Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2002 (08/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 8 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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la ejecucion de las obras de prevencion de emergencias y conservacion de la infraestructura vial, que se detallan en el anexo que forma parte de la presente resolucion, a realizarse en los departamentos declarados en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM hasta por la suma de S/. 846 614.53 (ochocientos cuarenta y seis mil seiscientos catorce y 53/100 nuevos soles) y por el plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 0882002-PCM. Articulo 2º.- Autorizar al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental -PROVIAS DEPARTAMENTAL- a realizar las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios necesarios para la ejecucion de las obras de prevencion de emergencias y conservacion de la infraestructura vial, a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Las contrataciones de bienes y servicios necesarios para la ejecucion de las obras de prevencion de emergencias y conservacion de la infraestructura vial, a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a recursos ordinarios de la Unidad Ejecutora 008-PROVIAS DEPARTAMENTAL. Articulo 4º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico Nº 004-2002-MTC/22.GP y el Informe Legal N° 1452-2002-MTC/08 seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 19649

Autorizan a PROVIAS NACIONAL realizar adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios necesarios para la conservacion de infraestructura vial mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 680-2002 MTC/20 MORDAZA, 4 de noviembre de 2002 VISTOS: La Nota de Elevacion Nº 504-2002-PROVIAS_N, Informe 025-2002-PROVIAS_N,-GAL/MFC, Memorandum Nº 2526-2002-PROVIAS_N-GAL, Informe Tecnico Nº 033-2002-PROVIAS_N-SUM e Informe Legal Nº 14422002-MTC/08 de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes para la adquisicion y contratacion de los bienes y servicios necesarios para la ejecucion de las obras de prevencion de emergencias y conservacion de la infraestructura vial a realizarse en los departamentos declarados en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo Nº 088-2002PCM; CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de setiembre de 2002, se publico el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, que declaro en Estado de Emergencia, ante la inminencia del Fenomeno El MORDAZA por el plazo de sesenta (60) dias a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica y San MORDAZA, a efectos de que determinadas entidades, entre las que se encuentra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, puedan ejecutar al MORDAZA del referido Decreto Supremo, obras y acciones de prevencion y mitigacion de danos, previamente sustentadas por las instancias del Sistema Nacional de Defensa Civil y priorizadas por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 048-2002 se suspendio la aplicacion de lo dispuesto en los Articulos 6º y 10º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, respecto al cumplimiento del Ciclo del Proyecto, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica aprobados en el MORDAZA del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA 2002-2003"; Que, asimismo, mediante Resolucion Directoral Nº 0082002-EF/68.01, se aprobo la Directiva Nº 003-2002-EF/ 68.01 "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA 2002-2003", donde se establece un procedimiento especial aplicable a los Proyectos de Inversion Publica a ejecutarse en el MORDAZA del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA 2002-2003"; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 033-2002PROVIAS_N-SUM, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL- tiene como prioridad la conservacion del Patrimonio y de la Infraestructura Vial, y dentro de su Plan Operativo Anual para el presente periodo presupuestal ha previsto la atencion de proyectos y obras de mantenimiento en cada uno de los departamentos de nuestro pais; Que, segun senala el referido Informe Tecnico, PROVIAS NACIONAL, ha procedido a la identificacion y consolidacion de los problemas mas algidos en cada uno de los departamentos declarados en estado de emergencia, donde se han detectado un conjunto de acciones complementarias que necesariamente son imprescindibles ejecutar para que la Infraestructura Vial a su cargo pueda soportar cualquier accion o evento extraordinario que derive del Fenomeno "El Nino"; Que, adicionalmente, de acuerdo al Informe Tecnico, se ha dispuesto el mantenimiento de las quebradas a traves de labores de mantenimiento rutinario, proponiendo una solucion definitiva para la atencion de los badenes y puentes identificados como zonas criticas, en cada uno de los departamentos declarados en estado de emergencia; Que, asimismo segun el Informe Tecnico MORDAZA mencionado, PROVIAS NACIONAL ha evaluado la vulnerabilidad de las carreteras a su cargo en todo el territorio nacional y ha determinado la necesidad de atender las obras de prevencion de emergencia y de conservacion de la Infraestructura Vial incluyendo el mantenimiento de puentes y sus estructuras anexas; Que, segun senala el Informe Tecnico, de no proceder a la atencion inmediata de las obras de prevencion de emergencias y conservacion de la Infraestructura Vial, en muchos casos, la sustitucion de algunas estructuras provisionales que hasta la fecha se encuentran en funcionamiento, es probable que toda la Infraestructura Vial sea afectada completamente ante un MORDAZA evento "El Nino", especialmente las carreteras y sus estructuras de cruce, como son los puentes entre otros, generandose perdidas o destruccion del Patrimonio Nacional; Que, de acuerdo al Informe Tecnico, los valores referenciales de cada una de las obras de prevencion y conservacion de la infraestructura vial que se estiman necesarias ejecutar asciende a la suma de S/. 8'403,258.71 (ocho millones cuatrocientos tres mil doscientos cincuenta y ocho y 71/100 nuevos soles) y se realizaran con cargo a recursos ordinarios de la Unidad Ejecutora-007 -PROVIAS NACIONAL y con cargo a recursos directamente recaudados de la Unidad Ejecutora 006-Programa Nacional de Conservacion Vial; Que, de acuerdo al literal c) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declarada de conformidad con la referida Ley; Que, de conformidad con el Articulo 22° del referido texto legal, se entiende por situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, que supongan grave peligro o de necesidades que afecten la defensa nacional; y que en este caso la Entidad se exonera de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para re-

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