Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2002 (19/02/2002)
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TEXTO DE LA PÁGINA 29
MORDAZA, martes 19 de febrero de 2002
N° de orden Automatico
DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO
REQUISITOS
Derecho de Pago y Forma
CALIFICACION Evaluacion Previa Positivo Negativo
Dependencia donde se inicia el tramite
Autoridad Competente para Aprobacion
Recursos Administrativos
informacion establecida en el rubro V del procedimiento 01 del presente TUPA. 5. Estados financieros auditados individuales y, de ser el caso, consolidados de la empresa solicitante correspondiente a los dos (2) ultimos ejercicios. 6. Ultimo informe emitido por una empresa clasificadora de riesgos de reconocido prestigio sobre la empresa solicitante. 7. Certificado expedido por la autoridad supervisora competente del MORDAZA de origen donde desarrolla sus principales operaciones que acredite que la empresa solicitante esta autorizada para establecer oficinas en el extranjero y que dicha entidad la supervisa de manera consolidada. Tambien son aplicables en lo pertinente, las precisiones sobre requerimientos de informacion senaladas en el procedimiento 01 del presente TUPA.
NORMAS LEGALES
06
Autorizacion de representantes de Instituciones Extranjeras Financieras y de Seguros No Establecidas en el MORDAZA
Inafecto
X
Tramite Documentario
Superintendente de Banca y Seguros
Recurso de impugnacion conforme el procedimiento Nº 72
Pag. 217735
Base Legal: Articulo 16º del Reglamento para la Constitucion y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la Resolucion SBS Nº 600-98, publicada el 27/06/1998. Articulos 39º al 42º de la Ley Nº 26702, publicada el 9/12/1996. Articulo 41º y MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, publicada el 11/04/2001. Para obtener autorizacion, el representante de una institucion extranjera no establecida en el MORDAZA, debera presentar una solicitud con la siguiente informacion: 1. El nombre de la empresa solicitante y el lugar donde se ubica su sede principal. 2. MORDAZA autenticada por fedatario de la Superintendencia del contrato social que le dio origen a la empresa solicitante. 3. MORDAZA certificada, expedida por el administrador o gerente, del acuerdo del organo social competente para designar un representante en el Peru. 4. El nombre del representante designado para el Peru y MORDAZA del poder que se le MORDAZA otorgado y de su aceptacion, debidamente inscritos en registros publicos. Asimismo debera adjuntar la informacion establecida en el rubro V del procedimiento 01 del presente TUPA. 5. Estados financieros auditados individuales y, de ser el caso, consolidados de la empresa solicitante correspondiente a los dos (2) ultimos ejercicios. 6. Ultimo informe emitido por una empresa clasificadora de riesgos de reconocido prestigio sobre la empresa solicitante. 7. Relacion de personas con las que la empresa solicitante se encuentra vinculada y personas juridicas con las que conforma un grupo economico de acuerdo a la reglamentacion de esta Superintendencia vigente sobre la materia. Dicha relacion debera incluir la estructura de propiedad y de gestion del grupo economico, y la relacion de sus accionistas o socios, directores, gerentes y principales funcionarios, segun dicha reglamentacion. Verificada la solvencia, idoneidad y trayectoria de la empresa extranjera a representar y del representante designado, asi como lo dispuesto en el articulo 44º de la Ley Nº 26702, la Superintendencia otorga la autorizacion correspondiente. Tambien son aplicables en lo pertinente, las precisiones sobre