Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2002 (08/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 8 de noviembre de 2002 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 673-2002 MTC/02 MORDAZA, 4 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Otorgan concesion a Cablenortv S.A.C. para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 675-2002-MTC/03 MORDAZA, 4 de noviembre de 2002 VISTA: La solicitud formulada por la empresa CABLENORTV S.A.C. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento General, que se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentran el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 316-2002-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa CABLENORTV S.A.C.; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CABLENORTV S.A.C. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de Olmos, de la provincia y departamento de Lambayeque. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con CABLENORTV S.A.C. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 19650

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2002MTC se exceptuo de lo establecido en el numeral 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectuen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil con cargo a recursos publicos en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0502001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil ha emitido las ordenes de Inspeccion Nºs. 0906 y 0907-2002-MTC/12.04 senalando que el inspector MORDAZA Calmell MORDAZA Varisco, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 13 al 15 y del 21 al 23 de noviembre, realizara chequeos de proficiencia en simulador de vuelo en la aeronave Airbus, modelo A-320, a personal aeronautico propuesto por la empresa LAN PERU S.A.; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos a que se contraen las ordenes de Inspeccion Nº 0906 y 0907-2002MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Resolucion Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, el viaje del senor MORDAZA Calmell MORDAZA Varisco, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, durante los dias de noviembre de 2002 que a continuacion se indica, y que ocasionaran gastos por concepto de viaticos y Tarifa por Uso de Aeropuerto de acuerdo al siguiente detalle: Dias 13 al 15 21 al 23 Viaticos US$ 600.00 600.00 TUA US$ 25.00 25.00

Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 19647

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