Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 1998 (31/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Que, de los actuados fluye que el ex servidor MORDAZA MORDAZA PODESTA MORDAZA, ex Director del E.P.M.S. de YanamiIla habria suplantado el Oficio N" 552 por los Oficios N"s. 550-554 para favorecer al (il MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, concediendole permiso de salida al margen de la normatividad legal vigente; otorgando permiso de salida sin la opinion favorable del Organo Tecnico de Tratamiento ni merecer del Consejo Tecnico Penitenciario una calificacion favorable a favor de los (i 1s MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Espino; ademas de tener excesiva amistad con estos internos, puso en riesgo la seguridad del Establecimiento Penitenciario, asimismo no superviso el cumplimiento de la funcion y permanencia del persona1 contratado por servicios no personales, permitiendo que estos no cumplan con el horario establecido en sus contratos de trabajo, que es de 8 horas diarias; tampoco ejercio control en las actividades de su administracion, ni informo el extravio de cheques y no cautelo adecuadamente los fondos del Estado, al haber hecho uso excesivo del telefono permitiendo llamadas telefonicas no oficiales por un importe de S/. 2617.03 nuevos soles; Que, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador del E.P.M.S. Yanamilla nor no tomar orecauciones necesarias al dejar la furgoneta estacionada en un lugar inseguro donde fue obieto del robo de 3 cheaues oor un imnorte de S/. 7,669.85 nueces soles monto que fue'designado para el pago del servicio de agua, pago de viaticos por traslado de internos y pago de racionamiento de nersonal: asimismo no imolemento los ambientes y los kardex'de almacen para controlar ios ingresos y salidas de los medicamentos y materiales existentes en la farmacia, por ese descuido los bienes se encuentran en el suelo exnuestos 81 deterioro; Que, a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Personal del E.P.M.S. de Yanamilla por las deficiencias encontradas en el control de asistencia y permanencia del personal permitiendo que los Drs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Elipio MORDAZA MORDAZA, laboren solo 5 horas diarias, incumpliendo el contrato celebrado con el INPE; no disponer el uso adecuado del relo. para el marcado del ingreso y salida del personal que labora en el EstablecimientoPenitenciario; noimplementarapropiadamente el Legajo de Personal, determinandose que de 36 servidores solo 19 tienenlegaio Y 17 carecen de ello. tamooco comunico ooortunamente el abandono de cargo de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA BONILLA: Que, la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria incurrido en abandono laboral a partir del 6 agosto de 1997, cuando prestaba servicios en el E.P.M.S. Yanamilla. acumulando mas de tres dias consecutivos de inasistencias injustiticadas en un periodo de treinta dias calendario; Que, existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que el ex servidor del E.P.M.S. Yanamilla - Ayacucho: MORDAZA MORDAZA PODESTA MORDAZA, ex Director y los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Personal, incumplieron lo dispuesto en los Inc. al, bl y d) del Articulo 21" del Decreto Legislativo N" 276, falta grave tipificada en los Incisos ai , d) , D y j> del Articulo 28" del dispositivo lega1 acotado y la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incumplido el Inciso cl del Articulo 21" del Decreto Legislativo N" 276, falta administrativa tipificada en el Inciso k) del Articulo 28" del mismo cuerpo legal; Estando al informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N" 276, Decreto Supremo N" 005-90-PCM, Ley N" 26814, Rcsolucion Ministerial N" 077-93-JUS modificada por Resolucion Ministerial N" 006-98-JUS; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N" 235-96-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex servidor MORDAZA MORDAZA PODESTA MORDAZA, ex Director y los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA VER4, ex Administrador; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Personal y la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Yanamilla - A acucho, por los motivos expuestos en la parte considerativa d la presente resolucion. e Articulo 2".- Los servidores procesados tienen derecho a presentar su descargo y las pruebas convenientes en su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3".- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial "El Peruano", para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

1 .ima, viernes 3 1 de MORDAZA de 1998

RESOLUCION DE LA PRESIDENCL+ DE LA COMISION REORGANIZADOR A N" 319-9%INPE-CR-P MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1998 Vistos, el Informe N" 118-98-INPECPPAD de fecha 13 de MORDAZA de 1998! de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja Informativa No 040.98-INPE/AG de fecha 7 de MORDAZA de 1998 la Auditoria General del Instituto Nacional Penitenciario comunica que el ex servidor MORDAZA WILBERT MORDAZA MORDAZA, habria incurrido en abandono de cargo a partir del 15 de MORDAZA de 1997 por mas de tres dias consecutivos. cuando laboraba en el Establecimiento Penitenciario de Procesados de Sicuani de la Direccion Regional Sur Oriente, en circunstancias que sin haber tenido la autorizacion respectiva de la licencia sin goce de remuneraciones solicitada por espacio de noventa (90) dias, por los funcionarios de la Direccion Regional de conformidad a lo dispuesto por el Art. 115" del Decreto Supremo N" 005-90-PCM, deja de asistir a su centro de trabajo sin justificacion alguna y que no obstante haberse declarado improcedente su recurso de reconsideracion presentado por dicho ex servidor, este no se presento a laborar en su puesto de trabajo en el E.P.P. de Sicuani, tal como fluye del Oficio N" Oi'O97-INPEDRSO-SDP de fecha 25 de agosto de 1997, suscrito por el Director de la Direccion Regional Sur Oriente; Que, se ha establecido que el referido ex servidor del INPE, ha incurrido en inasistencias injustificadas por mas tres (3) dias consecutivos en un periodo de treinta (30) dias calendario, que constituye falta de caracter disciplinario tipificada en el Inc. k) del Art. 28" del Decreto Legislativo N" 276; Estando al informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N" 276, Decreto Supremo N" 005.90-PCM; Ley N" 26814 y la Resolucion Ministerial N" 077-93-JUS modificado por Resolucion Ministerial N" 006-98-JUS; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N" 235-96-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disci linario al ex servidor del INPE, MORDAZA WILBERT MORDAZA CXFtDENAS del Establecimiento Penitenciario de Procesados de Sicuani de la Direccion Regional Sur Oriente, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- El procesado tiene derecho de formular su descargo y presentar las pruebas convenientes en su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el termino que establece la ley. Articulo 3".- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes, Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAEARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 8441

SAFP
Modifican resolucion queaprobo titulo del Compendio de Normas de Superintendencia, referido a Prestaciones
RESOLUCION W 291-98-EFISAFP MORDAZA, 30 de MORDAZA de 1998 VISTO: El Memorandum N" 327-98SAFP.4 de la Intendencia de Planeamiento y Desarrollo. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N" 054.97-EF se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; Que, por Decreto Supremo N" 004-98-EF se aprobo el Reglamento del mencionado Texto Unico Ordenado: Que, por Resolucion N" 232.98.EFKAFP se aprobo el Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referido a Prestaciones;

MORDAZA NAEANDAEARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 8440

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