Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2001 (10/02/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 198458
ITEM 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 DESCRIPCION Maq. de Escribir Elect. IBM Executive Mesa Met. P/conferencia 2.00 x 1.00 Estante Ranurado 11.9 x 0.60 x 2.40 Estante Ranurado 6.40 x 0.60 x 2.40 Estante Ranurado 5.20 x 0.60 x 2.40 Armario de MORDAZA 2 divisiones Escritorio de MORDAZA 2 gavetas Escritorio de MORDAZA 4 gavetas Juego sofa 4 cuerpos por 2 sillones Mesa de Cedro 1.50 x 0.75 ml. Banca de MORDAZA Mesas de MORDAZA Cajon de MORDAZA dos puertas Silla Giratoria Metal Mesa de Metal (patas de Tubo) Parantes de estante Estante ranurado 2.00 x 0.90 x 0.6 Estante ranurado 2.00 x 1.10 x 0.6 TOTAL CANT. 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 04 04 01 01 01 09 01 01

NORMAS LEGALES
IMPORTE S/. 37.00 S/. 49.00 S/. 298.00 S/. 159.00 S/. 129.00 S/. 35.00 S/. 30.00 S/. 19.00 S/. 87.00 S/. 75.00 S/. 40.00 S/. 89.00 S/. 49.00 S/. 22.00 S/. 6.00 S/. 67.00 S/. 45.00 S/. 54.00 S/. 1,397.00

MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2001

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y de los Jurados Electorales Especiales de Callao, MORDAZA y Huaura, la presente Resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 17959

17955

JNE
Designan miembros de los Jurados Electorales Especiales de Callao, MORDAZA y Huaura
RESOLUCION Nº 140-2001-JNE MORDAZA, 8 de febrero de 2001 VISTOS: El Oficio Nº 008-2001-JES/C recibido el 2 de febrero del ano 2001 del Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Molina; el Oficio Nº 004-01JNE-H/P recibido el 6 de febrero del ano 2001 del Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Huaura, Dr. MORDAZA MORDAZA Cajo; y, el Oficio Nº 032-2001-JEE-Callao recibido el 7 de febrero del ano 2001 del Presidente del MORDAZA Electoral Especial del Callao, Dr. MORDAZA Zecenarro Mateus, mediante los cuales se acredita en forma documentada de los impedimentos de algunos miembros para integrar los Jurados Electorales Especiales mencionados; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 067-2001-JNE de fecha 22 de enero del 2001 y Resolucion Nº 112-2001-JNE de fecha 5 febrero del 2001, se senalo el nombre de los ciudadanos seleccionados como integrantes de los Jurados Electorales Especiales para el MORDAZA de elecciones generales del ano 2001; Que en caso de muerte o impedimento de los miembros titulares, asume el cargo el primer miembro suplente; y, asi sucesivamente, de conformidad con lo previsto en el Articulo 46º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que los Jurados Electorales Especiales de Callao, MORDAZA y Huaura, estaran integrados para el MORDAZA de elecciones generales del ano 2001, de la siguiente manera:
MORDAZA Electoral Especial CALLAO MORDAZA HUAURA PRESIDENTE MIEMBROS TITULARES

Disponen tener por no presentada solicitud de inscripcion de la agrupacion politica "Resurgimiento Peruano" ante el Registro de Organizaciones Politicas, por no haber alcanzado numero minimo de firmas de adherentes
RESOLUCION Nº 141-2001-JNE MORDAZA, 8 de febrero de 2001 VISTOS: Los escritos recibidos el 12, 15, 18, 23 y 30 de enero del ano 2001, del senor A. Esaud MORDAZA MORDAZA, en representacion de la organizacion politica denominada "Resurgimiento Peruano", mediante los cuales formula reclamacion en contra del MORDAZA realizado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil de comprobacion de la autenticidad de las firmas de adherentes presentadas por dicha organizacion, por fallas que habria en el sistema utilizado por el RENIEC; El Oficio Nº 148-2001-JEF/RENIEC recibido el 7 de febrero del ano 2001 del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual remite informe respecto de la reclamacion formulada por la agrupacion Resurgimiento Peruano; CONSIDERANDO: Que compete al MORDAZA Nacional de Elecciones mantener y custodiar el Registro de Organizaciones Politicas y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral, de conformidad con lo establecido en los numerales 2) y 3) del Articulo 178º de la Constitucion Politica; Que para la inscripcion de una organizacion politica es necesaria la MORDAZA ante el MORDAZA Nacional de Elecciones de listas de adherentes conteniendo el numero de firmas de ciudadanos exigido por ley (120,644), las cuales seran verificadas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de conformidad con el procedimiento establecido en los Articulos 88º, 91º y 92º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, modificados por los Articulos 8º y 10º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 646-2000JEF/RENIEC de fecha 30 de noviembre del 2000, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil aprobo el "Manual de procedimientos para la comprobacion de la autenticidad de las firmas y los numeros de los documentos nacionales de identidad de adherentes"; el cual establece dos etapas: 1) Comprobacion electronica de la existencia de los numeros de los documentos de identificacion y de los nombres registrados por la agrupacion politica respectiva; y 2) comprobacion semiautomatica y/o manual de la autenticidad de las firmas de adherentes, que se realiza por un muestreo del 25% del total de los registros habiles resultantes de la primera etapa;

MORDAZA Zecenarro Mateus. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villa. MORDAZA Conza Aquino. MORDAZA MORDAZA Molina. MORDAZA MORDAZA Machego Zuniga. Nelsy MORDAZA Purizaga Espinoza. MORDAZA MORDAZA Cajo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA La Chira. Marivel MORDAZA MORDAZA Padilla.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.