Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 1999 (11/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 11 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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3.- Fotografia tamano pasaporte a color del Conductor de Taxi. Articulo 25º.- Requisitos para solicitar la Autorizacion de conductor de taxi.- Son requisitos para obtener la autorizacion de conductor de taxi: 1. Recibo de pago por derecho de tramite. 2. MORDAZA simple de la Licencia de Conducir otorgada por la autoridad correspondiente. 3. MORDAZA simple del documento nacional de identidad. 4. Rendir los examenes de aptitud correspondientes. 5. Certificado de Antecedentes Penales, o documento oficial que acredite el levantamiento de los mismos. 6. Certificado domiciliario o documento que acredite la direccion real del solicitante. Articulo 26º.- Renovacion de la Autorizacion de conductor de taxi.- La renovacion de la Autorizacion de conductor de taxi solo corresponde ante solicitud expresa del interesado, para lo cual debera cumplir con los siguientes requisitos: 1.- Recibo de pago por derechos de tramite. 2.- Rendir el examen de aptitud correspondiente. 3.- Certificado negativo de accidentes de MORDAZA graves por impericia, temeridad, negligencia o dolo. 4.- Certificado negativo de faltas graves y reiteradas a los reglamentos de MORDAZA y a las disposiciones de esta ordenanza. 5.- Certificado negativo de faltas graves a los pasajeros o titulares de los vehiculos del servicio de taxi en la prestacion del servicio. Articulo 27º.- Cancelacion de la Credencial del Conductor de Taxi.- La Credencial del Conductor de Taxi es un documento personal e intransferible, Puede ser cancelado de manera definitiva por las siguientes causas: 1. Incapacidad fisica o mental comprobada por profesional o institucion competente. 2. Haber cometido en mas de tres oportunidades faltas muy graves al reglamento de MORDAZA, diferentes a las senaladas en esta ordenanza. 3. Registrar accidentes graves causados por dolo, temeridad, imprudencia o negligencia. CAPITULO II REGISTROS DEL SERVICIO DE TAXI METROPOLITANO Articulo 28º.- Constitucion del Registro.- En la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se constituira un Registro del Servicio de Taxi Metropolitano, en el cual se inscribira a los vehiculos, propietarios, personas juridicas segun corresponda y conductores autorizados; asi como las infracciones y sanciones de que MORDAZA objeto. Articulo 29º.- Caracteristicas del Registro.- El Registro contendra toda la informacion necesaria que facilite la identificacion, fiscalizacion y control de los vehiculos, propietarios, personas juridicas, segun corresponda y conductores del servicio de Taxi Metropolitano. Articulo 30º.- Caracter reservado del Registro.- El Registro del Servicio de Taxi Metropolitano es de caracter reservado. Puede entregarse informacion especifica del Registro en los siguientes casos e instituciones: 1.- Cuando lo disponga un Juez en el curso de una accion civil, penal o contencioso administrativa. 2.- Cuando lo disponga un Fiscal en el curso de una investigacion que tiene a su cargo. 3.- Cuanto lo disponga la Autoridad Policial competente en el curso de las investigaciones por accidentes de MORDAZA o delitos contra el patrimonio, la MORDAZA y la salud o contra el honor sexual.

Articulo 31º.- Inscripcion en el registro.- Las autorizaciones de vehiculos y de conductores, asi como la identificacion de propietarios y personas juridicas, quedaran inscritas en el Registro, con los documentos de autorizacion municipal que permiten la explotacion del servicio de taxi o la conduccion de vehiculos de taxi. Articulo 32º.- Numero de inscripcion.- El Registro asignara un numero de serie a cada vehiculo y conductor, el cual debera exhibirse en el lugar visible que se indica en esta ordenanza. TITULO III DISPOSICIONES TECNICAS CAPITULO I REQUISITOS DEL SERVICIO Articulo 33º.- Requerimientos tecnicos minimos para los vehiculos del servicio de taxi.- Los vehiculos destinados a la prestacion del servicio de transporte publico de pasajeros en taxi, en cualquiera de sus modalidades, deberan cumplir con: 1. Tener una antiguedad no mayor de diez (10) anos, contados desde el ano de fabricacion que figura en la Tarjeta de Propiedad del vehiculo. 2. Tener un estado de MORDAZA, funcionamiento y seguridad de acuerdo con los requisitos minimos que se senalen para la prestacion del servicio de taxi. 3. Tener una o varias polizas de seguro, que cubran los siguientes riesgos: Muerte. Invalidez permanente. Incapacidad temporal. Gastos de atencion medica, hospitalaria y quirurgica. e) Gastos de sepelio. f) Responsabilidad civil ante terceros. 4. Tener permanentemente en cada vehiculo: a) Un triangulo de seguridad. b) Un neumatico de repuesto en perfectas condiciones de uso. c) Linterna en MORDAZA estado de uso. d) Botiquin de primeros auxilios. e) Extintor de incendios en MORDAZA estado de uso. Articulo 34º.- Constatacion de caracteristicas de los vehiculos del servicio de taxi.- Los vehiculos autorizados para prestar el servicio de taxi en cualquiera de sus modalidades, deberan someterse a la correspondiente revision de constatacion de caracteristicas cada doce (12) meses, sin excluir la revision tecnica que disponga la autoridad competente. Articulo 35º.- Identificacion de los conductores.- Todos los conductores del Servicio de Taxi Metropolitano, independientemente de la modalidad del servicio que prestan deberan portar, en forma visible al pasajero, su Carne de Identificacion, en la vestimenta a la altura del bolsillo superior MORDAZA, el mismo que contendra la siguiente informacion: 1. La fotografia digitalizada del conductor autorizado. 2. El nombre del conductor. 3. El numero del documento de identidad del conductor. 4. La clase y el numero de la licencia de conducir del conductor. 5. El grupo sanguineo del conductor. 6. El numero de telefono del conductor al que debe llamarse en casos de emergencia. a) b) c) d)

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