Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2000 (06/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de octubre de 2000

la normatividad vigente. La Policia Nacional, formulara el Proyecto de Presupuesto sobre la base de las metas y objetivos de la Institucion. Tiene caracter de Reservado. Articulo 65º.- Donaciones La Policia Nacional al actuar como receptora de donaciones de personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley de Presupuesto del Sector Publico y demas dispositivos legales vigentes para el Sector Publico, tendra en consideracion lo siguiente: 65.1 Las donaciones de dinero en efectivo, seran administradas por la Direccion de Economia, de acuerdo a las normas legales vigentes. 65.2 Las donaciones en bienes seran administradas por la Direccion de Logistica, de acuerdo a procedimientos vigentes. Articulo 66º.- Prestacion de Servicios La Policia Nacional, con autorizacion del Ministro del Interior, podra celebrar Convenios para la prestacion individualizada o localizada de servicios policiales rentados de naturaleza particular, de conformidad a los procedimientos y modalidades establecidos en el Reglamento de Administracion de Personal. Articulo 67º.- Ingresos Propios Constituyen ingresos propios, los recursos directamente recaudados por la venta de bienes, tasas policiales, multas por infracciones al Codigo Administrativo de Contravenciones de Policia, la prestacion de servicios individualizados o localizados y otros, los mismos que seran administrados por la Direccion de Economia, de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley de Presupuesto del Sector Publico y el Reglamento de Regimen Economico, para ser destinados a satisfacer las diversas necesidades que demanda el eficiente ejercicio de la funcion policial. TITULO V DE LOS COMITES CIVICOS DE APOYO CAPITULO UNICO Articulo 68º.- Comites Civicos de Apoyo 68.1 Los Comites Civicos de Apoyo a la Policia Nacional, son personas juridicas de derecho privado sin fines de lucro, que se constituyen dentro del ambito nacional en asociaciones civiles de conformidad con el Codigo Civil; se rigen ademas por las normas estatutarias y reglamentos correspondientes. Integran el Sistema Nacional de Cooperacion "Asociacion Civil Amigos de la Policia Nacional". 68.2 Los Comites Civicos de Apoyo tienen por finalidad fortalecer los vinculos de amistad y cooperacion entre las dependencias policiales y la comunidad. Sus tareas especificas estan referidas al mejoramiento de la imagen de la Policia, desarrollo de actividades de bienestar del personal, asi como el de apoyar con recursos logisticos y tecnologicos que coadyuven al mejor cumplimiento de la funcion policial. Pueden participar en tareas de seguridad ciudadana a traves de la Direccion de Participacion Ciudadana de la Policia Nacional. TITULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Policia Nacional a traves de la Direccion de Instruccion y Doctrina Policial realizara las coordinaciones con las Autoridades de la Asamblea Nacional de Rectores y el Ministerio de Educacion, para la adecuacion del Sistema Educativo Policial a la Ley Universitaria y a la Ley General de Educacion. Segunda.- Los Suboficiales Policias egresados de las Escuelas de Suboficiales hasta el ano 2000, podran acceder en forma directa a la Categoria de Oficiales Policias en el grado de MORDAZA, siempre y cuando cumplan los requisitos senalados en el Articulo 43º del presente Reglamento, con excepcion del tiempo de servicios minimo que sera de diez (10) anos ininterrumpidos, de los cuales por lo menos cinco (5) deben haber sido prestados en Unidades Operativas. La Direccion de Instruccion y Doctrina Policial considerara en su Plan Anual de Instruccion, el desarrollo de un periodo de capacitacion escolarizado de cuatro (4) semestres academicos.

Tercera.- El Personal de Servicios que a la fecha ostente MORDAZA de Suboficiales, continuaran con sus mismos derechos, prerrogativas, goces y demas beneficios que le correspondan en la Categoria de Especialistas de Servicios. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Policia Nacional en el plazo de ciento veinte (120) dias naturales, debera adecuar su normatividad a la Ley Organica y al presente Reglamento Segunda.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Reglamento. 11471

PRES
Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Generales de la Oficina General de Administracion del INADE
RESOLUCION SUPREMA Nº 108-2000-PRES MORDAZA, 5 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 055-2000-PRES, de fecha 31 de MORDAZA del 2000, se designo al Arq. MORDAZA MORDAZA Arata Loreti, en el cargo de Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Generales de la Oficina General de Administracion del Instituto Nacional de Desarrollo; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo MORDAZA referido; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, con efectividad al 23 de setiembre del 2000, la renuncia formulada por el Arq. MORDAZA MORDAZA Arata Loreti, al cargo de Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Generales de la Oficina General de Administracion del Instituto Nacional de Desarrollo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Presidencia 11480

Designan Director de Saneamiento del Viceministerio de Infraestructura
RESOLUCION SUPREMA Nº 109-2000-PRES MORDAZA, 5 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de la Presidencia, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 153-2000-PRES preve el cargo de Director de la Direccion de Saneamiento del Viceministerio de Infraestructura, el cual se encuentra vacante;

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