Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 1998 (24/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 1998 momento de la solicitud, conforme a lo establecido por la Resolucion Ministerial N° 176-96-EF/15 y demas normas complementarias. Una vez que el deudor MORDAZA cumplido con lo senalado en el parrafo anterior, el representante de la AFP y el deudor suscribiran un documento en el que constara, por lo menos, lo siguiente: 1) Datos de identificacion del deudor solicitante. 2) Datos de identificacion del representante de la AFP. 3) Datos de identificacion de las cuotas de fraccionamiento pagadas a que se refiere el Articulo 1". 4) Monto de la deuda insoluta al momento de la solicitud. 5) Garantia constituida. Modalidad. 6) Declaracion del deudora fin de dejar sin efecto la condicion de excluido del RFE luego de haber cumplido con lo establecido en el presente articulo. 7) Fecha. Articulo 3°.- Cobertura.- Como consecuencia del aplazamiento y la reincorporacion al RFE a que se refieren los articulos anteriores, las AFP y las empresas de seguros con las que han suscrito contrato de administracion de riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, adecuaran el otorgamiento de los referidos beneficios, siendo de aplicacion para dicho efecto, lo establecido MORDAZA MORDAZA Disposicion Final de la Resolucion N 429-96-EF/ EAFP. Articulo 4°.- Facultad de la Superintendencia.- Los aspectos operativos relativos a la implementacion del presente regimen, seran establecidos por la Superintendencia mediante Oficio Circular. Asimismo, las AFP deberan verificar, bajo responsabilidad, el estricto cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo N° 073-98-EF y lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 5°.- Vigencia.-La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 8252 Visto el Oficio N" 007-98-CPEPAD, de fecha 8. JUN.98, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos para docentes, sobre MORDAZA administrativo disciplinario al Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA MORDAZA REVELO; CONSIDERANDO: Que el Lic. Adm. Ro er MORDAZA MORDAZA REVELO, obtuvo licencia sin goce fe remuneraciones mediante Resolucion N" 062-PCR-UNHEVAL-98, de fecha 24.FEB.98; con solicitud de fecha ll.MAY.98, solicita prorroga de licencia por nueve meses por motivos de capacitacion no oficializada; y con fecha 19.MAY.98 el Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios "Selva Central" con sede en La MORDAZA, provincia de Chanchamayo, informa mediante Oficio N"0209-98-GG-EPSSCA de fecha 19.MAY.98 que el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA REVELO trabaja en la EPS MORDAZA Central desde el l.JUN.97 como Asesor del Area de Planeamiento y sus honorarios son pagados por el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado (PRONAPI; Que de conformidad al Manual Normativo de Personal N 003-93-INAP"LicenciasyPermisos"numeral1.1.1O senalaque los servidores y funcionarios que haciendo uso de licencias con o sin goce de remuneraciones a cuenta del periodo vacacional, reciben remuneracion en otras entidades publicas seran objeto de las sanciones tipificadas en 1osArts. 26"~ 28"del D.L. N"276; Que en consecuencia, esta acreditado que el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA REVELO ha cometido falta de caracter disciplinario que, a tenor de lo dispuesto en el Art. 28" del D.L. N" 276 da lugar al MORDAZA respectivo y asi lo confirma, en el oficio de la referencia, la opinion de la Comision Permanente encargada de calificar las faltas de este MORDAZA, conforme a ley; Que la Universidad Nacional "Hermilio Valdizan" de MORDAZA se halla en MORDAZA de reorganizacion por mandato de las Leyes Ns. 26493,26638y 26816, en los terminos y condiciones senalados por la Ley N" 26457 y sus ampliatorias, a cargo de la Comision Reorganizadora nombrada por Resolucion Suprema N" 194-96-PCM; Estando a lo dispuesto por el Art. 2" de la Resolucion N" 178.PCR.UNHEVAL.98 Y en uso de las atribuciones conferidas por los dispositivos legales indicados; SE RESUELVE: lo.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA MORDAZA REVELO, Profesor Asociado a Dedicacion Exclusiva de la Facultad de Gestion Empresarial de la UNHEVAL. por los fundamentos expuestos en la 'parte considerativa. 2".- REMITIR el expediente del caso con diecinueve (19) folios numerados ala Co-mision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes, para el tramite que senala la ley. El indicado docente sometido a MORDAZA debera ser notificado en forma personal en el termino de 72 horas, a partir de la expedicion de la presente y tendra derecho a efectuar su descargo y ofrecer las pruebas que crea conveniente para su defensa, previo conocimiento de los antecedentes que motiva el MORDAZA disciplinario. Dicho descargo debera formularse por escrito dentro de los terminos estipulados en el Art. 169" del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Comision Reorganizadora

ONPE
FE DE ERRATAS RESOLUCIONJEFATUBAL N° 074-SB-J/ONPE Por Oficio N" 924-98-J/ONPE la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Jefatura1 N" 074-98 J/ONPE publicada en nuestra edicion del dia miercoles 15 de MORDAZA de 1998, pagina N" 162227. En el MORDAZA Considerando: DICE: . . . Resolucion N" 109-97-JNE expedida por el MORDAZA Nacional deElecciones.... DEBE DECIR: . . . Resolucion N" 109-97-J/ONPE expedida por la Oficina Nacional de Procesos Electorales . . . 8236

MUNICIPALIDAD DE BARIXANCO
Fijan monto de multa por omision al pago de tasa de estacionamiento vehicular
DECRETO DE ALCALDIA N" 015-98-MDB Barranco, 20 de MORDAZA de 1998 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO VISTO: el informe presentado por la Oficina de Rentas, sobre la omision al pago de la Tasa de EstacionamientoVehicular de parte de los obligados tributarios; y,

UNIVERSIDAD NACIQNAL HERMILIoi VALDIZiN-RUANUCO
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a docente de !a universidad
RESOLUCION N" 188-PCR-UNHEVAL-98 MORDAZA, 18 de junio de 1998

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