Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2000 (06/09/2000)


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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de setiembre de 2000

Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el Art. 2º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, establecen que las municipalidades son los organos de gobierno local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con el Art. 11º Inc. 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, las Municipalidades Provinciales son competentes para regular o pronunciarse entre otras materias sobre Zonificacion y Urbanismo; Que, de acuerdo al Art. 196º de la Constitucion Politica concordado con el Art. 130º de la Ley Nº 23853, la Capital de la Republica es sede de la Municipalidad Metropolitana la que ejerce jurisdiccion sobre la provincia de Lima; por lo tanto, en virtud del Art. 132º de la citada Ley Organica, las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana se rigen por las disposiciones que esta dicte con caracter metropolitano de acuerdo a las competencias senaladas en la referida ley; Que, en virtud de ello, se expidio la Ordenanza Nº 134MML (Reglamento de Actualizacion y Reajuste del Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana), que en su Articulo 14º senala que el Reajuste de la Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana incorporando las Modificaciones No Sustanciales a que se hace referencia en el Articulo 10º de la referida MORDAZA, se realizara por las Municipalidades Distritales, previa delegacion de funciones dispuesta mediante Decreto de Alcaldia de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Ordenanza Nº 134-MML en su Art. 10º define lo que se considera Modificacion No Sustancial de la Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana; Que, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA mediante Oficio Nº 203-2000-A-MSS solicita la delegacion de funciones para atender los tramites de Modificaciones No Sustanciales de la Zonificacion General de Usos del Suelo, contenidos en la Ordenanza Nº 199-MSS y Nº 224-MSS Reglamento del Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 1996-2010-PUDSS; Que, es necesario precisar que si bien dicha delegacion resulta procedente, los tramites de Modificaciones No Sustanciales que apruebe la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA deberan cenirse al procedimiento establecido por el Art. 14º y demas pertinentes de la Ordenanza Nº 134MML; De lo expuesto, en virtud de las facultades conferidas mediante la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y con el Visto MORDAZA de la Oficina General de Asuntos Juridicos y de la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; DECRETA: Articulo Primero.- Deleguese a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA la competencia para aprobar las solicitudes de Modificaciones No Sustanciales de la Zonificacion General de Usos del Suelo del distrito de MORDAZA de Surco; definidas en el Art. 10º de la Ordenanza Nº 134-MML: a) En las Zonas Residenciales: Podra elevar la calificacion de la MORDAZA exclusivamente a la inmediata superior. Este criterio es aplicable solamente en las Zonas R1-S, R1, R2 hasta el R3. La modificacion de las Zonas R1-S requiere necesariamente el cumplimiento de los requisitos relacionados con el MORDAZA de habilitacion MORDAZA correspondiente, sin el cual no se podran otorgar las licencias de construccion, bajo responsabilidad de los funcionarios y profesionales a cargo de dichos procedimientos. b) En las Zonas de Vivienda-Taller: Podra elevar la calificacion de I1-R3 a la MORDAZA inmediata superior. c) En las Zonas Industriales: Podra cambiar de Industria Elemental y Complementaria a Vivienda Taller. d) Podra modificar el Uso Residencial a Comercio Local. Articulo Segundo.- La Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA en el ejercicio de la facultad que se le delega, debera dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 14º y demas pertinentes de la Ordenanza Nº 134-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 10116

Delegan competencia para autorizar ejecucion de obras, resolver impugnaciones y otorgar conformidad de obras en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 064-00-MML MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Art. 65º incisos 9), 11), 12), 13) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades establecen como funcion municipal aprobar las normas sobre ornato, reglamentar, otorgar licencias y controlar las construcciones, remodelaciones y demoliciones en las areas urbanas; ejecutar, mantener y administrar en su caso los proyectos de inversion en beneficio de la comunidad, asi como los bienes de dominio publico como caminos, plazas, puentes y avenidas; Que, siendo uno de los principales objetivos de la actual administracion municipal la seguridad, el orden y ornato, regular la circulacion y MORDAZA en la MORDAZA, se aprobo la Ordenanza Nº 203-MML (Reglamento para la Ejecucion de Obras en las Areas de Dominio Publico) que establece la competencia de la Municipalidad Metropolitana para regular, autorizar y otorgar conformidad de obra, para la ejecucion de obras en areas de dominio publico de jurisdiccion metropolitana, tales como las vias expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano; asi como, para autorizar los cambios de circulacion y el MORDAZA de peatones y vehiculos que MORDAZA necesarios para la ejecucion de obras en las referidas vias publicas; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 127-MML (Ordenanza del Sistema Vial Metropolitano de Lima) establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las Vias Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, ademas de todas las vias del Cercado; Que, no obstante lo expresado lineas arriba, el Tercer Parrafo del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 127-MML, establece que las Municipalidades Distritales podran tambien realizar las acciones y obras indicadas, previa autorizacion y aprobacion de las Direcciones Municipales de Desarrollo MORDAZA y de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, segun el caso; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA mediante Oficio Nº 131-99-A-MSS, Nº 132-2000-A-MSS y Nº 311-99-A-MSS solicita en cumplimiento de la Ordenanza Nº 127-MML, la delegacion para autorizar la ejecucion de obras en las Vias Arteriales, Colectoras Distritales e Interdistritales dentro de su distrito que se encuentran bajo la Administracion Municipal Metropolitana en virtud de la Ordenanza Nº 203-MML; senalando que la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA cuenta actualmente con la infraestructura y recursos necesarios, habiendo implementado y mejorado las instalaciones y equipos, contando con personal capacitado para el desempeno idoneo del area; De lo expuesto, en virtud de las facultades conferidas mediante la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, la Ordenanza Nº 127-MML y Ordenanza Nº 203MML; y con el visto MORDAZA de la Oficina General de Asuntos Juridicos; DECRETA: Articulo Primero.- Delegase a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA la competencia para Autorizar la Ejecucion de Obras, Resolver Recursos Impugnativos y Otorgar la Conformidad de Obra, para trabajos en las Vias Arteriales, Colectoras Distritales e Interdistritales dentro de la jurisdiccion de su distrito, que se encuentran bajo la Administracion Municipal Metropolitana, en aplicacion de la Ordenanza Nº 127-MML. Articulo Segundo.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se constituye MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa para resolver los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones que expida la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA referidas a solicitudes de Ejecucion de Obras, y Conformidad de Obras en Via Publica.

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