Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 1998 (31/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

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MORDAZA, viernes 31 de MORDAZA de 1998

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA
AN0 XVI - NO6610

LEGALES
Pag. 162635

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Exoneran a la ONPE de diversas nor- Aceptan y aprueban donaciones mas a fin de posibilitar la adquisicion efectuadas por instituciones japonesas directa de bienes y servicios para reaRESOLUCION SUPREMA W 399-98-PCM lizar MORDAZA electoral
DECRETO DE URGENCIA N" 038-98 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" 1%98-PCM del 2 de MORDAZA de 1998, se ha convocado a elecciones de Alcaldes y Regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la Republica para el dia MORDAZA ll de octubre de 1998; Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales requiere parael efecto, adquirir bienes y servicios en base alas previsiones contempladas en el presupuesto correspondiente al presente ejercicio fiscal, cuya Operacion de Transferencia de Partidas ha sido autorizada por Decreto Supremo N" 046-98-EF, publicado el 16 de junio del presente ano; Que, en el MORDAZA de la citada convocatoria, y con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las funciones previstas en el Articulo 182" de la Constitucion Politica del Peru es necesario exonerar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales de las disposiciones a que se refiere el Articulo 55"de la Ley N" 26703 de Gestion Presupuestaria del Estado y el Articulo 6" incisos bl y cl de la Ley N" 26894 del Presu uesto del Sector Publico para 1998 el .y de las normas pertinentes Cr Reglamento Unico de Adquisiciones para el Suministro de Bienes y Prestacion de Servicios No Personales - RUA, a robado por Decreto Supremo N" 065-85PCM, que posibiliten Pa adquisicion directa de los bienes y servicias necesarios para el citado proceso; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 191 del Articulo 118" de la Constitucion Politica del Per& Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo lo.- Exonerase a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, hasta el 31 de diciembre de 1998 y sin exceder del monto de CINCUENTA MILLONES CIENTO DIECINUEVE MILY OO/100 NUEVOS SOLES W. 50 119 OOO,OO), de las disposiciones a que se refiere, el Articulo 55" de la Ley W 26703 y del -%rticulo 6" incisos b) y cl de la Ley W 26894 y de las normas pertinentes del Reglamento Unico de Adquisiciones para el Suministro de Bienes y Prestacion de Servicios No Personales RUA, .., apr?b+Jy nr Decreto Supremo W 065-85PCM, a efectos de posibihtar aadqmsiciondirectadelos bienesyserviciosnecesarios para los fines indicados en la parte considerativa del presente dispositivo. Articulo 2".- Las ad uisiciones ejecutadas deberan ser publicadas, en forma resumi.%a, en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulacion nacional. Articulo 3"~ Dejase en suspenso las disposiciones legales que se opongan al resente Decreto de Urgencia. Articulo 4".- EPpresente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica JAVIERVALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 8456 MORDAZA, 30 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, "Japan Relief Clothing Center" de Tokio, Japon, ha efectuado una donacion a favor del Gobierno del Peru - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en prendas de vestir usadas; Que, el inciso kl del Articulo 2"del Decreto Legislativo NO821 establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito, a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 821 y el Decreto Supremo N" 099-96-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por "Japan Relief Clothing Center" de Tokio, Japon, a favor del Gobierno del Peru - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en prendas de vestir usadas con un valor CIF US$ 30 074,81 (TreintaMil SetentayCuatroy81/100DolaresAmericanos)yun peso total aproximado de 17 112 k., segun Carta de Donacion del 3 de marzo de 1998 y Conocimiento de Embarque N" TMMURBALC67E0329 de Transportacion Maritima Mexicana S.A. de C.V. de fecha 26 de febrero de 1998. Articulo 2".- Comprendase ala donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 821. Articulo 3".- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4".- La nresente Resolucion Suorema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica JAVIERVALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 8459 RRSOLUCION SUPREMA W 400-S&PCM MORDAZA, 30 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, "Donated Blood Distribution Corporation" de Japon, ha efectuado una donacion a favor del Gobierno del Peru, Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en dos vehiculos motorizados usados; Que, el inciso kJ del Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 821 establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a

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