Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2003 (13/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2003

- Representante del Concejo de coordinacion local. - Representante del Concejo participativo Distrital de Educacion de Lurin. Articulo Segundo.- El Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurin tendra las atribuciones y funciones previstas en la Ley Nº 27933; y la conformacion nominal de sus miembros se formalizara a traves de Resoluciones de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 21067

60 KV no debe ser ejecutado conforme al proyecto aprobado. Articulo Segundo.- Recomendar a Luz del Sur evalue la propuesta planteada por la Municipalidad de Lurin en el primer considerando del presente acuerdo. Articulo Tercero.- Recomendar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que revise de oficio la autorizacion otorgada a Luz del Sur para el inicio de la obra, toda vez que las MORDAZA proyectadas se ubicarian en la berma entre la Antigua Panamericana Sur y la Via Auxiliar Este, por lo que existe competencia jurisdiccional compartida con la Municipalidad de Lurin. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 21069

Comunican opinion sobre obra de modificacion de recorrido de tramo de linea de doble terna
ACUERDO DE CONCEJO Nº 121-2003/ML Lurin, 6 de noviembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de noviembre, bajo la presidencia del senor MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mini y con la asistencia de los senores Regidores la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Solis; el Expediente Nº 4417 de fecha 6 noviembre del 2003 SGIT-157/2003, de Luz del Sur referente al Inicio de las Obras de Traslado de la Linea de Alta Tension L-621/622; y, CONSIDERANDO: Que, el Director de Secretaria Tecnica, mediante Informe Nº 062-2003-OST/ML opina que no debe de aceptarse la propuesta de modificacion del recorrido del tramo de la linea del doble terna de 60 KV. comprendido entre las MORDAZA 75-A y 91 propuesto por Luz del Sur porque afecta el plan MORDAZA del distrito para el mejoramiento de la Antigua Panamericana Sur, debiendo requerirse a Luz del Sur la elaboracion de un estudio integral que involucre ademas de la propuesta planteada, la integracion de esta linea de alta tension con las lineas primarias de 10 KV existentes y la linea de alumbrado publico existente y la proyectada, todas ubicadas en la seccion vial de la Antigua Panamericana Sur, debiendo recomendar a Luz del Sur que el tendido de redes sea subterraneo de tal manera que nos permita ejecutar los trabajos de mejoramiento del ornato de la Panamericana, debiendo hacerse en forma coordinada con todas las empresas de servicios; Que, la Empresa Luz del Sur cuenta con la autorizacion tecnica emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Resolucion Directoral Nº 3649-2003-MML/DMTUDGTO-DSOV de fecha 15.10.03, la misma que autoriza el inicio de la obra conforme al proyecto aprobado; Que, de la revision de los planos presentados en la comunicacion de Luz del Sur para el inicio de obras se ha constatado que la linea de alta tension de 60 KV se encuentra en la berma ubicada entre la Antigua Panamericana Sur y la Via Auxiliar Este, lo que representa un riesgo ante la eventualidad de accidentes de MORDAZA, y que se ha ubicado una MORDAZA frente al grifo MORDAZA MORDAZA existente lo que incrementa el riesgo ante una eventualidad; Contando con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Comunicar a la Empresa Luz del Sur y a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que la Municipalidad de Lurin es de opinion que la obra de Modificacion del recorrido del tramo de la Linea de doble terna

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Convocan a elecciones de representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integracion al Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA Nº 077 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 30.10.03 aprobo por unanimidad el Informe Nº 0173-2003-MDR-DPV de la Direccion de Participacion Vecinal de fecha 14.10.03, sobre Conformacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado modificada mediante Ley 27180 (Ley de Reforma Constitucional) establece en su Articulo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asi mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 5º y 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ejerce sus funciones normativas mediante ordenanzas; Que, el Articulo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que el Consejo de Coordinacion Local Distrital estara constituido por el MORDAZA Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal funcion en el MORDAZA MORDAZA, y los regidores distritales; los alcaldes de los Centros Poblados y los representantes de las organizaciones sociales. Asimismo, indica que la proporcion de los representantes de la Sociedad Civil sera del 40% del numero que resulte de la sumatoria del total de miembros del respectivo Concejo Municipal Distrital y la totalidad de los alcaldes de centros poblados de la jurisdiccion distrital; Que, el referido dispositivo establece que los representantes de la sociedad civil son elegidos democraticamente, por un periodo de 2 anos, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el Libro de Registro que para tal efecto abrira la Municipalidad Distrital, motivo por el cual las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), interesadas en participar en las elecciones para elegir a sus representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital del MORDAZA, deberan previamente registrarse en el Libro de Registro Distrital de las Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, de conformidad con el Art. 104º de la Ley Nº 27972, corresponde al Consejo de Coordinacion Local Distrital coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; en concordancia con lo estipulado en el Instructivo Nº 0022003-EF/76.01, Instructivo para la Programacion Participativa del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y

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