Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2000 (03/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, lunes 3 de MORDAZA de 2000

Sancionan a diversos conductores con cancelacion de registro e inhabilitacion para obtener nuevas licencias de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 904-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 15 de junio de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 02924011, 00164011, 04657011, 05005011, 04448011, 05175011, 00401011, 00082, 00553011, 00838011, 01446, 01305, 00126011, 00487011, 04742011, 05087011, 00168011, 02493, 01925, 02027 y 02033 sobre infraccion al Reglamento de MORDAZA, Informes Nºs. 509, 511, 600, 599, 507, 508, 510, 601, 205, 551, 526, 602, 598, 603, 604, 705, 626, 632, 631 y 730-2000-MTC/15.18.05.3.AA elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorandos Nºs. 800, 795, 936, 937, 798, 797, 796, 940, 371, 839, 816, 941, 938, 935, 947, 1064, 985, 980, 979 y 1121-2000-MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial; CONSIDERANDO: Que, diversas Delegaciones de la Policia Nacional del Peru han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, oficios comunicando que en los operativos de control de MORDAZA, se han intervenido a varias personas, detectandose en dicha circunstancia que unos conducian en estado de ebriedad comprobado con el examen de dosaje etilico respectivo y otros por estar conduciendo vehiculo automotor con licencia de conducir cuya categoria no corresponde al vehiculo que conducen, siendo estas las siguientes:
Nº APELLIDOS Y NOMBRES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ALCEDO LAVERIANO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LADERA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA TALAVERA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ronualdo PAHUARA MORDAZA, MORDAZA LICENCIA Q-164611/A-III Q-276536/A-II Q-354359/A-I Q-222961/A-III Q-298058/A-I G-391315/2-B2 Q-338011/A-1 Q-230075/A-I Q-068455/A-II Q-320042/A-I G-052967/2-B1 Q-073132/A-III Q-255498/A-I Q-219251/A-I Q-334852/A-I Q-206499/A-I Q-199514/A-I Q-071481/A-I Q-277331/A-I F. INICIO 17.6.1999 29.12.1999 17.10.1999 29.11.1999 30.9.1999 14.10.1999 17.1.2000 18.1.2000 4.4.1998 20.3.2000 3.3.2000 26.12.1999 2.11.1999 12.9.1999 7.1.2000 7.5.2000 26.3.2000 15.2.2000 16.2.2000

Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion con la CANCELACION del asiento registral correspondiente a sus licencias de conducir, asi como los respectivos canjes y nuevas asignaciones realizadas en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 665-96-MTC/15.15; en consecuencia, INHABILITAR a dichas personas, por el lapso de tres (3) anos para obtener nuevas licencias de conducir, la que se computara a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las delegaciones de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 7430

ADUANAS
Aprueban Procedimiento General de Exportacion Definitiva y modifican Procedimientos Especificos de Despacho Simplificado en Exportacion y de Retorno de Mercancias
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Nº 000 ADT/2000-001829 Callao, 27 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000984 publicada el 12.SET.99 se aprueba entre otros, el Procedimiento General de "Exportacion Definitiva" INTA-PG.02, Procedimiento Especifico de "Despacho Simplificado de Exportacion", INTA-PE.02.01 y "Retorno de Mercancias" INTA-PE.02.02 adecuados al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, los procedimientos documentados, basados en los principios de buena fe y de presuncion de veracidad, tienen como finalidad profundizar la simplificacion y agilizacion en los tramites aduaneros, asi como recoger las disposiciones dictadas por los organos competentes externos, estableciendo medidas y acciones objetivas que muestren una total transparencia y efectiva aplicacion de los mismos, lo que demanda una revision continua a efecto de adecuar y perfeccionar en lo posible los senalados procedimientos a la aplicacion factica; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2000-EF.y Decreto Supremo Nº 050-2000-EF. modifican, entre otros, las sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas Decreto Legislativo Nº 809, para el regimen de Exportacion Definitiva; Que, habiendose aprobado con Resolucion de Intendencia Nacional de Aduanas Nº 000 ADT/2000-000750, publicada el 22.MAR.2000, los documentos denominados "DECLARACION UNICA DE ADUANAS" ­ DUA y "ORDEN DE EMBARQUE", con sus correspondientes instructivos, es necesario adecuar los citados Procedimientos a la nueva estructura de la referida Declaracion Unica de Aduanas ­ DUA, a efecto de su aplicacion; En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y estatuto de la Superintendencia Nacional de Adunas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 01223-99 respectivamente, y estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001322 del 16.DIC.99;

Que, el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en informes indicados en Vistos, precisa que las personas detalladas en el considerando anterior han venido conduciendo vehiculos automotores estando sus licencias de conducir suspendidas por estar sancionados con suspension por el termino de un (1) ano; consecuentemente, dichas personas han infringido lo dispuesto en el literal F-4 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, por lo tanto son pasibles a la sancion de CANCELACION de dichos instrumentos e INHABILITACION por el lapso de tres anos para obtener nuevas licencias de conducir, conforme lo establece el literal h) del Articulo 6º del reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandos Nºs. 800, 795, 936, 937, 798, 797, 796, 940, 371, 839, 816, 941, 938, 935, 947, 1064, 985, 979 y 1121-2000-MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe Nº 279-2000-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862;

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