Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2002 (08/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 8 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES) : 9 DE ENERO Oficina de Normalizacion Previsional 10 DE ENERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Ministerio de la Presidencia Consejo Nacional de la Magistratura Agricultura de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 11 DE ENERO Ministerio de Energia y Minas Universidades Ministerio de Agricultura Ministerio de Pesqueria Ministerio de Salud Ministerio de Industria,Turismo,Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto unidades ejecutoras de Agricultura y Educacion Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Ministerio de Trabajo y Promocion Social Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 14 DE ENERO Ministerio de Educacion: USES 01, 03 y 07 Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 15 DE ENERO Ministerio de Educacion, excepto USES 01,03 y 07 16 DE ENERO Ministerio de Defensa 17 DE ENERO Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES) : 21 DE ENERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Contraloria General Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoria del Pueblo Ministerio de la Presidencia

Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Agricultura de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 22 DE ENERO Universidades Ministerio de Agricultura Ministerio de Energia y Minas Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Ministerio de Trabajo y Promocion Social Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesqueria Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto Unidades Ejecutoras de Educacion y Agricultura Ministerio de Salud 23 DE ENERO Ministerio de Educacion Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 24 DE ENERO Ministerio de Defensa 25 DE ENERO Ministerio del Interior Articulo 2°.- La Direccion General del Tesoro Publico emitira las Autorizaciones de Pago con anticipacion de un dia habil a la fecha indicada en el Articulo 1º ; en los casos de Unidades Ejecutoras que esten aplicando lo dispuesto en el Articulo 17º del D.S.Nº 347-90-EF les otorgara dichas Autorizaciones con anticipacion de dos dias habiles al programado; para el efecto las unidades ejecutoras requeriran sus habilitaciones con la antelacion necesaria. Articulo 3°.- La entrega de Cartas-Ordenes y/o cheques de los mencionados conceptos se efectuara hasta por los montos limites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administracion o quien haga sus veces. El diskette que detalla los montos a ser abonados en las cuentas de ahorro de los trabajadores debera ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Cheque y deberan ser presentados al Banco con dos dias de anticipacion. Articulo 4°.- Lo dispuesto en los Articulos 2º y 3º precedentes, no es de aplicacion por las dependencias a que se refiere la Duodecima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27212, las mismas que en tal sentido se rigen por las normas que emite la Oficina de Normalizacion PrevisionalONP. Registrese y comuniquese MORDAZA BURNEO MORDAZA Viceministro de Hacienda 0315

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