 Descripcion Demas instrumentos y aparatos para analisis fisicos 0 quimicos VISTA:

~l?,)@J~~ Pag. 162527
La nulidad deducida por don Harald Zoeger MORDAZA contra la Resolucion Suprema N° 0298-81-AG/DGRAAR, de 12 de noviembre de 1981. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema N° 0298-81-AG/DGRAAR,, se adjudico con fines de Reforma Agraria y en forma gratuita a la ex Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural la superficie de 593 ha. 8,600 m2, de terrenos eriazos del predio MORDAZA "LAS PAMPAS", ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia dc Chiclayo, departamento de MORDAZA, inscrioiendose en el asiento 1 de fojas 493, asiento 1 de fojas 497 y asiento 1 de fojas 499 del Tomo 292 del Registro de la Propiedad Inmueble dc los Registros Publicos de Chiclayo, en MORDAZA de 1982; Que por escrito de fecha 6 de marzo de 1995, reiterado con el de 1 de MORDAZA de 1997,don Harald Zoeger MORDAZA solicita la nulidad de la precitada resolucion, asi como de las resoluciones que la motivaron,esto es de la Resolucion Directoral N°0968-80-DRA, de 20 de octubre de 1980, dictada por la ex Direccion Regional Agraria II Chiclayo y de la Resolucion Directoral N° 844-81DGRA/AR, de 2 de setiembre de 1981, expedida por la ex Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural; Que el interesado senala que la Resolucion Suprema N" 0298-81-AG/DGRAAR es nula por cuanto fue dictada prescindiendose del debido MORDAZA, al no habersele notificado en el procedimientodeincorporacionde lastierrasdesupropiedadal dominio del Estado,tal como lo aprueba el tenor de la Resolucion Directoral N° 0968-80-DRAA, que senala que la notificacion al propietario SC entendio con MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Dall'Orso, personanatural inexistente; Que a la fecha en que se expidio el Auto Resolutivo iniciando el procedimiento de incorporacion de los terrenos eriazos al dominio del Estado 10 de marzo de 1980), 98 ha. 233.40 m2 divididas en ocho lotes, se encontraban inscritas desde 1967 en la forma siguiente: Lote N" 1 en el asiento 1 de fojas 433 del Tomo 172; Lote N"2 en el asiento 1 de fojas 377 del Tomo177;Lote N°4 subdividido en el asiento 1 de fojas 349,asiento l,de fojas 441,asiento 1,de fojas 443 y asiento 1, de fojas 445 del Tomo 170, Lote N° 5 en el asiento 1, de fojas 335delTomo 176, y Lote s/n en elasiento 1, de fojas 343, 345 del Tomo 154 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de Chiclayo, a nombre de don Harald Zoeger MORDAZA y senora, continuando asi hasta la fecha; Que de la certificacion contenida en el Oficio N°748-92-OSDII-RENOM-DS-AGRIC-DCR, del Director Subregional Agrario III Lambayeque. cuya MORDAZA obra a fojas 114, se advierte que los terrenos de propiedad de don Harald Zoeger MORDAZA se hallan dentro del area revertida al Estado por la Resolucion Suprema N° 0298-81-AG/DGRAAR; Que tal como aparece del MORDAZA considerando de la Resolucion Directoral N°0968-8O-DRA, de 20 de octubre de 1980, de la ex Direccion Regional Agraria II,el procedimiento de incorporacionaldominiodel Estadodelas 593ha. 8,6OOm2 de terrenos eriazos que culminara con la Resolucion Suprema N" 029%81. AWDGRAAR, se entendio con la presunta propietaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Dall'Orso, no obstante que, respecto dc los terrenos MORDAZA mencionados, el propietario con inscripcion reaistral desde MORDAZA oue se iniciara el urocedimiento era don HaraldZoegerSilva, portantoelllamadoasernotiIicadocone1 procedimiento en cuanto a los terrenos de su propiedad, adquiridos de la empresa MORDAZA de MORDAZA Dall'Grso S.A. segun Escrituras Publicas que obran en autos; Queporconsiguiente,esprocedente,atitulodenulidad,excluir delosalcancesdelaResolucionSupremaN"0298-81-AG/I~GRAAR, los terrenos de propiedad de don Harald Zwger Silva; Que al presente caso, no resulta de aplicacion el plazo de prescripcioncontcnidocnclsegundoparrafodelArticulo 1lO"dela Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N' 02.94-JUS, por cuanto dicho plazo fue incorporado por el Articulo 6" del Decreto Ley N" 26111, de 28 de diciembre de 1992, vale decir, con posterioridad a la expedicion de la Resolucion Suprema N" 0298-81.AGDGW, Que de otro lado, mediante escrito de 11 de MORDAZA de 1998, confirmaslegalizndasanteNotarioPublico,donHaraldZoeger MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Zoeger se ha desistido desu solicitudenloquerespectaa los LotesN"s.4y5,de 143,723 m2 y 101,000 m2 de extension, respectivamente, por existir terceras personas ocupando parte de dichas areas; Que en consecuencia, la pretension de don Harald Zoeger MORDAZA debe circunscribirse a 73 ha. 5,510.40 m2, que es la superficie totalmente eriaza sin ocupante alguno, como consta del Informe N" 075-97-RENGM-DRAPETT del Proyecto Especial Titulacion dc Tierras y Catastro Rural de la Direccion Regional Agraria de la Region Nor Oriental del Maranon, del Informe N" 2%98-AG-OAJ y Nota Informativa N" 5X-98-AGOAJ,estos ultimos delaolicina dcAsesoria JuridicadelMinisterio de Agricult ura; De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legislativo N" 560 y el Decreto Ley N" 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura;

Articulo 2°.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior proceder8 siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo N"882°,presentados por la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, segun Expediente N°00707-98 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas-ADUANAS,incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria del biencuyainafectacion se solicita. Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas

l

Designan Directora General de la Direccion de Salud Pasco
RESOLUCION SUPREMA N° 067-98-SA MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1998 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N 276 y el Decreto Ley N° 25515; y, Estando alo acordado; SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente resolucion, Directora General de la Direccion de Salud Pasco. Nivel F-5, ala doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MASCCO. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA COSTA BAUER Ministro de Salud

Modifican resolucion mediante la cual se adjudicaron terrenos eriazos ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo
IWSOLUCION SUPREMA N° 049-98-AG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1998

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.