Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 1998 (02/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

Comerciales Internacionales -MITINCI, queda conformado del siguiente modo: -1'or e l M i n i s t e r i o d o I n d u s t r i a Turismo integracion y Negociaciones C o m e r c i a l e s Internac~onaler MITIUCI. S r a . MORDAZA MORDAZA CARAZO SAULINO - P o r l a ComisiOn p a r a l a Promocion de Exportaciones PROPEX Sr. P B O MORDAZA CASSINELLI PIAZZA A L -Por los empresarios del Sector. S r . HILDERBRANDO BUSTAMANET MORDAZA Articulo 2".- El citado Directorio proceder-a a su instalacion y a la adopcion de las acciones necesarias para :3 puesta en funcionamiento del Proyecto"Centro de Innovacicion Tecnologica del Cuero. Calzado e Industrias Conexas": dichas a c c i o n e s incluyen la propuesta al Despacho Ministerial del proyecto de Reglamento dc Organizacion v Funciones correspondiente asi como la propuesta de canditado para la designacion como Director Ejecutivo quien tendra a su cargo l a gestion administrativa tecnica y economica del provecto. A r t i c u l o 3".- La Oficina General de Administracion de Recursos. asi publrqwse. MORDAZA CAlI,LAUX %X%%ALI Ministro de lndustrla, ?`urwmu, Integrnrion y Negociaciones (`onwrtiales lnternacwr&cs 9783

siete Mil Quinientos Setentiseis y 62/100 Nuevos Soles) y US$ 1.211.348,60 (Un Millon Doscientos Once Mil Trescientos Cuarentiocho y 60000 Dolares Norteamericanos), n nivel deGobiernos Locales Distritales; respectivamente. Articulo 2".- La utilizacion de los recursos MORDAZA mencionados correspondientes al Derecho de Vigencia asignados a las Municipalidades, estara sujeto a lo dispuesto or los Articulos 97" y Y9" de la Ley W 23853, Ley Organica de fiunicipalidades y al Decreto de Urgencia N" 636-95. Articulo 3".- Disponer la publicacion de la presente resolucujn en el Diario Oikial El Peruano, para conocimiento de las municipalidades que se senalan en los anexos que forman parte de la presente resolucion. Registrese. comuniquese y publiquese. MORDAZA DlAZ ARTJEDA Dwector General de Mineria ANEXO "A" GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS De conformidad con el Art. 92" del D.S. N" 03.94.EM, Reglamento delTexto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y el Art 1" del D.U N" 036.95, este Despacho cumple con distribuir el Derecho de vigencia de Nuevos Petitorios Junio 1998 y antiguos derechos al 31/7/98 distribuyendose a las siguientes Municipalidades Dlstritales: DPTO./PROVINCIA AMAZONAS/CHACHAPOYAS BALSAS CHUQUIBAMBA MORDAZA LEIMEBAMBA AMAZONAS/BONGARA MORDAZA YAMBRASBAMBA AMAZONASAUYA LAMUD COCABAMBA LUYA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMAZONAS/UTCUBAMBA BAGUA GRANDE CUMBA AMAZONAS/CONDORCANQUI RI0 MORDAZA EL CENEPA ANCASHMUARAZ MORDAZA COLCABAMBA JANGAS LA MORDAZA OLLEROS PAMPAS PARIACOTO PIRA TARICA INDEPENDENCIA ANCASH/AIJA AIJA HUACLLAN LA MORDAZA ANCASH/BOLOGNESI CHIQUIAN AOUIA HUAYLLACAYAN MANGAS PACLLON TICLLOS SAN MORDAZA DE CORPANQUI CANIS HUALLAGA ANCASH/CARHUAZ CARHUAZ ACOPAMPA AMASHCA ATAQUERO MARCARA PARIAHUANCA SHILLA YUNGAP SI. 0.00 0.00 E:ii 0,oo 0.00 0,00 0,00 0.00 0.00 000 ,0 0.00 0,00 0.00 W 0,00 0,00 0.00 23.60 0,00 0.00 58,88 0.00 0,oo 390,00 16.80 0,00 0,00 0,00 0.00 0.00 0,00 0,00 0.00 0,00 0,00 0.00 O,oO 0,00 0.00 z: 0100 0.00 0.00

uss
4.480.00 400,O0 720,00 2.200,00 200,00 280,00 800,00 3.200,00 360,00 260,00 5.466,00 760,00 1 960,00 10.762,OO 7.624,70 1.604,40 320,00 1.886,40 2.034,40 1.574,80 91 .00 180.00 579,60 460,00 46,60 512,oo 160.00 2330.40 40,00 2.248,60 340,00 1.920,00 6.636,40 40,00 400,00 1.200,00 3 ,776,00 679,80 460,00 645,00 400,00 773,60 800,00 3.240,00 891.20

ENERGIA Y MINAS
Disponen distribuir monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia de nuevos petitorios y antiguos derechos mineros, a diversas municipalidades
RESOLUCION DIRECTOML N" 232~9%EiWDC'M J MORDAZA, 25 de ap>sw de IWH V i s t o el Infknr N" 800-9X-EM-DC:M-J~~~~~, de la Oficina d e D e r e c h o d e Vigencia de la Direccirjn de Iiiscalizacion Minera;

Que, de acuerdo :l lo dispuesto por cl inciso h del Articulo 101 del Texto Unico Ordenado de la I,ey general de Mineria. aprobado por Decreto Supremp N" 014-92-EM es atribucion de l a Direccion General de MIneria administrar e l D e r e c h o d e Vigenvia; Q u e , de conformiddad con el Articulo 57° del citado T e x t o Unico, de los ingresos que sc obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la penalidad, se distribuira un 40 % a los Gobiernos Locales en que se encuentra localizado el petitorio o la concesion afectada Que, durante el periodo comprendido entre el 1 al 31 deJulio de 1998 se han procesado las boletas de deposito DEL Banco de la Nacion por concepto do nuevos petitorios junio 1998 Y antiguos derechos por la suma de S 1 d7.683,33 (Ciento Treintisiete M i l Seiscientos Ochentitres y 33/100 N u e v o s soles) v US$ 6.147.59X.04 (Seis Millones Ciento Cuarentisiete Mil Quinientos Treintiocho y 04/1 OO Dolares Norteameric anos I las mismas que se encuentran sustentadas ron su-, rex~~evtiw~ holrtas d e depkito del Banco dc 1,l Na&n. Ik c o n f o r m i d a d <`on l o diwuekJ t'n (>l Artw .lo W' del

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