Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 1999 (11/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 11 de enero de 1999

disposicion sobre la antiguedad de los vehiculos de taxi para poder solicitar la autorizacion o Certificado de Operacion de vehiculo para el servicio de taxi, senalada en el inciso 1) del Articulo 33º de esta ordenanza, entrara en vigencia despues del MORDAZA ano de aprobacion de la presente, debiendo cumplirse con la renovacion de los vehiculos en forma gradual, de acuerdo al siguiente cronograma:
Vehiculos con antiguedad mayor de 30 anos : hasta el 31 de diciembre del 2000. Vehiculos con antiguedad entre 20 y 29 anos : hasta el 31 de diciembre del 2002. Vehiculos con antiguedad entre 10 y 19 anos : hasta el 31 de diciembre del 2004.

Establecen cronograma para que personas naturales registradas en el SETAME hasta el ano 1998 culminen MORDAZA de formalizacion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 103 MORDAZA, 29 de diciembre de 1998 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 196 del 21 de diciembre de 1998, se reglamenta el Servicio de Taxi Metropolitano, dictandose las modalidades, caracteristicas, requisitos, antiguedad, sanciones, entre otros, que deben cumplir los propietarios de vehiculos y conductores, segun sea el caso. Que, habiendose fijado un plazo para la adecuacion a las normas de parte de propietarios y conductores que se dediquen a la explotacion del servicio de taxi en la MORDAZA de MORDAZA, el mismo que fuera MORDAZA en dos oportunidades. Que, habiendose brindado las mayores facilidades a propietarios y conductores para que cumplan con las disposiciones relacionadas con la formalizacion del Servicio de Taxi Metropolitano, muchos de aquellos no han culminado el MORDAZA de formalizacion que les permita contar con las autorizaciones y los documentos correspondientes. Que, siendo necesario que la ciudadania cuente con un servicio de taxi registrado, identificado, seguro, MORDAZA y eficiente, que otorgue las garantias minimas indispensables para su transporte. Que, es necesario fijar un cronograma para contar con un servicio totalmente formal en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA de entrar en vigencia el Reglamento de Infracciones y Sanciones establecido por la ordenanza senalada en el primer considerando. Que, estando a lo dispuesto por el Art. 47º Incs. 6) y 8) de la Ley Nº 25853, Ley Organica de Municipalidades. SE DECRETA: Articulo Primero.- Las inscripciones de propietarios y conductores para la explotacion del Servicio de Taxi Metropolitano, se realizaran, desde el 1 de enero de 1999, estrictamente de acuerdo a lo senalado en la Ordenanza Nº 196 del 21 de diciembre de 1998. Articulo Segundo.- Se define el siguiente cronograma para que las personas naturales registradas en SETAME hasta el 31 de diciembre de 1998, culminen con su MORDAZA de formalizacion: 1. Propietarios de vehiculos y conductores empadronados o inscritos, hasta el 30 de marzo de 1999. 2. Propietarios de vehiculos empadronados o inscritos y constatados, hasta el 31 de MORDAZA de 1999. Articulo Tercero.- Las personas naturales que no cumplan con los plazos dispuestos en el articulo anterior, perderan su derecho de empadronamiento, inscripcion o constatacion, segun sea el caso, debiendo adecuarse a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 196 del 21 de diciembre de 1998, y los costos especificados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 0393

Segundo.- Certificado de Operacion Provisional.- Por excepcion, se expedira un Certificado de Operacion Provisional para prestar servicio de taxi, a aquellos vehiculos que presenten una antiguedad mayor al minimo establecido en esta ordenanza, siempre que cuenten con el Formato de constatacion de caracteristicas aprobado. La vigencia del Certificado de Operacion Provisional sera de un ano, renovable de acuerdo a lo indicado en el articulo anterior. Tercero.- Solicitudes de autorizacion en tramite.- Las solicitudes que se encuentren en tramite, cualquiera sea su estado, deberan adecuarse a las disposiciones de esta ordenanza. Cuarto.- Incorporacion del procedimiento administrativo en el TUPA.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA debera publicar el tramite administrativo que deben seguir los interesados para solicitar Autorizacion de vehiculos y de conductores adecuado a la presente ordenanza, el mismo que debera incorporarse al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Quinto.- Vigencia del Reglamento de Infracciones y Sanciones.- Lo dispuesto en el Articulo 56º y MORDAZA disposicion transitoria de la presente ordenanza entrara en vigencia en el Centro Historico de MORDAZA al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y en el resto de la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana a partir del 1 de agosto de 1999. POR TANTO: Mande se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia INDICE I. Ordenanza del Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano. Titulo I: Capitulo I: Capitulo II: Capitulo III: Capitulo IV: Titulo II: Capitulo I: Capitulo II: Titulo III: Capitulo I: Capitulo II: Titulo IV: Titulo V: Capitulo I: Capitulo II: 0389 Generalidades Objetivos y Alcances. Definiciones y Clasificacion. Organismos Competentes. Disposiciones Generales. Disposiciones Administrativas. Autorizaciones. Registros del Servicio de Taxi Metropolitano. Disposiciones Tecnicas Requisitos del Servicio Paraderos Oficiales de Taxi Infracciones y Sanciones. Disposiciones Finales y Transitorias. Disposiciones Finales. Disposiciones Transitorias.

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