Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2002 (08/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de enero de 2002

Que resulta conveniente modificar el cronograma de adecuacion a que se refiere el considerando anterior; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese los incisos a), b) y c) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2001-EF, por lo siguiente: a) El treinta (30) por ciento al cierre del mes de MORDAZA del 2002. b) El sesenta y cinco (65) por ciento al cierre del mes de agosto del 2002. c) El cien (100) por ciento al cierre del mes de diciembre del 2002. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 0365

Autorizan viaje de servidor de COFIDE a Alemania, a fin de participar en proyecto sobre instrumentos para promocion de la inversion a largo plazo de la pequena y mediana empresa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 001-2002-EF/10 MORDAZA, 7 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº CF-00017-2002/UAIN, la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, solicita se autorice el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Vasi, Ejecutivo de Negocios de dicho Organismo, a la MORDAZA de Bonn, Republica Federal de Alemania, del 8 al 18 de enero de 2002, para que participe en el proyecto de investigacion sobre "Nuevos Instrumentos Financieros para promover la Inversion a largo plazo de la Pequena y Mediana empresa en el Peru"; Que, dicho proyecto forma parte del Acuerdo de Cooperacion suscrito entre COFIDE y el Instituto MORDAZA de Desarrollo (IAD), por lo que se estima por conveniente la participacion en el mismo del senor MORDAZA MORDAZA Vasi, Ejecutivo de Negocios de dicho Organismo; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos por el Instituto MORDAZA de Desarrollo (IAD); De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Vasi, Ejecutivo de Negocios de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, a la MORDAZA de Bonn, Republica Federal de Alemania, del 8 al 18 de enero de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial seran cubiertos por el Instituto MORDAZA de Desarrollo (IAD), no significando gasto alguno para el presupuesto de COFIDE. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del profesional cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 0304

Sustituyen parrafo del Articulo 102º del Reglamento del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones
DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-98-EF se aprobo el Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; Que, es conveniente modificar el texto del ultimo parrafo del Articulo 102º del Reglamento en mencion, referido a la aplicacion de la retribucion que perciben las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; En uso de las facultades por el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Sustituyase el ultimo parrafo del Articulo 102º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-98EF, por el siguiente: "Retribuciones.- Aplicacion Articulo 102º."(...) La retribucion de la AFP asi como la estructura y la modalidad de cobro, deben ser informadas simultaneamente al publico y la superintendencia, y entraran en vigencia a los ochenta (80) dias de dicha informacion. En los casos en que la retribucion importe una reduccion en el nivel de comisiones, la AFP podra hacerla efectiva en un plazo menor al establecido anteriormente." Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 0366

Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administracion Publica correspondiente al mes de enero de 2002
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 001-2002-EF/77 MORDAZA, 7 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribucion de los recursos del Tesoro Publico, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la MORDAZA Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administracion Publica en lo correspondiente al mes de ENERO- 2002 se sujetara al siguiente Cronograma:

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