Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2002 (19/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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N° de orden Automatico

DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

Derecho de Pago y Forma

CALIFICACION Evaluacion Previa Positivo Negativo

Dependencia donde se inicia el tramite

Autoridad Competente para Aprobacion

Recursos Administrativos

senalado. Solo podra presentarse una solicitud por cada empresa del sistema financiero y de seguros en liquidacion. Asimismo, al finalizar el primer ano de constituido el Consejo, las acreencias de las personas que lo conforman deberan representar por lo menos un importe igual o superior al 50% de las acreencias pendientes de pago de la empresa en liquidacion a dicha fecha. El consejo estara integrado por no menos de cinco (5) ni mas de once (11) personas naturales, los cuales elegiran a su presidente y vicepresidente. Requisitos para ser miembros: 1. Figurar en los listados definitivos de acreedores. 2. No mantener saldo deudor con la empresa en liquidacion. 3. No haber participado en la gerencia o en el directorio o haber sido accionista, principal funcionario o asesor al tiempo de la declaracion de la disolucion y liquidacion de la empresa o en los dos (2) anos previos. 4. No ser una persona vinculada a la empresa liquidadora ni a sus socios, accionistas, principales funcionarios o asesores, segun los criterios de vinculacion y grupo economico aprobados por esta Superintendencia. Los miembros del Consejo pueden ser removidos por las causales senaladas en el Reglamento Interno del Consejo. Sin perjuicio de ello, el cargo de miembro del Consejo vaca al dejarse der ser acreedor.

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NORMAS LEGALES

Autorizacion, suspension y cancelacion de inscripcion de Corredores de Seguros en el Registro

Base Legal: Articulos 2º, 3º, 4º y 9º del Reglamento de los Consejos de Acreedores de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros en Liquidacion, aprobado por la Resolucion SBS Nº 638-99, publicada el 15/07/1999 y sus modificatorias. A. Autorizacion para inscripcion en el Registro I. Personas Naturales: Presentar solicitud con los siguientes documentos: 1. MORDAZA del documento de identidad; 2. Curriculum vitae; 3. MORDAZA autenticada por fedatario de la Superintendencia del diploma o titulo otorgado por instituciones de ensenanza superior y de los certificados de estudios que demuestren formacion academica en la especialidad de seguros, o MORDAZA del certificado emitido por empresas de seguros que acredite una experiencia tecnica en seguros no menor de tres (3) anos; y, 4. Declaracion jurada de no encontrarse sujeto a los impedimentos senalados en la MORDAZA correspondiente. La solicitud de inscripcion en el Registro de las personas naturales, sera publicada por esta Superintendencia por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulacion nacional. Podran formularse objeciones o tachas contra la inscripcion de los solicitantes dentro de los quince (15) dias siguientes a la publicacion. II. Personas Juridicas Presentar solicitud con los siguientes documentos: 1. Proyecto de minuta de constitucion social consignando como objeto social exclusivo la prestacion de servicios de intermediacion de seguros y como capital social un monto no menor de cinco (5) unidades impositivas tributarias vigentes a la fecha de MORDAZA de la solicitud. 2. Curriculum vitae de los accionistas, socios, directores, gerentes y X 0.7 del 1% de los Ingresos del ejercicio anterior no pudiendo ser inferior a

Tramite Documentario

Superintendente de Banca y Seguros

No aplicable (Articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros)

MORDAZA, martes 19 de febrero de 2002

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