Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 1998 (31/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

I,ima, viernes 3 l de MORDAZA de 1998 titulo gratuito, a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 821, el Decreto Supremo N" 099-96EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aceptar y a robar la donacion efectuada por "Donated Blood Distribution Eorooration". de Jaoon. a favor del Gobierno del Peru, Despacho P;esidencial - Unidad Ejecutora 001 del Plie o Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en dos (2) ve%* mulos motorizados usados, con un valor aproximado de f 646 112,OO (seiscientos cuarenta y seis mil Ciento doce y OO/100 Yenes Japoneses) y un peso aproximado de 2 620 k. segun Carta de Donacion del 16 de octubre de 1997 y Conocimiento de Embarque N" YHZX-229 de HUAL AS, dt; acuerdo al siguiente detalle: - Clase - MORDAZA - Modelo : Automovil : Subaru : Legacy-VZ-4WD -AnO : 1991 - Peso : 1280k. : EJ20469207 - Motor - Color : MORDAZA - Valor Yenes : Y 320 709,OO : Station Wagon - Clase : Subaru - MORDAZA : Leaacv-VZ-4WD - Modelo : 1991 " -MO - Peso : 1340k. : EJ20431427 - Motor - Color : MORDAZA - Valor : Y 325 403,OO Articulo 2".- Comprendase ala donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso kl del Articulo 2" del Decreto Le `slativo N" 821. Artic llY 3".- Transcribase la presente Resolucion Suprema o a la Su erintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria Gener s de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema wra refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por cl Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 8460 De conformidad con 10 dispuesto por el Decreto Legislativo N" 5 y la Ley N" 26893; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA Articulo l".- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a traves de la Commodity Credit Corporation, hasta por US$ 10 000 000,OO (Diez Millones y 001100 Dolares Americanos), destinada a flnanciar la adquisicion de trigo, de acuerdo con los terminos y condiciones previstos en el Convenio para la Venta de Productos Agricolas, a ser suscrito por las partes. El prestamo sera cancelado en 26 (veintiseis) cuotas anuales, aproximadamente iguales, venciendo la primera cuota de amortizacion 5 (cinco) anos despues de la fecha de la MORDAZA entrega de productos en cada ano calendario, devengando una tasa de interes de 3% durante el periodo de MORDAZA y 4% durante el periodo de amortizacion calculado sobre los saldos deudores. Articulo 2".- La Unidad Especial AID establecido en el Ministerio de Economia y Finanzas, se encargara del manejo economico-financiero y administrativo del Convenio para laventa de Productos Agricolas de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el articulo precedente, de acuerdo con los terminos y condiciones previstos en el citado Convenio. Articulo 3".- Todos los aranceles e impuestos oue deban pagarse por la importacion del trigo cuya adquisicion se financia en el MORDAZA de la ooeracion de Endeudamiento Externo obieto del presente Decreto-Supremo, seran depositados conjuntamente con los recursos que se generen por la comercializacion del citado producto, en la cuenta especial que para tal efecto aperture la Direccion General del Tesoro Publico, y seran utilizados en los Planes de Desarrollo del Convenio para la Venta de Productos Agricolas que se suscriba. Articulo 4".- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el Convenio de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el Articulo 1" del presente Decreto Supremo; asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los demas documentos que se requieran para su implementacion. Articulo 5".- El servicio de amortizacion, intereses, comision y demas gastos, que ocasione la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el presente Decreto Supremo, seran atendidos por el Mmisterio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan en cada Ejercicio Presupuesta1 para el Servicio de la Deuda Publica. Articulo 6".- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica .JAVIERVALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros

Aprueban operacion de endeudamiento externo a ser acordada con el Gobierno de los EE.UU. destinada a financiar la adquisicion de trigo
DECRETO SUPREMO W Oi'E-9%EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N" 26893, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para 1998, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 800 000 000,OO (Mil Ochocientos Millones y OO/100 Dolares Americanos). Que, en el MORDAZA de la indicada autorizacion, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA a traves de la Commoditv Credit Corporation otorgara un prestamo al Gobierno de la Republica del Peru. hasta sor US$ 10 000 090.00 (Diez Millones v OO/100 Dolares Ame&anosj, destinado a financiar la adquisicion de trigo, de acuerdo con los terminos y condiciones previstos en el Convenio para la Venta de Productos Agricolas, a ser suscrito por las partes; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo Il" de la Ley N" 26893; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas;

MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 8458 FE DE ERRATAS RESOLUCIONDIRECTORAL N" 030-98-EF176.01 Por Oficio N" 958-9%EF/l1.03, el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral N" 030-98-EFi76.01, publicada en nuestra edicion del dia 28 de MORDAZA de 1998, pagina 162611. Articulo Unico DICE: "...El "Informe Final de la Evaluacion Institucional" debe remitirse a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, dentro de los qumce (15) dias de efectuada la evaluacion correspondiente." DEBE DECIR: "...El "Informe Final de la Evaluacion Institucional" debe remitirse a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, dentro de los quince (15) dias de efectuada la evaluacion correspondiente." 8451

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