Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2001 (18/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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de plena autonomia en el ejercicio de sus atribuciones, tendientes a la descentralizacion. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL: Es el titular y representante del CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL , con atribuciones y funciones senaladas en la presente Ordenanza, elegido en sufragio directo por los vecinos de la respectiva jurisdiccion Zonal. CONSEJERO: Es un miembro del Consejo de Gobierno y Desarrollo Zonal, con atribuciones y funciones senaladas en la presente Ordenanza, elegido en sufragio directo por los vecinos de la respectiva jurisdiccion Zonal. TITULO II

l) Elaborar su Plan Estrategico Zonal y planes de desarrollo. m) Coordinar con las instancias del Gobierno Central y otras instituciones, para concertar iniciativas y soluciones a la problematica Zonal. n) Otras atribuciones y funciones que le MORDAZA delegadas por el Concejo Municipal. Articulo 6º.- La Municipalidad apoyara a las Organizaciones Sociales y la constitucion de los CONSEJOS DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL en las respectivas zonas. CAPITULO II DEL CONSEJO DIRECTIVO

DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL, SUS ORGANISMOS Y ATRIBUCIONES CAPITULO I DE LOS CONSEJOS DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL Articulo 3º.- Los CONSEJOS DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL en el ejercicio de sus atribuciones coordinaran con el Concejo Municipal, con los funcionarios y autoridades encargados de la administracion zonal y con las Oficinas Municipales Zonales respectivas. Todas las autoridades Municipales estan obligadas a prestarles las facilidades necesarias para el cabal cumplimiento de sus funciones. Articulo 4º.- Los CONSEJOS DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL, como representacion politica descentralizada de los vecinos, no reemplazara, ni suplantara a ninguna de las organizaciones sociales de su respectiva Zonal; por el contrario, coordinara, promovera y apoyara el fortalecimiento de las mismas, impulsando su participacion en las actividades del CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL. Articulo 5º.- Son atribuciones del Consejo de Gobierno y Desarrollo Zonal: a) Promover la participacion de los vecinos en la gestion y actividades del Gobierno Zonal y su participacion en todos los niveles existentes (local, distrital, regional y nacional). b) Participar y supervisar en la planificacion, acuerdo, control y gestion de la prestacion de servicios Municipales en su jurisdiccion. c) Vigilar y coordinar el cumplimiento de las normas Municipales en su jurisdiccion, MORDAZA estas: Ordenanzas, Edictos, Acuerdos o Resoluciones referidas a acciones y/o servicios que guarden relacion con la atribucion conferida y, proponer correctivos y/o sanciones del caso, de detectarse hechos irregulares o de omision. d) Supervisar la ejecucion, seguimiento y evaluacion de programas y proyectos ejecutados en la Zonal. e) Promover convenios de interes vecinal relativos a la cultura, educacion, deportes, ecologia, recreacion, asuntos sociales, generacion de empleo, prevencion de la salud, suministro de servicios y ejecucion de obras de desarrollo en las jurisdicciones Zonales. f) Proponer proyectos de Ordenanzas, Edictos y Acuerdos ante el Concejo Municipal. g) Proponer la realizacion de Proyectos y obras municipales de su MORDAZA, ante el Concejo Municipal Distrital. h) Participar con voz en la sesion de Comision de Regidores y Concejo Municipal cuando se apruebe el Presupuesto, el Plan de Inversiones y el Plan Integral de Desarrollo. Asimismo, debera participar en las sesiones cuando el Concejo Municipal solicite su asistencia para informar sobre sus actividades. i) Canalizar las consultas y los pedidos de los vecinos. j) Elaborar y aprobar su Reglamento Interno. k) Gestionar en coordinacion con el MORDAZA y/o representante designado para tal fin, donaciones de Personas Naturales, de Instituciones Publicas y Privadas conforme a las normas legales vigentes para el cumplimiento de sus fines dentro de su jurisdiccion.

Articulo 7º.- El Consejo Directivo es el organo directriz, compuesto por siete (7) vecinos, uno de los cuales asume la condicion de Presidente. Los seis (6) consejeros restantes asumen la responsabilidad de coordinar una de las seis Lineas Estrategicas de Desarrollo aprobadas en el Plan Integral de Desarrollo de Comas. Articulo 8º.- Cada periodo de gobierno es de dos anos. La eleccion de los representantes del Consejo Directivo del CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL, se produce por MORDAZA directo, universal y secreto, por parte de los vecinos mayores de 18 anos, de la jurisdiccion Zonal, en un MORDAZA electoral conducido por el Comite Electoral Distrital, elegido en Asamblea Vecinal convocada expresamente para tal fin por el MORDAZA, sesenta dias MORDAZA del termino del mandato de cada CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL. Articulo 9º.- La Municipalidad acreditara a sus representantes, con las funciones y atribuciones senaladas en los Articulos 3º, 4º y 5º, para lo cual debera cumplir con la MORDAZA de los siguientes requisitos: a) Solicitud dirigida al Alcalde. b) MORDAZA del Acta de Eleccion del Comite Electoral Zonal. c) MORDAZA del Reglamento Electoral. d) MORDAZA del Acta del Sufragio suscrito por el Comite Electoral Zonal, visado por el Comite Electoral Distrital. e) MORDAZA del Padron Electoral. f) Nomina de los miembros electos. Articulo 10º.- Son atribuciones del Presidente del Consejo de Gobierno y Desarrollo Zonal: a) Convocar y presidir las Plenarias Zonales. b) Convocar y presidir las sesiones del CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL. c) Participar con voz en las sesiones y/o plenarias de los otros CONSEJO DE GOBIERNOS Y DESARROLLO ZONAL d) Recoger y canalizar la problematica de su MORDAZA ante las autoridades del distrito. e) Tiene MORDAZA dirimente en los casos en que la votacion resultare empatada en CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL. f) Representar al CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL ante las instancias publicas y privadas. Articulo 11º.- Son atribuciones de los Consejeros Zonales: a) Participar con voz y MORDAZA en las asambleas del CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL. b) Participar con voz en las reuniones plenarias de otras zonas del distrito. c) Recoger y canalizar las demandas de la poblacion de su MORDAZA ante el CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL. d) Representar al CONSEJO DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL en los diferentes espacios sectoriales de concertacion que se creen en virtud del Plan Integral de Desarrollo de Comas.

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