Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2000 (06/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 6 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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cion independiente "Movimiento Independiente Somos Peru"; para que asuma el cargo de regidora del concejo provincial de Casma, departamento de MORDAZA, por vacancia de la titular MORDAZA MORDAZA Lomparte MORDAZA, debiendo juramentar el cargo que asume ante la alcaldesa del citado concejo, para completar el periodo 1999 - 2002. Articulo Segundo.- Otorgar la correspondiente credencial a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pajuelo. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion Registrese, comuniquese y publiquese.

ANGASH, comprension del distrito de SAN MORDAZA DEL ALTO, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de ANGASH, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese.

SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 11466

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11374 RESOLUCION JEFATURAL Nº 558-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 447-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 9 de junio del 2000 y el Oficio Nº 020-99/CTAR-C/AMCPM-CH-SI de fecha 26/11/1999, del MORDAZA del Centro Poblado Menor de CHURUYACU, distrito de TABACONAS, provincia de SAN MORDAZA, departamento de CAJAMARCA; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CHURUYACU, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CHURUYACU, comprension del distrito de TABACONAS, provincia de SAN MORDAZA, departamento de MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CHURUYACU, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones inherentes al Registro de Estado Civil en municipalidades de diversos centros poblados menores del MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 557-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 446-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 9 de junio del 2000 y la Comunicacion de fecha 6/9/1999 del MORDAZA del Centro Poblado Menor de ANGASH, distrito de SAN MORDAZA DEL ALTO, provincia de MORDAZA, departamento de CAJAMARCA; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de ANGASH, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11375

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