Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 1999 (12/10/1999)


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POR TANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de octubre de 1999

Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOREYRA MORDAZA (ai) 12979

Declaran en situacion de urgencia el servicio de seguridad ciudadana del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 48-99-MSI San MORDAZA, 21 de setiembre de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTA, en la Sesion Ordinaria de fecha 21.SET.99; el pedido formulado por el Regidor MORDAZA MORDAZA Ostolaza; CONSIDERANDO: Que se esta generando un marcado incremento de la violencia y criminalidad en San MORDAZA, que amenaza la seguridad e integridad de los vecinos y sus bienes; Que el servicio de Seguridad Ciudadana atraviesa por una crisis operativa que no le permite enfrentar y controlar en forma efectiva la ola de delincuencia que se ha desatado, por lo que deben adoptarse las medidas necesarias, para dar solucion a este grave problema; Estando a lo dispuesto en el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; El Concejo Distrital de San MORDAZA, en sesion plenaria y por unanimidad ha adoptado el siguiente: ACUERDO: Articulo 1º.- DECLARAR EN URGENCIA el Servicio de Seguridad Ciudadana en el distrito de San Isidro. Articulo 2º.- Conformar una Comision encargada del estudio y de proponer al Concejo Distrital las medidas correctivas necesarias para dar solucion a la Situacion de Urgencia suscitada en el distrito, la misma que estara integrada por: - El senor MORDAZA, Ing. MORDAZA Barua Lecaros, quien la presidira - El Ing. MORDAZA MORDAZA Ostolaza, Regidor - El Dr. MORDAZA MORDAZA Larrain de MORDAZA, Regidor. POR TANTO: Mando se publique y de cumplimiento al presente Acuerdo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOREYRA MORDAZA MORDAZA 12980

del Patrimonio Inmobiliario de la Municipalidad Provincial de Sullana y de las Municipalidades Distritales de la provincia de Sullana; Que, en virtud a la Ordenanza precitada, vigente a partir del 12 de agosto de 1999, la Administracion Municipal ha iniciado el saneamiento fisico legal de los bienes inmuebles que la Municipalidad Provincial de Sullana viene conduciendo como propietario desde tiempos inmemoriales; Que, con Esquela de Observacion del Titulo 4828-09 del 7 de setiembre, el Registro de la Propiedad Inmueble de Sullana observa que "La Ordenanza Municipal Nº 021-99/MPS, no ha previsto mecanismo de proteccion respecto a terceros; como efectuar una primera inscripcion provisional del inmueble a sanear asi como la publicacion en el Diario Oficial y que luego de transcurrido un plazo de realizada la MORDAZA publicacion se solicite al Registro la Inscripcion Definitiva; con la finalidad de que no se afecte la propiedad privada o de terceros, y evitar asi transgredir el Art. 70º de la Constitucion Politica; Que, en efecto a fin de mejorar el alcance y la eficacia juridica, asi como el de velar por el debido MORDAZA, la salvaguarda del derecho a la propiedad privada y no dejar de cumplir las funciones y competencias propias de todo Gobierno Local en materia de Administracion de los Bienes de su propiedad conforme a lo dispuesto a los Arts. 191º, 192º y 193º de la Constitucion Politica y en los Arts. 2º, 10º, 64º, 84º, 85º, 86º y 87º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; y, Estando a las facultades conferidas en los Arts. 36º, 109º, 110º y 112º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA de la MAYORIA (9) de sus miembros, el Concejo Municipal en Sesion Ordinaria del dia 29 de setiembre del ano en curso, aprobo la siguiente: ORDENANZA: QUE PRECISA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-99/MPS QUE APRUEBA EL REGIMEN Y SANEAMIENTO DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA Y DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES DE LA PROVINCIA DE SULLANA Articulo Primero.- Los procedimientos de Saneamiento Fisico Legal del Patrimonio Inmobiliario de Propiedad de la Municipalidad Provincial de Sullana, asi como el de Saneamiento Fisico Legal de Predios, precisados en el Art. 2º de la Ordenanza Municipal Nº 021-99/MPS; para su Inscripcion Primera de Dominio ante los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de Sullana, deberan complementarse con el procedimiento que se regula en los siguientes articulos. Articulo Segundo.- Una vez emitidas las Resoluciones de Alcaldia a que se hace referencia en los Arts. 4º, 6º, 7º y 9º de la Ordenanza Municipal Nº 021-99/MPS, se oficiara a los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de Sullana, solicitando que se proceda a la INSCRIPCION PROVISIONAL del predio o inmueble materia de saneamiento; adjuntando el Expediente Tecnico, la Resolucion de Alcaldia correspondiente, asi como todo lo actuado. Articulo Tercero.- Una vez realizada la INSCRIPCION PROVISIONAL, la Administracion Municipal publicara en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulacion de la Region, un resumen de la parte resolutiva de la Resolucion de Alcaldia, asi como un resumen de la Esquela de la Inscripcion Provisional; por el lapso de 3 (tres) dias en forma interdiaria a modo de edictos en los espacios de avisos judiciales de los referidos diarios. Articulo Cuarto.- Luego de transcurridos 30 (treinta) dias calendario de la MORDAZA publicacion de la Inscripcion Provisional y de no mediar observacion, impugnacion u oposicion alguna, la Administracion Municipal solicitara la INSCRIPCION DEFINITIVA por ante la Oficina de Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de Sullana. Articulo Quinto.- Precisar que en la Resolucion de Alcaldia con que se aprueba cada Expediente Tecnico se debera consignar un articulo declarando de que el inmueble que es objeto de saneamiento, no se encuentra en Litigio Judicial en tramite a la fecha de la emision de la referida Resolucion de Alcaldia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES: Primero.- Precisar que el alcance de la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria, Final y Derogatoria de la Ordenanza Municipal Nº 021-99/MPS se hace extensivo a los inmuebles que se encuentren en Litigio Judicial en los casos en que la Municipalidad MORDAZA sido notificada hasta un dia MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia para todos sus efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese, promulguese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12977

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA
Precisan alcances de Ordenanza que aprobo Regimen y Saneamiento del Patrimonio Inmobiliario de las Municipalidades Distritales y Provincial de Sullana
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023-99/MPS Sullana, 30 de setiembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 021-99/MPS de fecha 16 de MORDAZA de 1999, se aprobo el Regimen y Saneamiento

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