Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 1999 (11/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 11 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 43º.- Determinacion de los Paraderos Oficiales de Taxi.- La determinacion y ubicacion de los paraderos oficiales de taxi sera autorizada y senalizada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 44º.- Tipos de paraderos.- Los Paraderos Oficiales de Taxi pueden ser: 1. Paradero Transitorio: Es todo lugar de la via publica que se senaliza de manera temporal, especialmente en lugares de alta concentracion de pasajeros por efecto de una actividad especifica. Concluida la actividad el paradero es retirado. 2. Paradero Fijo: Es todo lugar de la via publica que se senaliza de manera permanente. Articulo 45º.- Mobiliario MORDAZA considerado como paradero de taxi.- El mobiliario MORDAZA como paradero de taxi solo puede implantarse en las areas de la via publica consideradas como paradero fijo, el mismo que podra comprender: 1. Bancas de espera. 2. Elementos de publicidad exterior. 3. Elementos de informacion. 4. Servicios de telefonia. 5. Servicios higienicos. 6. Puesto de venta de bienes y servicios menores. 7. Puestos de orientacion, informacion y MORDAZA rapido. Articulo 46º.- Limite del mobiliario MORDAZA del paradero de taxi.- La cantidad de componentes del mobiliario MORDAZA en un Paradero Oficial de Taxi, estara determinada por el estudio que realice la autoridad municipal competente, de acuerdo con las caracteristicas urbanas y capacidad de la via publica. Articulo 47º.- Concesion de espacios de la via publica para instalar paraderos de taxi.- La autoridad municipal competente podra dar en concesion espacios de la via publica para la instalacion de mobiliario MORDAZA como parte del Paradero Oficial de Taxi, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza de Publicidad Exterior del Concejo Metropolitano de Lima. Articulo 48º.- Solicitud para la determinacion y ubicacion de paraderos de taxi.- Los paraderos oficiales, MORDAZA fijos o transitorios, pueden ser solicitados ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA por: 1. Las Municipalidades . 2. Los vecinos interesados. 3. Las empresas, instituciones u otros. 4. Las personas naturales o juridicas autorizadas para prestar el servicio de taxi metropolitano. Articulo 49º.- Caracteristicas de la senalizacion de los paraderos.- Los paraderos de taxi se senalizaran de acuerdo con lo siguiente: 1. La calzada sera pintada de color MORDAZA, con franjas horizontales que encierren casilleros con la palabra TAXI en cada uno. 2. Se instalaran senales verticales de doble cara, al inicio y al final del paradero, de color MORDAZA y MORDAZA, con la letra T en el centro del letrero, complementado con un letrero con la inscripcion «TAXI AMARILLO». 3. En los paraderos transitorios no se pintara la calzada y solo se instalaran senales verticales. Articulo 50º.- Uso de los Paraderos Oficiales de Taxi.Los Paraderos Oficiales de Taxi estan destinados exclusivamente para el uso gratuito de vehiculos autorizados del servicio de taxi metropolitano en la modalidad de taxi independiente. Articulo 51º.- Reglas de uso de los Paraderos Oficiales de Taxi.- El uso de los paraderos oficiales esta sujeto a las siguientes reglas:

1. La salida de los vehiculos con pasajeros debe realizarse en forma ordenada y cuidadosa, procurando en lo posible que se retire el primero de la fila. 2. La via publica debe mantenerse limpia y ordenada. 3. Los Conductores de Taxi deben velar por que se mantenga el orden y la disciplina y se custodie el mobiliario MORDAZA que forma parte del Paradero Oficial de Taxi. 4.- La concesion de espacios de la via publica para la instalacion y funcionamiento de paraderos oficiales de taxi, puede ser revocada por la Autoridad Municipal en caso de que se trasgreda reglas establecidas y/o en caso de interes publico. Articulo 52º.- Coordinador de paradero oficial de taxi.- En cada Paradero Oficial de Taxi, se autorizara por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a determinado numero de personas que presta servicio de taxi, para que se encargue, en diferentes turnos, de coordinar y supervisar el buen uso y funcionamiento de los paraderos. Para tal efecto, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA les otorgara la respectiva credencial. Articulo 53º.- Requisitos para ser Coordinador de Paradero Oficial de Taxi.- Para ser Coordinador de Paradero Oficial de Taxi se requiere: 1. Ser conductor propietario - conductor debidamente autorizado por la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2. Haber participado en todas las jornadas de capacitacion y charlas de preparacion que programe la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con ese fin. 3. Contar en todo momento, con toda la documentacion y distintivos de identificacion otorgados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4.- No haber sido denunciado ante la Policia Nacional, ni habersele interpuesto quejas o reclamos debidamente sustentados, por parte de los usuarios del servicios de taxi o por conductores autorizados. Articulo 54º.- Funciones del Coordinador de Paradero Oficial de Taxi.- Son funciones del Coordinador de Paradero Oficial de Taxi.1. Verificar el uso correcto del Paradero Oficial de Taxi por parte de los Conductores de Taxi autorizados. 2. Coordinar acciones de publicidad con las instituciones cercanas al paradero, para promocionar su uso por los clientes pasajeros. 3. Coordinar, con los Conductores de Taxi, las propuestas, solicitudes, quejas y reclamos en relacion con el servicio de taxi. 4. Velar por el cumplimiento de la normas y dispositivos que rigen para los Paraderos Oficiales de Taxi. 5. Participar en las reuniones programadas para los Coordinadores de Paraderos Oficiales de Taxi. Articulo 55º.- Perdida de la funcion de Coordinador de paradero oficial de taxi.- Se pierde la condicion de Coordinador de Paradero Oficial de Taxi, en caso que la persona autorizada como tal incumpla lo dispuesto en los Articulos 53º y 54º de esta ordenanza o es objeto de denuncias sustentadas que sea merecedora de una sancion, o si asume funciones para las cuales no esta autorizado. TITULO IV INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 56º.- Sanciones temporales por las infracciones de la ordenanza.- En tanto se apruebe el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas que dispone la Ordenanza Nº 153, Sistema Metropolitano de Fiscalizacion y Control de las Disposiciones Municipales Administrativas, se aplicara el siguiente "Cuadro de Infracciones y Sanciones del Servicio de Taxi Metropolitano ­ SETAME":

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